PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
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PROPOSICIÓN | TURNO A COMISIÓN | RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE | RESOLUTIVOS APROBADOS | TRÁMITE |
1 Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la CNDH, para que investigue violaciones a los derechos humanos en el caso de la masacre de 72 personas migrantes en el municipio de San Fernando, Tamaulipas. Proponente: García Medina Amalia Dolores (PRD) |
Fecha de presentación: 20-Marzo-2014 - Asuntos Migratorios |
PRIMERO. Se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a que, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, se investiguen de forma exhaustiva las violaciones a los derechos humanos en el caso de la masacre de 72 personas migrantes en el municipio de San Fernando, Tamaulipas, y a proteger a las víctimas de dichas violaciones. SEGUNDO. Se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que la CNDH reponga el procedimiento de investigación de la masacre de los 72 migrantes y las graves violaciones a los derechos humanos, en específico el derecho a la vida y la integridad, así como los sufrimientos graves causados a las familias de las víctimas, garantizando que: a) Se actúe bajo el estándar más alto de protección de los derechos humanos de las víctimas en sus investigaciones. b) Se documente y escuche todos los testimonios de las víctimas, verificando con las organizaciones de la sociedad civil y comités que las acompañan, el protocolo para la realización de las entrevistas y respetando su derecho a estar acompañadas y representadas; c) Se garantice que se respeten todos sus derechos como víctimas. d) Se señale si existe responsabilidad directa del estado por los hechos de la masacre, o responsabilidad por violación a las garantías generales de protección de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, vinculados con el 1º Constitucional; e) Se señalen criterios específicos para atención, apoyo y reparación del daño individualizado para cada una de las víctimas, de conformidad con la Ley General de Víctimas, el artículo 63 de Convención Americana Sobre Derechos Humanos y sus criterios jurisprudenciales. f) Se señale si las procuradurías encargadas de la investigación penal, están llevando a cabo una investigación eficaz, siguiendo los criterios de la Corte Interamericana para poder procesar y sancionar a los perpetradores de la masacre. TERCERO. Se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a que, en virtud de la situación de riesgo y falta de acceso a la justicia que enfrentan las personas migrantes, establezca un protocolo de actuación ¿construido de la mano de las víctimas y de la sociedad civil¿, que garantice que la víctimas directas e indirectas puedan acceder a los procedimientos de investigación de violaciones a derechos humanos que lleve a cabo la CNDH, independientemente del país donde se encuentren. CUARTO. Se solicita al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a que, de manera urgente, reciba a una Comisión representativa de las 278 dependencias, instituciones, organismos, organizaciones y personas que han dado seguimiento a este caso, y se les den respuestas sobre el proceso de investigación que derivó en la recomendación 80/2013 de 23 de diciembre de 2013. |
. | Desechada (art. 184, num 2)
con fecha 21-Agosto-2015 Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2014 |