INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo.
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Fortalecimiento del Federalismo
Prever la obligación de las entidades federativas a publicar en el Diario o Periódico Oficial del estado el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas, variables utilizadas, y montos, estimados, que recibirá cada municipio o demarcación territorial, en cada ejercicio fiscal a más tardar el 15 de febrero del ejercicio de que se trate; de no ser así, la SHCP retendrá los recursos hasta que la entidad federativa realice la publicación. Facultar a las legislaturas locales para establecer la distribución de las participaciones federales entre los municipios de cada entidad. Crear el Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza (FAAP) mismo que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer las formulas para la distribución del Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad entre los Municipios y Estados. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Suscribe: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN y PRD
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a las Actividades que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones. Eliminar las definiciones de ¿Red pública de telecomunicaciones¿, ¿Red de telecomunicaciones¿ y ¿Equipo terminal de telecomunicaciones¿. Suprimir las excepciones al pago de IEPS establecidas para la telefonía rural, y la obligación del Servicio de Administración Tributaria para dar a conocer en su página electrónica el listado de las poblaciones con servicio de telefonía rural, exceptuados del pago del IEPS. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley relativa al Sistema Nacional de Evaluación de los Servidores Públicos de Elección Popular aplicable en los tres órdenes de gobierno, así como la participación del sector social y privado en dicha evaluación. Prever que el presidente de la República, los gobernadores de las entidades federativas, jefe de gobierno del Distrito Federal, senadores de la República, los diputados federales, los diputados a las legislaturas locales integrantes de los ayuntamientos, y autoridades delegacionales del Distrito Federal, serán considerados como servidores públicos de elección popular para efectos de las responsabilidades administrativas. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
4   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 141 Bis al Código Penal Federal.


Suscribe: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Justicia
Agregar el tipo penal consistente en realizar actos contra las personas, las cosas, servicios públicos o privados, que perturben la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, utilizando sustancias tóxicas, inflamables, explosivas; imponiendo de 5 a 7 años de prisión, sin derecho a libertad provisional bajo caución y sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten; incrementar en dos terceras partes la pena cuando dicha conducta se realice utilizando elementos que impidan total o parcialmente la identificación de las características fisonómicas del sujeto activo. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A y adiciona un artículo 2-B a la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Suscribe: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer como productos con tasa 0 de IVA, la carne y cualquier producto animal como huevo, manteca, gelatina, leche, crema, mantequilla, queso y derivados lácteos no edulcorados ni mezclados con otros productos; la margarina, azúcar de caña o remolacha, sal de mesa y aceites sin mezclar con otros ingredientes ni aditivos; las tortillas y pan enajenados por el fabricante, así como aquellos enajenados por terceros cuyas presentaciones para venta individual no excedan 100 calorías; los vegetales en estado natural, descascarados, cocidos, tostados, en masa o pasta, molidos o bajo otro proceso que permita su preservación y que no implique la adición de otras grasas, harinas, sales o azúcares, exceptuando las indispensables para su conservación. Exceptuar de esta tasa 0, el agua compuesta, cuando su presentación sea en envases menores de diez litros. Establecer una tasa de IVA de 20% a bebidas distintas del agua pura, la leche y derivados lácteos no edulcorados, inclusive cuando las mismas tengan la naturaleza de alimentos; los jugos, los néctares o los concentrados de frutas, mezclados con azúcar u otros edulcorantes, cualquiera que sea su presentación, densidad o el peso del contenido de estas materias; los jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos, así como los concentrados, polvos, jarabes esencias o extractos de sabores que al diluirse permitan obtener refrescos; las galletas, golosinas, pasteles, botanas o cualquier alimento distinto a los indicados en el artículo 2-A, empacados para poder ser enajenados al consumidor final por intermediarios o personas distintas al productor y cuya presentación para venta al público, con independencia de las porciones incluidas, exceda en su totalidad 100 kilocalorías. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Igualdad de Género
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Precisar que las mujeres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votadas en condiciones de igualdad con los varones. Establecer que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de los ciudadanos en la elección de sus autoridades municipales. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 17, y 18 de la Ley Agraria.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Reforma Agraria
Establecer la igualdad de condiciones de hombres y las mujeres en calidad de titulares de derechos ejidales. Señalar que al sucesor o sucesores que reciban los derechos del ejidatario fallecido, corresponderá la obligación de proporcionar educación y alimentos a los hijos e hijas menores de 18 años no emancipados, hasta en tanto no cumplan la mayoría de edad, así como a los impedidos para trabajar por alguna discapacidad total, al padre o a la madre que dependan económicamente del fallecido y a la cónyuge, concubina o concubinario hasta no contraer nuevo matrimonio o concubinato Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar de ¿$0.35¿ a ¿$0.90¿ la cuota por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
9   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 34 Bis 2 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) A nombre propio y del Dip. Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer que la convocatoria para la designación de los titulares de las Contralorías Internas de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá contener, al menos: el proceso de designación para el que se convoca, los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos; las reglas y los plazos para consultar, según el caso, a la ciudadanía o a las instituciones públicas de educación superior; el órgano o la comisión que se encargará de la integración de los expedientes, revisión de documentos, entrevistas, procesos de evaluación y formulación del dictamen que contenga los candidatos aptos para ser votados por la Cámara; convocar a las instituciones públicas de educación superior, para que realicen sus propuestas; los criterios específicos con que se evaluará a los aspirantes y procurará la inclusión paritaria de hombres y mujeres. Señalar que la elección se hará por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara y podrá realizarse por cédula o utilizando el sistema de votación electrónica. Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

