INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo. |
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013 Unidas - Hacienda y Crédito Público - Fortalecimiento del Federalismo |
Prever la obligación de las entidades federativas a publicar en el Diario o Periódico Oficial del estado el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas, variables utilizadas, y montos, estimados, que recibirá cada municipio o demarcación territorial, en cada ejercicio fiscal a más tardar el 15 de febrero del ejercicio de que se trate; de no ser así, la SHCP retendrá los recursos hasta que la entidad federativa realice la publicación. Facultar a las legislaturas locales para establecer la distribución de las participaciones federales entre los municipios de cada entidad. Crear el Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza (FAAP) mismo que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer las formulas para la distribución del Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad entre los Municipios y Estados. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013 |
2 Proyecto de decreto que expide la Ley para la Inclusión Digital Universal. Suscribe: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) Suscrita por el Dip. Ricardo Anaya Cortés (PAN) y por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN y PRD. |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 Unidas - Comunicaciones - Ciencia y Tecnología Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública |
Impulsar el desarrollo de la sociedad de la información y el conocimiento, y la articulación de la Política de Inclusión Digital Universal, a través del diseño, ejecución y evaluación de una estrategia digital nacional. Establecer la estrategia digital nacional con una visión de gran alcance para acelerar la transición del país hacia la sociedad de la información y el conocimiento. Implantar los mecanismos de coordinación nacional bajo el liderazgo del Presidente de la República al frente del Sistema Nacional e-México. Instaurar el Sistema Nacional para la Inclusión Digital Universal como instancia encargada de proponer los principios, políticas y lineamientos para la coordinación de acciones que en materia de política digital y de sociedad de la información realicen las dependencias federales, los órdenes de gobierno y los otros Poderes de la Unión. Implantar las estrategias nacionales orientadas a generar impactos en el desempeño nacional y para revertir la tendencia de los indicadores nacionales e internacionales. Instaurar una instancia cuyos trabajos de coordinación permitan la masificación de la producción de contenidos socialmente relevantes para la población de menores ingresos y acelerar el proceso de adopción tecnológica gubernamental e institucional. Establecer un modelo institucional en la materia que permita la reducción de las barreras de acceso a contenidos, servicios digitales y dispositivos, que faciliten la transición a la sociedad de la información para todos los mexicanos. Establecer un consejo consultivo como encargado de la medición del impacto de las metas de la Política de Inclusión Digital Universal, integrado por tres investigadores académicos, con amplia experiencia en la materia de esta ley y en métodos de medición de impacto de políticas públicas; un representante del sector empresarial; un representante de la industria del Internet y de las tecnologías de la información y comunicaciones; un representante de la sociedad civil en materia de sociedad de la información; un representante del sistema nacional; un representante de la Cámara de Diputados; un representante de la Cámara de Senadores; un representante del Poder Judicial Federal, y un representante por todas las entidades federativas. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 - Puntos Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley relativa al Sistema Nacional de Evaluación de los Servidores Públicos de Elección Popular aplicable en los tres órdenes de gobierno, así como la participación del sector social y privado en dicha evaluación. Prever que el presidente de la República, los gobernadores de las entidades federativas, jefe de gobierno del Distrito Federal, senadores de la República, los diputados federales, los diputados a las legislaturas locales integrantes de los ayuntamientos, y autoridades delegacionales del Distrito Federal, serán considerados como servidores públicos de elección popular para efectos de las responsabilidades administrativas. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
4 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 141 Bis al Código Penal Federal. Suscribe: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 - Justicia |
Agregar el tipo penal consistente en realizar actos contra las personas, las cosas, servicios públicos o privados, que perturben la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, utilizando sustancias tóxicas, inflamables, explosivas; imponiendo de 5 a 7 años de prisión, sin derecho a libertad provisional bajo caución y sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten; incrementar en dos terceras partes la pena cuando dicha conducta se realice utilizando elementos que impidan total o parcialmente la identificación de las características fisonómicas del sujeto activo. | Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
5 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A y adiciona un artículo 2-B a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Suscribe: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer como productos con tasa 0 de IVA, la carne y cualquier producto animal como huevo, manteca, gelatina, leche, crema, mantequilla, queso y derivados lácteos no edulcorados ni mezclados con otros productos; la margarina, azúcar de caña o remolacha, sal de mesa y aceites sin mezclar con otros ingredientes ni aditivos; las tortillas y pan enajenados por el fabricante, así como aquellos enajenados por terceros cuyas presentaciones para venta individual no excedan 100 calorías; los vegetales en estado natural, descascarados, cocidos, tostados, en masa o pasta, molidos o bajo otro proceso que permita su preservación y que no implique la adición de otras grasas, harinas, sales o azúcares, exceptuando las indispensables para su conservación. Exceptuar de esta tasa 0, el agua compuesta, cuando su presentación sea en envases menores de diez litros. Establecer una tasa de IVA de 20% a bebidas distintas del agua pura, la leche y derivados lácteos no edulcorados, inclusive cuando las mismas tengan la naturaleza de alimentos; los jugos, los néctares o los concentrados de frutas, mezclados con azúcar u otros edulcorantes, cualquiera que sea su presentación, densidad o el peso del contenido de estas materias; los jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos, así como los concentrados, polvos, jarabes esencias o extractos de sabores que al diluirse permitan obtener refrescos; las galletas, golosinas, pasteles, botanas o cualquier alimento distinto a los indicados en el artículo 2-A, empacados para poder ser enajenados al consumidor final por intermediarios o personas distintas al productor y cuya presentación para venta al público, con independencia de las porciones incluidas, exceda en su totalidad 100 kilocalorías. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013 |
6 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013 Unidas - Puntos Constitucionales - Igualdad de Género Con Opinión de - Asuntos Indígenas |
