MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

ATENCIóN A GRUPOS VULNERABLES
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que adiciona el inciso m) a la fracción I del artículo 4o. de la Ley de Asistencia Social, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 12-MAR-13

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 12-MAR-13
ÚNICO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un inciso m) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. Holly Matus Toledo (PRD) el 23 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 31 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 327 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de abril de 2009. (LX Legislatura)

5. Dictamen de Primera lectura presentado el 05 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión presentado el 07 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2013.

8. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 29 de Abril de 2013 en votación económica.

9. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
2  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Ley Federal de Derechos, Ley General de Asentamientos Humanos y Ley General de Salud, para los efectos de la fracción E, del artículo 72 constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 12-SEP-13

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 12-SEP-13
Incorporar a las personas con discapacidad dentro de los servicios básicos de salud y el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural. Incluir dentro de los gastos de inversión deducible en un 100%, adaptaciones que se realicen a instalaciones que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo, siempre que dichas adaptaciones tengan como finalidad facilitar a las personas con discapacidad, el acceso y uso de las instalaciones del contribuyente; así como a las personas con discapacidad dentro de la atención que deberá proporcionar el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con carácter obligatorio.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. María Esperanza Morelos Borja (PAN) a nombre propio y del Dip. Jorge Quintero Bello (PAN) el 20 de noviembre 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de abril de 2008. (LX Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 17 de abril de 2008. Proyecto de Decreto aprobado por 267 votos. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2008. (LX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 05 de septiembre de 2013 (LXII Legislatura)

6. Dictamen a Discusión presentado el 10 de septiembre de 2013. Proyecto de Decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 12 de septiembre de 2013.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de febrero de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 399 votos a favor.

9. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E del artículo 72 de Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 5 de febrero de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos.
3  Proyecto de decreto que reforma las fracciones VII y IX del artículo 28; y se adiciona la fracción IV al artículo 1, las fracciones XII, XIII y XIV al artículo 3; un artículo 10 Bis; un Capítulo II denominado ¿De la Política con Perspectiva Gerontológica¿, con los artículos 10 Ter y 10 Quater al Título Cuarto; una fracción III al artículo 14; y una fracción IV al artículo 27, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 26-NOV-13

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 26-NOV-13
Incluir tres conceptos: la política gerontológica, dirigida a los adultos mayores, la cual, a través del empoderamiento y la jerarquización del saber gerontológico, garantizará sus derechos; la perspectiva gerontológica, es el enfoque dirigido a transformar la imagen de las personas adultas mayores, atendiendo a su capacidad productiva en su familia y comunidad; y la edad prospectiva, es la esperanza de vida de la población, a partir de los 60 años, con base en las cifras demográficas oficiales. Asimismo, se propone el diseño e implementación de los programas consideren la edad prospectiva promedio en el ámbito territorial de su aplicación, de tal forma que la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios realizarán las acciones necesarias para garantizar la observancia de la perspectiva gerontológica en la ejecución de políticas públicas a favor de las personas adultas mayores.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Rabindranath Salazar Solorio (PRD el 23 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 21 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 21 de noviembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de Diciembre de 2013.
4  Proyecto de decreto que reforma el último párrafo del artículo 23 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para los efectos de la Fracción e) del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 26-NOV-13

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 26-NOV-13
Establecer que el Congreso de la Unión forme parte como invitado permanente de la Junta de Gobierno con voz y sin voto, haciendo la única precisión, en aras de dar mayor certeza jurídica, que los representantes tendrán que estar relacionados con los temas de derechos humanos, particularmente ser integrantes de alguna Comisión vinculada a legislar en materia de ¿no discriminación¿ de alguna de las Cámaras. Considerar que es necesario hacer una modificación de nombre, en virtud que desde el 30 de mayo de 2011 con base en la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad paso a ser un organismo público descentralizado cuya denominación correcta es Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Señalar que serán invitados permanentes a la Junta de Gobierno con derecho a voz, pero no a voto, además de los contemplados actualmente, un integrante designado por la Cámara de Diputados y uno por la Cámara de Senadores, así como un representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. Mayra Gisela Peñuelas Acuña (PRI) el 14 de febrero de 2008. (LX Legislatura)

