EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
2-Octubre-2014
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Noviembre-2014
- Puntos Constitucionales
- Igualdad de Género


2-Octubre-2014

Aprobación en el Senado:
27-Noviembre-2014

Publicación en el DOF:
22-Mayo-2015
Garantizar que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votados en condiciones de igualdad, y desempeñar cargos públicos y de elección popular. Establecer que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de las y los ciudadanos en la elección de sus autoridades municipales. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Eufrosina Cruz Mendoza (PAN) el 01 de octubre de 2013.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de octubre de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular por 400 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de octubre de 2014, se trunó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Asuntos Indígenas y Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor y 3 abstenciones.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 08 de abril de 2015.

8. Se turnó a la Cámara de Diputados.

9. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2015.

10. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de mayo de 2015.