PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, para que someta a la consideración del Pleno la conformación de un Comité Verde.


Suscribe: López Moreno Lourdes Adriana (PVEM)
Fecha de presentación: 12-Febrero-2013

  - Junta de Coordinación Política
Único. Por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política someta al pleno de la Cámara de Diputados la conformación de un Comité Verde que establezca los principios y objetivos para que la Cámara de Diputados instrumente un programa para una Agenda Verde derivados de los compromisos asumidos en Cop16 y el desarrollo sustentable y que dé seguimiento a sus avances. . Desechada (art. 184, num 2)
con fecha 10-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 12-Febrero-2013
2   Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que en el marco de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, integre políticas públicas sobre cambio climático.


Suscribe: López Moreno Lourdes Adriana (PVEM)
Fecha de presentación: 7-Marzo-2013

  - Cambio Climático
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del Ejecutivo Federal a que, integre de manera transversal en el Plan Nacional de Desarrollo, políticas públicas que permitan cumplir con los compromisos obligatorios y aspiracionales establecidos por la Ley General de Cambio Climático y por los acuerdos internacionales aprobados por México. ÚNICO. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, solicita al Ejecutivo Federal para que en el marco de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, integre y de continuidad a las políticas públicas transversales sobre Cambio Climático, que permitan cumplir con los compromisos adquiridos en la Ley General de Cambio Climático y los Acuerdos Internacionales suscritos y ratificados por México. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 7-Marzo-2013
3   Punto de acuerdo relativo al Territorio Sagrado Denominado Wirikuta, en San Luis Potosí.


Proponente: López Moreno Lourdes Adriana (PVEM)
Fecha de presentación: 2-Abril-2013

Unidas  - Asuntos Indígenas
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
PRIMERO. La honorable Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Secretaría Gobernación a efecto de que emita un reconocimiento de hecho por parte del Estado mexicano del territorio sagrado denominado Wirikuta como parte del territorio del pueblo Wixárika, al resultar fundamental para su subsistencia como pueblo originario de la nación, por lo que es imperioso e indispensable que se garantice la protección integral y el desarrollo sustentable del territorio, así como que sea negada cualquier autorización que represente o pueda representar una devastación, deterioro y/o menoscabo en cualquiera de sus recursos y componentes.

SEGUNDO. La honorable Cámara de Diputados solicita al titular de la Secretaría de Economía, la cancelación de las concesiones otorgadas dentro del territorio sagrado de los Wixaritari en Wirikuta, en virtud de que las mismas violentan su derecho de territorialidad, y no cumplen con el debido proceso, al no haberse realizado una consulta en los términos culturalmente aceptados sin haber obtenido de manera previa el consentimiento libre e informado del pueblo Wixárika de conformidad a lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo.

TERCERO. La honorable Cámara de Diputados solicita al titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del estado de San Luis Potosí que en los términos del Reglamento de la Ley Ambiental de San Luis Potosí en Materia de Áreas Naturales Protegidas, se revoquen las autorizaciones que dicha secretaría ha otorgado para el desarrollo de diferentes actividades de aprovechamiento de los recursos naturales y usos de la tierra y la gestión de los recursos naturales dentro de la circunscripción territorial del Área Natural Protegida bajo la modalidad de Sitio Sagrado Natural de Huiricuta y la Ruta Histórica Cultural del Pueblo Huichol, en los municipios de Catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos del estado de San Luis Potosí en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí decretada el 27 de octubre de 2000 y publicada en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí.

CUARTO. La honorable Cámara de Diputados solicita al titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Estado de San Luis Potosí, que en términos del Reglamento Administrativo del Plan de Manejo publicado en el Periódico Oficial del Área Natural Protegida bajo la modalidad de Sitio Sagrado Natural de Huiricuta y la Ruta Histórica Cultural del Pueblo Huichol, en los Municipios de Catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos del Estado de San Luis Potosí en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí el martes 10 de junio de 2008, se cumplan a cabalidad las unidades de gestión ambiental destinadas para cada actividad, siempre y cuando no perturben la calidad del sitio o el recurso y que no se autorice, por la grave implicación ambiental, dentro del área natural protegida, ninguna actividad que implique verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo o cualquier clase de cauce, vaso o acuífero, así como desarrollar cualquier actividad contaminante, interrumpir, rellenar, desecar o desviar los flujos hidráulicos.