2. Iniciativa presentada por la Dip. Silvia Una Rodríguez (NA) el 30 de abril de 2008. (LX Legislatura)

3. Declaratoria de Publicidad emitida el 18 de noviembre de 2008. (LX Legislatura)

4. Dictamen a Discusión presentado el 19 de noviembre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 253 votos y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de noviembre de 2008.(LX Legislatura)

6. Dictamen a Discusión presentado el 20 de noviembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de noviembre de 2013.(LX Legislatura)
5  Proyecto de decreto que adiciona las fracciones XII y XIII al artículo 3o.; XI al artículo 18; III al artículo 21 y XXXI y XXXII al artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 18-FEB-14

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 18-FEB-14
Establecer el termino de cuidador, como aquella persona mayor de edad que asiste o cuida a un adulto mayor que puede estar o no afectado de cualquier tipo de discapacidad o incapacidad; y por cuidador temporal, aquella persona mayor de redad que presta sus servicios de forma voluntaria y temporal en los centros de salud, asilos y albergues que estén reconocidos por el INAPAM.
Faculta a la SEP, a establecer la participación de las personas adultas mayores en los programas de educación general básica, media y superior, asimismo fomentar la creación de cursos libres. Señala que las instituciones públicas del sector salud, garantizarán capacitación a los cuidadores temporales.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María de los Ángeles Moreno Uriegas (PRI) el 19 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 13 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 18 de febrero de 2014.
6  Proyecto de decreto que adiciona la fracción VI al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 09-DEC-14

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 09-DEC-14
Establecer en la Ley que Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que tendrá entre otras de sus funciones, la de impulsar ante las entidades federativas el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público.

Facultar a ese organismo para que mediante convenios con la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y municipales coadyuve en el ámbito productivo a resolver necesidades de las comunidades y pueblos indígenas en materia de asistencia técnica, capacitación especializada, asistencia administrativa contable y gastos de operación, con el propósito de fortalecer las iniciativas productivas que surjan desde sus propias aspiraciones y vocación.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. René Juárez Cisneros (PRI) el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 02 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de diciembre de 2014.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 21 de Abril de 2015 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos.
7  Proyecto de decreto por el que se declara el día 2 de abril de cada año, ¿Día Nacional de la Integración de las Personas con Autismo¿.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 07-APR-15

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 07-APR-15
Declarar el día 2 abril de cada año, como ¿Día Nacional de la Integración de las Personas con Autismo¿.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por diversos Senadores integrantes de la Comisión de Salud, el 04 de noviembre de 2014.

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 18 de marzo de 2015. (LXII Legislatura).

3. Dictamen a Discusión del 26 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura).

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 07 de Abril de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 344 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2015.
8  Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 28-APR-15

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 28-APR-15
El Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad podrá asesorar y coadyuvar con las autoridades competentes en la aplicación de las normas correspondientes de responsabilidades de los servidores públicos, en los supuestos de incumplimiento, transgresión de normas o comisión de infracciones, referentes a la atención de personas con discapacidad para lograr promover el goce y ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Lorena Cuéllar Cisneros (PRD) el 20 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 14 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 23 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2015.
9  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 28-APR-15

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 28-APR-15
Garantizar a las personas adultas mayores el derecho a vivir sin maltrato, incluyéndose también en los objetivos de la Política Nacional sobre Personas Adultas Mayores.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Margarita Flores Sánchez, Ivonne Liliana Álvarez García, Angélica del Rosario Araujo Lara, Hilda Esthela Flores Escalera, Arely Gómez González, Lisbeth Hernández Lecona, María del Rocío Pineda Gochi y Mely Romero Celis, y los Senadores René Juárez Cisneros y Eviel Pérez Magaña (PRI) el 23 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 14 de abril de 2015. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 23 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 99 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2015.