Unidas  - Comunicaciones
- Gobernación
Agregar a las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones, de aquellas relacionadas con el acceso seguro a internet por parte de niñas, niños y adolescentes, en establecimientos públicos; así como vigilar en coordinación con las autoridades de los estados, del Distrito Federal, de los municipios y de los órganos político-administrativos, el cumplimiento de las leyes y normas oficiales mexicanas en esta materia, y en su caso imponer las sanciones correspondientes. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
11   Proyecto de decreto que expide la Ley General que Crea el Sistema Nacional de Registro de Menores Desaparecidos y Sustraídos.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

Unidas  - Justicia
- Derechos de la Niñez
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de instaurar el Sistema Nacional de Registro Menores Desaparecidos, disponible para la Procuraduría General de la República, así como las Procuradurías Generales de Justicia así como del Menor y la Familia de las Entidades Federativas, a efecto de facilitar el reconocimiento de menores y las investigaciones relacionadas en los casos de desaparición y sustracción de menores. Establecer que el Sistema será administrado por la Procuraduría General de la República permitiendo en todo momento que las Procuradurías de las Entidades Federativas y las Secretarias tengan a su disposición acceso al Sistema para la identificación de los menores desparecidos. Prever que la información disponible en el Sistema únicamente tendrá los usos de identificación y localización de los menores desaparecidos. Establecer las sanciones para los funcionarios que hagan uso indebido de los datos de los menores. Prever que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 considerará partidas suficientes para la creación del Sistema Nacional de Registro de Menores Desparecidos. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
12   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2-A, 9° y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por el Dip. Marcos Aguilar Vega (PAN)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir la tasa del 0% al calcular el Impuesto al Valor Agregado, en la enajenación de Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación, exceptuando a los hoteles; y la prestación de servicios independientes a cargo de las comisiones y otras contra prestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, salvo aquellas que se originen con posterioridad a la autorización del citado crédito o que se deban pagar a terceros por el acreditamiento. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
13   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

Unidas  - Igualdad de Género
- Gobernación
En la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida libre de Violencia: Señalar que se considera violencia contra las mujeres en el ámbito político cualquier acto u omisión que limite, niegue, obstaculice, lesione, dañe la integridad, y libertad de las mujeres a ejercer en plenitud sus derechos políticos en cuestiones como participación igualitaria en materia política; acceso a puestos públicos por elección o designación tanto en lo nacional, local o municipal en agrupaciones, partidos políticos o función pública; acceso a los medios, información, recursos, espacios públicos, necesarios para su desarrollo, promoción, capacitación y participación; acceso a programas, proyectos, actividades a los que sea sujeto de derecho; libertad de expresión de sus ideas, filiación o visión política; respeto a sus opiniones, imagen, posturas y posicionamientos y erradicar el acoso, violencia y agresiones por razones políticas.
Establecer que el Estado mexicano debe garantizar e impulsar la defensa del pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. Con tal fin, los tres ámbitos de gobierno y sus respectivos poderes, en el respectivo ámbito de competencias, deberán realizar las reformas necesarias a sus ordenamientos jurídicos a fin de garantizar a las mujeres una vida libre de violencia en el ámbito político, con disposiciones que garanticen la protección de las mujeres que incursionan en el ámbito político y sancionen las acciones u omisiones que impidan o dificulten su participación; establecer políticas públicas que garanticen a las mujeres el derecho a una vida libre de violencia en el ámbito político; establecer acciones a fin de que las mujeres conozcan y hagan uso de las instituciones y los instrumentos que ya existen para defender sus derechos político electorales y, si son víctimas de discriminación o violencia, denuncien, demanden, impugnen; documentar los casos de violencia contra las mujeres en el ámbito político; impulsar la investigación en el tema.
En el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: Establecer la prohibición de todo acto de violencia contra cualquier persona que decida ejercer su derecho a ser electo a un cargo de elección popular. Insertar como un elemento mínimo en la declaración de principios la obligación de promover la participación política, sin discriminación y en igualdad de oportunidades y equidad entre mujeres y hombres. Establecer como obligación de los partidos políticos nacionales abstenerse en todo momento de ejercer violencia contra las mujeres en términos de lo establecido en el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
14   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.


