MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

GOBERNACIóN
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 02-APR-13

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Igualdad de Género
- Gobernación
- Justicia
Publicación en Gaceta: 02-APR-13
Introducir a definición de violencia política como aquellas acciones o conductas agresivas cometidas por una o varias personas, por sí o a través de terceros, que causen daño físico, psicológico o sexual en contra de una mujer o de varias mujeres y/o de sus familias, en ejercicio de la representación política, para impedir, restringir el ejercicio de su cargo o inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad y/o de la ley. Asimismo establece 16 modalidades de violencia política de género como el estereotipo de género, proporcionar información falsa a candidatas; evitar que mujeres electas o funcionarias acudir a sesiones de toma de decisiones; impongan sanciones injustificadas y discriminen. Establecer la obligación del Instituto Nacional de las Mujeres el promover la formación de liderazgos políticos femeninos y vigilar el respeto a sus derechos políticos.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita en la Cámara de senadores por la Sen. María Lucero Saldaña Pérez (PRI) el 8 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 21 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 2 de abril de 2013.
2  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria; de la Ley de Asociaciones Público Privadas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles; de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social; de la Ley de Vivienda; de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley General de Asentamientos Humanos; de la Ley General de Bienes Nacionales; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; de la Ley General de Desarrollo Social; de la Ley General de Población, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y de la Ley Orgánica de la Financiera Rural.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 26-NOV-13

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Reforma Agraria
- Gobernación
Con Opinión de  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Publicación en Gaceta: 26-NOV-13
Actualizar los ordenamientos jurídicos para establecer la congruencia y consistencia del marco jurídico aplicable de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), su competencia y participación en los diversos acuerdos intersecretariales, que le permita ejercer sus facultades y responsabilidades de manera plena y en estricto apego a derecho. Participar de manera activa y propositiva en los lineamientos y políticas públicas encaminadas a impulsar el desarrollo agrario del país. Facultar a la Secretaría la posibilidad de contribuir a fortalecer el desarrollo rural desde una perspectiva que permita el ordenamiento territorial, impulse el desarrollo agrario y armonice los ámbitos rural y urbano. Otorgar al Secretario de la SEDATU, las atribuciones necesarias para participar en el órgano directivo para que la SEDATU participe en el diseño e implementación de políticas públicas destinadas a la preservación de la flora y la fauna mediante la aprobación de territorios designados con la categoría de zonas protegidas. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para que pueda prever a nivel nacional las necesidades de reservas territoriales para el desarrollo urbano, considerando la disponibilidad de agua determinada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y regular en coordinación con los gobiernos estatales y municipales los mecanismos para satisfacer dichas necesidades.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Eviel Pérez Magaña (PRI) el 18 de abril de 2013. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de noviembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de noviembre de 2013.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 17 septiembre de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor, 0 en contra y 7 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de septiembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Reforma Agraria, de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos Segunda.
3  Proyecto de decreto que adiciona los artículos 20, 24, 25, 40, 44, 49 Y 55 de la Ley Federal de transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y los artículos 13 y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 28-APR-14

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Gobernación
- Asuntos Indígenas
Publicación en Gaceta: 28-APR-14
Garantizar el derecho de acceso a la información pública, haciendo énfasis en la población indígena con las limitantes que encuentra para ejercerlo. Establecer que le corresponde al Estado en sus distintos órdenes de gobierno desarrollar estrategias y acciones que permitan a la población indígena acceder a la información gubernamental con respecto a la lengua indígena de la que sean habitantes, así como establecer que el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas coadyuvará para atender y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública y de protección de datos personales que sean presentadas en lenguas indígenas.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Senador Eviel Pérez Magaña integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 22 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 28 de abril de 2014.