PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del GDF, para que ejerzan las acciones que procedan con el objeto de conservar y hacer efectivos los derechos que legal y contractualmente les corresponden, referentes a la terminación y debida operación de la línea 12 del metro.


Suscribe: Sotomayor Chávez Jorge Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 3-Abril-2014

  - Distrito Federal
PRIMERO. Se exhorta a los ciudadanos secretario de Obras y Servicios, secretario de Transportes y Vialidad, consejero Jurídico y de Servicios Legales, contralor general del Distrito Federal, director del Sistema de Transporte Colectivo ¿Metro¿, director de Obras para el Transporte de la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del DF, gerente Jurídico y contralor interno del Sistema de Transporte Colectivo, director del Proyecto Metro del Distrito Federal, a que instrumenten los procedimientos de coordinación necesarios y ejerzan todas las acciones legales necesarias, administrativas o judiciales, con el objeto de hacer valer los derechos que derivan a favor del Gobierno del Distrito Federal, del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado número 8.07 C0 01 T.2.022 celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de México y las empresas contratistas ICA, ALSTOM y CARSO, así como, en su caso, aquellos que provienen del contrato de fianza otorgada en los términos del artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del D.F., para la construcción y puesta en marcha y debida operación de la Línea 12 del Metro.

SEGUNDO. Se exhorta a los ciudadanos secretario de Obras y Servicios, secretario de Transportes y Vialidad, consejero Jurídico y de Servicios Legales, contralor general del Distrito Federal, director del Sistema de Transporte Colectivo ¿Metro¿, director de Obras para el Transporte de la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del DF, gerente Jurídico y contralor interno del Sistema de Transporte Colectivo, director del Proyecto Metro del Distrito Federal, a abstenerse de otorgar concesiones o beneficios a favor de las empresas ICA, ALSTOM y CARSO, en el marco del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado número 8.07 C0 01 T.2.022 celebrado entre el gobierno de la Ciudad de México y las empresas contratistas y sus relativos convenios modificatorios, que pudieran significar la pérdida o menoscabo de los derechos que le asisten al Gobierno del Distrito Federal dentro del mismo acuerdo de voluntades y de acuerdo con la ley, dentro del contrato de fianza, o que, por cualquier causa, impliquen una mayor erogación a cargo de los contribuyentes de la Nación.

TERCERO. Se exhorta a la Contraloría General del Gobierno del DF y a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que, en el marco de las atribuciones que la ley les confiere, lleven a cabo los trabajos de auditoría, fiscalización y sanción pertinentes, que conduzcan a la imposición de la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que tenga lugar, ya sea mediante la declaratoria de responsabilidad resarcitoria, mediante la inhabilitación de cualquier servidor público que pudiera haber infringido la ley o, en su caso, mediante la presentación de la denuncia o querella correspondiente ante las autoridades ministeriales competentes.
PRIMERO. Se exhorta a los ciudadanos secretario de Obras y Servicios, secretario de Transportes y Vialidad, consejero jurídico y de Servicios Legales, contralor general del Distrito Federal, director del Sistema de Transporte Colectivo Metro, director de Obras para el Transporte de la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del DF, gerente jurídico y contralor interno del Sistema de Transporte Colectivo, director del proyecto Metro del Distrito Federal a instaurar los procedimientos de coordinación necesarios y ejerzan todas las acciones legales necesarias, administrativas o judiciales, con el objeto de hacer valer los derechos que derivan a favor del gobierno del Distrito Federal, del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado número 8.07 CO 01 T.2.022 celebrado entre el gobierno de la Ciudad de México y las empresas contratistas ICA, Alstom y Carso, así como, en su caso, los que provienen del contrato de fianza otorgada en los términos del artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del DF, para la construcción y puesta en marcha y debida operación de la línea 12 del Metro.

SEGUNDO. Se exhorta a los ciudadanos secretario de Obras y Servicios, secretario de Transportes y Vialidad, consejero jurídico y de Servicios Legales, contralor general del Distrito Federal, director del Sistema de Transporte Colectivo Metro, director de Obras para el Transporte de la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del DF, gerente jurídico y contralor interno del Sistema de Transporte Colectivo, director del proyecto Metro del Distrito Federal a abstenerse de otorgar concesiones o beneficios a favor de las empresas ICA, Alstom y Carso, en el marco del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado número 8.07 CO 01 1.2.022 celebrado entre el gobierno de la Ciudad de México y las empresas contratistas y sus relativos convenios modificatorios, que pudieran significar la pérdida o menoscabo de los derechos que le asisten al gobierno del Distrito Federal dentro del mismo acuerdo de voluntades y de acuerdo con la ley, dentro del contrato de fianza, o que, por cualquier causa, impliquen una mayor erogación a cargo de los contribuyentes de la nación.

TERCERO. Se exhorta a la Contraloría General del DF y a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que, en el marco de las atribuciones que la ley les confiere, lleven a cabo los trabajos de auditoría, fiscalización y sanción pertinentes, que conduzcan a la imposición de la responsabilidad administrativa, civil o penal a que tenga lugar, ya sea mediante la declaratoria de responsabilidad resarcitoria, mediante la inhabilitación de cualquier servidor público que pudiera haber infringido la ley o, en su caso, mediante la presentación de la denuncia o querella correspondiente ante las autoridades ministeriales competentes.
Aprobada
con fecha 23-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Abril-2014