Suscribe: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Ley del Impuesto Sobre la Renta: incluir a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en su carácter de integrantes del sector social de la economía, en el Sistema Financiero Mexicano, sin ánimo especulativo y reconociendo que no son intermediarios financieros con fines de lucro. Exentar de la retención de impuestos a los intereses que paguen las cooperativas de ahorro y préstamo.
Ley del Impuesto al Valor Agregado: declarar exentos los intereses que cobren las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a sus socios por el otorgamiento de préstamos, así como las cuotas que los miembros de diversas Instituciones pagan a cambio de recibir los servicios que le sean propios a la Institución de que se trate. Ley Federal de Derechos: eliminar de aquellos sujetos que deban pagar por los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores. Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios: incluir entre los productos exentos del impuesto en cuestión, a las bebidas que demuestren en su elaboración el uso de productos naturales y en su integración el contenido de vitaminas y minerales. Código Fiscal de la Federación: establecer que las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, son integrantes del Sistema Financiero Mexicano, independientemente de la denominación social que utilicen o empleen como atributo de la personalidad.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
15   Proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

Unidas  - Distrito Federal
- Derechos Humanos
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, estableciendo las bases para el buen uso de los bienes de dominio público y asegurando el pleno respeto de los derechos y las libertades de terceros. Establecer como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del DF sobre las manifestaciones que realizarán, con el propósito de que la autoridad trace rutas alternas, elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia y preste servicios básicos a los participantes. Prever que la autoridad competente podrá impedir la celebración de manifestaciones atendiendo a factores de riesgo medioambientales y de protección civil, así como cambiar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público. Prohibir el bloqueo de vías primarias y el desarrollo de manifestaciones en vialidades de un solo carril. Establecer los horarios para la realización de las manifestaciones. Determinar que los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán capacitación sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas. Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública del DF para disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público. Imponer sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por la ley, como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del DF o de los particulares. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
16   Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Turismo
Agregar a los días de descanso obligatorio, el segundo lunes de octubre en conmemoración del 12 de octubre. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
17   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Economía
Facultar a la Procuraduría para emitir o canalizar solicitudes a las entidades públicas responsables de suministrar servicios públicos cuando considere que la omisión afecta colectivamente a los consumidores, cuando la falta de atención constituya un elemento que presuma como parte del problema. Establecer el indicador de las empresas más castigadas en los criterios para instaurar módulos de atención y orientación a los consumidores. Incorporar la realización de estudios, emisión de alertas, lineamientos o cualquier otra acción en la información que las empresas se encuentren obligados a proporcionar a la Profeco. Señalar la obligación de la Profeco para recibir de los proveedores, quejas, propuestas o denuncias respecto de los verificadores. Establecer la obligación de la Secretaría de Economía de atender la opinión de la Profeco en la formulación de la política pública relativa a la protección del consumidor. Disminuir los límites inferior y superior del rango de las multas ordinarias y el límite de la multa extraordinaria por contumacia. Establecer una metodología de cálculo y señalar las conductas, omisiones y circunstancias extraordinarias no imputables al proveedor en los que las sanciones podrían ser condonadas o conmutadas por actos que la Procuraduría estime que contribuyen al desarrollo de sus funciones por el inconveniente administrativo que le hubieren causado. Añadir el desarrollo de programas de capacitación al público sobre los derechos de los consumidores, acciones colectivas o aquellos en los que considere basado en las cantidades de las quejas, como medida de prevención y cultura del consumidor. Se plantea el primero de enero del cuarto año calendario del periodo correspondiente al Presidente de la República como fecha fija para el nombramiento del Procurador Federal del Consumidor. Establecer límites al Procurador así como la obligación de presentar una declaración patrimonial anualmente. Asentar la obligación de la Profeco de publicar su plan de trabajo bianualmente. Facultar a la Profeco para ordenar la suspensión de actividades a los proveedores que emitan información ilegal. Obligar a la Profeco a difundir a través de los canales de comunicación que actualmente utilice, los criterios y metodología para imponer, dejar sin efecto, reducir, modificarlas o conmutar las sanciones. Establecer un esquema de verificaciones encubiertas que evite que los proveedores eliminen o encubran evidencia. Señalar la obligación de que la Profeco a quien formule la queja. Disponer la facultad para que en el reglamento se señalen las circunstancias extraordinarias en las que se podrá tener tolerancia y flexibilidad para la impuntualidad ante imponderables como manifestaciones que obstruyan la vía pública. Disponer que para la exposición de pruebas por medio electrónico se puedan adoptar las medidas de seguridad que la Procuraduría señale con la finalidad de establecer procedimientos expeditos y seguros. Incorporar los casos que impliquen a menores de edad dentro del catálogo de los asuntos particularmente graves y aquellos en que se demuestre una duración de más de un año en agravio de los derechos de los consumidores. Incorporar la obligación de dar publicidad a los criterios de condonación, reducción o conmutación de multas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
18   Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Eliminar de la legislación, la facultad del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestar. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
19   Proyecto de decreto que expide la Ley de Austeridad para Servidores Públicos de los Entes Públicos de la Federación.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por la Dip. Merilyn Gómez Pozos (MC)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer la remuneración total neta mensual de los servidores de los entes públicos de la Federación que ocupen cargos de ministro, magistrado y juez del Poder Judicial de la Federación, presidente de la República, diputados, senadores, secretarios de Estado, subsecretarios de Estado, directores generales u homólogos, entre los 21 y 38 salarios mínimos mensuales. Reducir la remuneración total de los altos servidores públicos, desde el presidente de la República, diputados y senadores hasta directores generales y puestos homólogos. Cancelar prestaciones extraordinarias, como servicios médicos privados, automóviles de lujo, seguros de separación individualizados y cajas de ahorro especiales, así como eliminar las plazas de secretarios particulares, privados y coordinaciones de asesores. Asentar como obligación de los servidores públicos presentar y hacer pública la declaración de situación patrimonial y de modificación a la misma, con oportunidad y veracidad y renunciar a obtener, por la realización de actividades inherentes a su cargo o su impacto, beneficios económicos o en especie para sí, su cónyuge, concubina o concubino, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales, de negocios o socios o empresas de las que el servidor público forme o haya formado parte. Prohibir pensiones a servidores públicos que no estén consideradas en la Ley del ISSSTE. Indicar los casos de los servidores públicos a quienes se les permitiría tener secretario particular. Prohibir la creación de plazas de secretario privado o equivalentes. Establecer los casos en los que se pueden sustituir los vehículos oficiales al uso de los servidores públicos federales. Establecer un tope máximo al costo de los vehículos para uso oficial de 110 salarios mínimos mensuales. Prohibir la contratación de servicios médicos privados para todos los servidores de los entes públicos de la federación. Considerar falta grave el incumplimiento de las disposiciones previstas en esta ley. Señalar que la responsabilidad administrativa será independiente de las de orden civil o penal que pudieran derivar de la violación de este ordenamiento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013
20   Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria de los artículos 2o., 6o., 7o., 27, 28 y 105 constitucionales en materia de Derechos al Libre Acceso a la Información, las Tecnologías de la Información y la Comunicación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013