QUINTO. La honorable Cámara de Diputados solicita al titular del gobierno federal y a los titulares de los gobiernos de los estados de Durango, Jalisco, Nayarit, San Luis Potosí y Zacatecas, que previa autorización de cualquier actividad dentro de la reserva, se cumpla con lo establecido en el Punto 9 del Plan de Manejo (y que hasta la fecha no se han realizado), para que exista certeza respecto del estado en el que se encuentra el hábitat y el grado de contaminación, los cuales consisten en:

9.1. Investigación sobre el marco jurídico del sitio sagrado natural Wirikuta;

9.2. Valoración de la calidad del agua superficial en el sitio sagrado de Wirikuta;

9.3. Proyecto de comunicación de la cultura;

9.4. Identificación de sistemas de flujo subterráneo en el noroeste del estado de San Luis Potosí;

9.5. Inventario de suelo, flora y fauna;

9.6. Ecología del hikuri;

9.7. Historia ambiental del sitio sagrado natural;

9.8. Mercurio en tierra sagrada: estudio de sitios mineros en Wirikuta;

9.9. Evaluación de riesgos sanitarios en comunidades del pueblo Wixárika;

9.10. Desarrollo del programa de administración del sitio sagrado natural;

9.11. Documentación del proceso de recuperación de sus tradiciones culturales por el pueblo Wixarika.

SEXTO. La honorable Cámara de Diputados solicita al gobierno federal y al gobierno de los estados de Durango, Jalisco, Nayarit, San Luis Potosí y Zacatecas cumplan los principios establecidos por el Pacto de Hauxa Manaká para la Preservación y Desarrollo de la Cultura Wixárika, de conformidad con los derechos fundamentales que les asisten y se encuentran reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, las Constituciones Políticas de los Estados y las Leyes Reglamentarias en Materia de Protección de los Derechos de los Pueblos y las Comunidades Indígenas de los estados de Durango, Jalisco, Nayarit y San Luis Potosí mediante el cual se comprometieron a proteger y preservar la continuidad histórica de los lugares sagrados y rutas de peregrinación del pueblo Wixárika.

SÉPTIMO. La honorable Cámara de Diputados solicita a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, que en atención al recorrido de inspección y vigilancia realizado por dicha procuraduría (Subdirección de Recursos Naturales), mediante la cual se constató la existencia de graves contravenciones a la legislación ambiental federal respecto al cambio de uso de suelo e impacto ambiental, solicitamos que en los términos de la legislación de referencia se dejen sin efectos las resoluciones administrativas números PFPA/30.5/1957/2011 y PFPA/30.5/1945/2011, en virtud que las mismas sólo imponen sanciones económicas y medidas correctivas sin tomar en consideración la comprobación de la realización de un cambio de uso de suelo en el kilómetro 12.5 al costado sur del camino rural que parte de Estación Catorce a Tanque de Dolores, en el municipio de Catorce para la construcción de un invernadero agroindustrial, acreditándose que el mismo no cuenta con ninguna de las autorizaciones respectivas, no cumple con el plan de manejo ni con el Reglamento Administrativo del Área Natural Protegida, por lo cual se solicita que en su lugar se dicte la clausura total definitiva y se obligue al infractor a realizar los trabajos necesarios para restaurar el suelo y establecer las medidas de compensación necesarias por la afectación a la flora y fauna que se ocasionaron.

OCTAVO. La honorable Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Gobernación que de conformidad con la Ley de Consulta Indígena para el Estado y los Municipios de San Luis Potosí, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y las Leyes Reglamentarias en Materia de Protección de los Derechos de los Pueblos y las Comunidades Indígenas del Estado de San Luis Potosí, se consulte al pueblo Wixárika mediante los procedimientos apropiados y a través de sus instituciones, toda medida legislativa o administrativa que se pretenda llevar a cabo en territorio sagrado Wirikuta, por afectarles directamente, a través de las medios y procedimientos establecidos en sus comunidades y, en su caso, otorguen su consentimiento libre, previo e informado respecto a su territorio cultural e histórico.

NOVENO. La honorable Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental que el estudio técnico de ordenamiento ecológico regional del Área Natural Protegida bajo la modalidad de Sitio Sagrado Natural de Huiricuta y la Ruta Histórica Cultural del Pueblo Huichol, en los Municipios de Catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos del Estado de San Luis Potosí en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que realizará la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) de San Luis Potosí, que pretende caracterizar, diagnosticar y proponer forma de utilización del espacio territorial y sus recursos naturales observe lo establecido en el plan de manejo y en los estudios justificativos de dicha área natural protegida.

DÉCIMO. La honorable Cámara de Diputados solicita al titular de la Secretaría de Economía se cumpla con la Ley Minera y su reglamento y se CANCELEN las concesiones que han iniciado las actividades de exploración y explotación sin tener los permisos ni autorizaciones necesarias para que se lleven a cabo, tal y como consta en el recurso presentado ante la Secretaría de Economía el pasado 1 de marzo de 2013 por comuneros integrantes del pueblo indígena Wixárika.
. Desechada (art. 184, num 2)
con fecha 15-Mayo-2013



Publicación en Gaceta: 2-Abril-2013