INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

ASUNTOS INDíGENAS
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2°, 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: de Jesús Alejandro Carlos (PRD)
Fecha de presentación: 13-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Reconocer que los pueblos indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos, y son sujetos de derecho público. El Estado reconoce plenamente la personalidad jurídica de los pueblos y comunidades indígenas y respeta sus propias formas de organización. Prever que el Estado, en sus distintos niveles y ámbitos, deberá consultar y consensuar con los pueblos indígenas todos aquellos asuntos que les atañen, mediante sus procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, garantizando su derecho de consulta con consentimiento libre, previo e informado. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que que reforma el artículo 2o., Apartado A, fracción II; y se reforma el párrafo noveno y se adicionan dos párrafos al artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC) Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 5-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Reconocer un sistema de seguridad pública autónomo basado en usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas, que coadyuve al restablecimiento del orden social e incorpore a las policías comunitarias como un cuerpo de seguridad local. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cruz Mendoza Eufrosina (PAN)
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Igualdad de Género
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Precisar que las mujeres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votadas en condiciones de igualdad con los varones. Establecer que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de los ciudadanos en la elección de sus autoridades municipales. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
4   Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria de los artículos 2o., 6o., 7o., 27, 28 y 105 constitucionales en materia de Derechos al Libre Acceso a la Información, las Tecnologías de la Información y la Comunicación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Proponente: Carpinteyro Calderón Purificación (PRD)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013

Unidas  - Comunicaciones
- Radio y Televisión
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
- Asuntos Indígenas
Establecer las normas generales bajo las cuales el Estado garantizará los derechos al libre acceso a la información; a la búsqueda, recepción y divulgación de información e ideas; los derechos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, y el derecho a los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones convergentes, con carácter de servicios de interés general que se prestarán en condiciones de competencia efectiva entre operadores, sujetos a las políticas públicas de inclusión digital universal que permitan la integración de la población nacional a la sociedad de la información y el conocimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cruz Mendoza Eufrosina (PAN)
Fecha de presentación: 19-Marzo-2015

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Reconocer a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público, que les permita manejar recursos públicos, así como asociarse libremente con otras comunidades o municipios para promover proyectos comunes que impulsen su desarrollo. Reconocer el derecho que tienen los pueblos y comunidades indígenas sobre sus tierras y territorios que tradicionalmente han poseído, ocupado, utilizado o adquirido. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2015