Precisar que las mujeres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votadas en condiciones de igualdad con los varones. Establecer que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de los ciudadanos en la elección de sus autoridades municipales. | Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014 Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013 |
7 Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013 Unidas - Comunicaciones - Gobernación |
Agregar a las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones, de aquellas relacionadas con el acceso seguro a internet por parte de niñas, niños y adolescentes, en establecimientos públicos; así como vigilar en coordinación con las autoridades de los estados, del Distrito Federal, de los municipios y de los órganos político-administrativos, el cumplimiento de las leyes y normas oficiales mexicanas en esta materia, y en su caso imponer las sanciones correspondientes. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013 |
8 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Incrementar de ¿$0.35¿ a ¿$0.90¿ la cuota por cigarro enajenado o importado. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013 |
9 Proyecto de decreto que reforma los artículos 2-A, 9° y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) Suscrita por el Dip. Marcos Aguilar Vega (PAN) |
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Incluir la tasa del 0% al calcular el Impuesto al Valor Agregado, en la enajenación de Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación, exceptuando a los hoteles; y la prestación de servicios independientes a cargo de las comisiones y otras contra prestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, salvo aquellas que se originen con posterioridad a la autorización del citado crédito o que se deban pagar a terceros por el acreditamiento. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013 |
10 Proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013 Unidas - Distrito Federal - Derechos Humanos Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, estableciendo las bases para el buen uso de los bienes de dominio público y asegurando el pleno respeto de los derechos y las libertades de terceros. Establecer como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del DF sobre las manifestaciones que realizarán, con el propósito de que la autoridad trace rutas alternas, elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia y preste servicios básicos a los participantes. Prever que la autoridad competente podrá impedir la celebración de manifestaciones atendiendo a factores de riesgo medioambientales y de protección civil, así como cambiar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público. Prohibir el bloqueo de vías primarias y el desarrollo de manifestaciones en vialidades de un solo carril. Establecer los horarios para la realización de las manifestaciones. Determinar que los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán capacitación sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas. Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública del DF para disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público. Imponer sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por la ley, como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del DF o de los particulares. | Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015 Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013 |
11 Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Trabajo y Previsión Social |
Eliminar de la legislación, la facultad del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestar. | Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
12 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Economía |
Facultar a la Procuraduría para emitir o canalizar solicitudes a las entidades públicas responsables de suministrar servicios públicos cuando considere que la omisión afecta colectivamente a los consumidores, cuando la falta de atención constituya un elemento que presuma como parte del problema. Establecer el indicador de las empresas más castigadas en los criterios para instaurar módulos de atención y orientación a los consumidores. Incorporar la realización de estudios, emisión de alertas, lineamientos o cualquier otra acción en la información que las empresas se encuentren obligados a proporcionar a la Profeco. Señalar la obligación de la Profeco para recibir de los proveedores, quejas, propuestas o denuncias respecto de los verificadores. Establecer la obligación de la Secretaría de Economía de atender la opinión de la Profeco en la formulación de la política pública relativa a la protección del consumidor. Disminuir los límites inferior y superior del rango de las multas ordinarias y el límite de la multa extraordinaria por contumacia. Establecer una metodología de cálculo y señalar las conductas, omisiones y circunstancias extraordinarias no imputables al proveedor en los que las sanciones podrían ser condonadas o conmutadas por actos que la Procuraduría estime que contribuyen al desarrollo de sus funciones por el inconveniente administrativo que le hubieren causado. Añadir el desarrollo de programas de capacitación al público sobre los derechos de los consumidores, acciones colectivas o aquellos en los que considere basado en las cantidades de las quejas, como medida de prevención y cultura del consumidor. Se plantea el primero de enero del cuarto año calendario del periodo correspondiente al Presidente de la República como fecha fija para el nombramiento del Procurador Federal del Consumidor. Establecer límites al Procurador así como la obligación de presentar una declaración patrimonial anualmente. Asentar la obligación de la Profeco de publicar su plan de trabajo bianualmente. Facultar a la Profeco para ordenar la suspensión de actividades a los proveedores que emitan información ilegal. Obligar a la Profeco a difundir a través de los canales de comunicación que actualmente utilice, los criterios y metodología para imponer, dejar sin efecto, reducir, modificarlas o conmutar las sanciones. Establecer un esquema de verificaciones encubiertas que evite que los proveedores eliminen o encubran evidencia. Señalar la obligación de que la Profeco a quien formule la queja. Disponer la facultad para que en el reglamento se señalen las circunstancias extraordinarias en las que se podrá tener tolerancia y flexibilidad para la impuntualidad ante imponderables como manifestaciones que obstruyan la vía pública. Disponer que para la exposición de pruebas por medio electrónico se puedan adoptar las medidas de seguridad que la Procuraduría señale con la finalidad de establecer procedimientos expeditos y seguros. Incorporar los casos que impliquen a menores de edad dentro del catálogo de los asuntos particularmente graves y aquellos en que se demuestre una duración de más de un año en agravio de los derechos de los consumidores. Incorporar la obligación de dar publicidad a los criterios de condonación, reducción o conmutación de multas. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013 |
13 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 259 Ter al Código Penal Federal. Adherente: Jiménez Cerrillo Raquel (PAN) |
Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013 - Justicia |
Establecer como un delito el uso de las tecnologías de la información y la comunicación para proponer a un menor de dieciocho años de edad o una persona que no tiene la capacidad para entenderlo o resistirlo, un encuentro y realizar los actos materiales necesarios para obtenerlo, con el propósito de cometer contra el menor hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro o violación, señalándole una pena de siete a doce años de prisión y de quinientos a 20 mil días de multa. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013 |