MINUTAS PRESENTADAS EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
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ECONOMíA |
MINUTA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
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Proyecto de decreto que reforma el quinto párrafo del artículo 10 de la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, reforma los artículos Primero y Tercero Transitorios del Artículo Primero del Decreto por el que se expide la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Instituciones de Crédito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2009. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 13-DEC-12 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Unidas - Hacienda y Crédito Público - Fomento Cooperativo y Economía Social - Economía Publicación en Gaceta: 13-DEC-12 |
Ampliar el plazo hasta el 31 de enero de 2014 para que las sociedades cooperativas de cualquier tipo que a la fecha de entrada en vigor de este decreto realicen operaciones que impliquen la captación de recursos de sus socios para su colocación entre estos, deban registrarse ante el Comité de Supervisión Auxiliar a que se refiere la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Ampliar el plazo hasta el 31 de marzo de 2014 para constituirse como sociedades cooperativas de ahorro y préstamo conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas y solicitar la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo. |
Aprobada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José Francisco Yunes Zorrilla, a nombre propio y de los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, el 11 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda, presentado el 11 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos. 3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de diciembre de 2012. 5.- Declaratoria de publicidad emitida el 19 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura) 6.- Dictamen aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 20 de diciembre de 2012 en lo general y en lo particular por 440 votos, 1 en contra y 3 abstenciones. 7.- Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales. 8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de enero de 2013. |
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Proyecto de decreto que reforma los artículos Segundo, Tercero y Cuarto transitorios de la Ley de Economía Social y Solidaria. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 20-DEC-12 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Unidas - Economía - Fomento Cooperativo y Economía Social Publicación en Gaceta: 21-DEC-12 |
Ampliar a un plazo no mayor de 18 meses para la realización de convocatorias, asambleas y Congreso constituyente del sector. Aplicar el Acuerdo de Organización y Funcionamiento Interno de FONAES, en tanto se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía. Ampliar el plazo para expedir la normatividad del Programa. Las normas relativas al nuevo Programa se expedirán durante 2013, pero su vigencia iniciará a partir del ejercicio fiscal 2014. |
Aprobada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores José Ascención Orihuela Bárcenas, Fernando Herrera Ávila, Ángel Benjamín Robles Montoya, Marcela Guerra Castillo y Teófilo Torres Corzo, el 06 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a Discusión presentado el 20 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 4. Minuta recibida el 20 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura) 5. Dictamen aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 21 de diciembre de 2012 en lo general y en lo particular por 382 votos y 19 abstenciones. 6. Pasa al Ejecutivo para efectos constitucionales. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 24 enero 2013. |
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Proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 4, 7 y 46 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 21-DEC-12 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Unidas - Economía - Fomento Cooperativo y Economía Social Publicación en Gaceta: 21-DEC-12 |
Incluir a las personas físicas y grupos sociales como parte de los beneficiarios del Programa de Fomento a la Economía Social. Establecer que el Sector Social de la Economía estará integrado además de diversas formas de organización social por la de las mujeres y grupos vulnerables, en cualquier modalidad de organización que se adecue a sus necesidades específicas. |
Desechada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Diva Hademira Gastélum Bajo (PRI) el 23 de octubre del 2012. (LXII Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a discusión presentado el 20 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 102 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 4. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 05 de Marzo de 2013 en votación económica. 5. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM. 6. Minuta Recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos Segunda. |
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Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Protección al Consumidor, y para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 12-MAR-13 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Unidas - Economía - Hacienda y Crédito Público Publicación en Gaceta: 12-MAR-13 |
Indicar un catálogo de disposiciones que regularán a los proveedores de bienes y servicios que recurran a la cobranza extrajudicial con la consecuente sanción en caso de incumplimiento. Obligar a que al momento de realizar la cobranza, que el cobrador se identifique proporcionando nombre completo y empresa en la que labora o la que representa. Prohibir: utilizar documentos que aparenten ser escritos judiciales, enviar comunicaciones a terceros con excepción de deudores solidarios o avales; realizar visitas o llamadas telefónicas entre las 23:00 y las 7:00 horas; hacer uso de lenguaje obsceno o de palabras altisonantes, acosar o amenazar al establecer comunicación con el deudor, sus familiares o compañeros de trabajo; utilizar cartelones, anuncios o cualquier medio impreso, en los que se haga referencia al adeudo; comunicarse con menores de edad y adultos mayores, a menos que este último se trate del consumidor. Sancionar a las ¿entidades financieras¿ con una multa de dos mil a cinco mil días de salario, y a las ¿entidades comerciales¿ con multa de 200 a dos mil días de salario, cuando incumplan con las disposiciones referentes a la cobranza extrajudicial. |
Pendiente Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el senador Jesús Casillas Romero (PRI), suscrita por el senador Daniel Gabriel Ávila Ruíz, (PAN), y por los senadores Oscar Román Rosas González, Alejandro Tello Cristerna, Blanca María del Socorro Alcalá Ruíz, Lisbeth Hernández Lecona, Lilia Guadalupe Merodio Reza (PRI), el 09 de octubre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Dictamen de Primera lectura presentado el 26 de febrero de 2013. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a discusión presentado el 05 de Marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura). 4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 12 de marzo de 2013. |
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Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley de Fondos de Inversión, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con la miscelánea en materia mercantil, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 22-APR-14 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
Unidas - Economía - Hacienda y Crédito Público Publicación en Gaceta: 22-APR-14 |
Implementar prácticas internacionales para impulsar la competitividad y la productividad a nivel nacional, mediante la modernización, y simplificación administrativa de las disposiciones que rigen la actividad mercantil. Eliminar costos de trámites y cargas económicas para incentivar la creación de nuevos negocios, la atracción de mayores inversiones, la formalización de comercios ya existentes, y la creación de mayores fuentes de empleo, así como una mayor derrama económica. Modernizar el régimen de administración y vigilancia de las Sociedades Mercantiles. Modernizar los Registros públicos para que operen a bajo costo y que sean de fácil consulta. Fortalecer el sistema de garantías mobiliarias con normas sencillas para el perfeccionamiento de las garantías mobiliarias y la prelación entre acreedores, así como un procedimiento de ejecución de garantías mobiliarias que sea efectivo, pronto y expedito. Fomentar la industria del financiamiento y perfeccionamiento de las figuras crediticias en México para que más micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) mexicanas cuenten con más créditos y en mejores condiciones que puedan ser garantizados mediante bienes muebles. | Aprobada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Arturo Salinas Garza (PAN) el 16 de octubre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de marzo de 2013. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a Discusión presentado el 20 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 446 votos. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 4. Minuta recibida el 21 de abril de 2013. (LXII Legislatura) 5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 10 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2014. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio de 2014. |