Unidas  - Comunicaciones
- Radio y Televisión
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
- Asuntos Indígenas
Establecer las normas generales bajo las cuales el Estado garantizará los derechos al libre acceso a la información; a la búsqueda, recepción y divulgación de información e ideas; los derechos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, y el derecho a los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones convergentes, con carácter de servicios de interés general que se prestarán en condiciones de competencia efectiva entre operadores, sujetos a las políticas públicas de inclusión digital universal que permitan la integración de la población nacional a la sociedad de la información y el conocimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013
21   Proyecto de decreto que expide el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.


Suscribe: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la organización, atribuciones y competencia de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados. Establecer, entre otras cosas: la estructura orgánica de dicha Unidad; atribuciones de su Titular y de sus áreas administrativas; régimen laboral de los servidores públicos; requisitos a cumplir para ocupar determinados cargos de la Unidad; y prohibiciones de los servidores públicos adscritos a ésta. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
22   Proyecto de decreto que reforma los artículos 62, 63 y 70 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Adherente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Transportes
Los concesionarios a que se refiere esta ley están obligados a proteger a los usuarios en los caminos y puentes por los daños que puedan sufrir con motivo de su uso. Asimismo, los permisionarios de autotransporte de pasajeros y turismo serán responsables de la seguridad de los viajeros y su equipaje por los daños que sufran con motivo de la prestación del servicio, para ello estarán obligados a tomar medidas de seguridad y preventivas para asegurar dicho fin. Desechada
con fecha 11-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 26-Noviembre-2013
23   Proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa del 100 aniversario de los Defensores de Veracruz en 1914.


Proponente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)
Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer las características de una moneda conmemorativa del 100 aniversario de los Defensores de Veracruz en 1914. Aprobada
con fecha 20-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2013