MINUTAS PRESENTADAS EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
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ECONOMíA |
MINUTA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1
Proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 1 y se adiciona un tercer párrafo al artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 29-APR-13 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Economía Publicación en Gaceta: 29-APR-13 |
Establecer como principio básico en las relaciones de consumo la protección contra la publicidad engañosa, abusiva o que muestre estereotipos sexistas, degradantes o peyorativos sobre las mujeres, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios. Se entiende por información o publicidad engañosa aquella que presente acciones, símbolos o expresiones que atribuyan o asocien características denigrantes de exclusión, de sumisión, de racismo, de burla, de animadversión o cualquier otra forma de discriminación hacia el género femenino. | Desechada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Carlos Navarrete Ruiz (PRD) el 03 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de marzo de 2013. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a Discusión presentado el 02 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 102 votos y 1 abstención. 4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 5. Mintua recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2013. 6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2013 en votación económica. 7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM. 8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de octubre de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Igualdad de Género y Estudios Legislativos Segunda |
2
Proyecto de decreto que reforma el artículo 1070 del Código de Comercio, para los efectos de la Fracción D del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 24-OCT-13 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Economía Publicación en Gaceta: 24-OCT-13 |
PRIMERO.- Se desecha la Minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 1070 del Código de Comercio, en los términos en que fue remitida a la Cámara de Senadores para su revisión, y turnada en sesión ordinaria a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, el día 09 de abril de 2013. SEGUNDO.- Se devuelve el expediente a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para efectos de lo dispuesto por el artículo 72 inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. |
Desechada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Manuel Gastélum Buenrostro (PAN) el 30 de octubre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Declaratoria de Publicidad emitida el 02 de abril de 2013. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a Discusión presentado el 03 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 400 votos en pro y 3 abstenciones. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 4. Minuta recibida el 09 de abril de 2013. (LXII Legislatura) 5. Dictamen discusión presentado el 22 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en votación económica. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de octubre de 2013 7. Dictamen en sentido negativo aprobado en votación económica en sesión ordinaria del 03 de febrero de 2016. 8. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido. |
3
Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código de Comercio, para los efectos de la Fracción D del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 24-OCT-13 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
- Economía Publicación en Gaceta: 24-OCT-13 |
PRIMERO.- Se desecha la Minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones del Código de Comercio, en los términos en que fue remitida a la Cámara de Senadores para su revisión, y turnada en sesión ordinaria a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, el día 09 de abril de 2013. SEGUNDO.- Se devuelve el expediente a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para efectos de lo dispuesto por el artículo 72 inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. |
Desechada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Ignacio Samperio Montaño (MC) y suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario, el 4 de octubre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Declaratoria de Publicidad emitida el 02 de abril de 2013. (LXII Legislatura) 3. Dictamen a Discusión presentado el 03 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 402 votos en pro y 3 en abstenciones. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 4. Minuta recibida el 09 de abril de 2013. (LXII Legislatura) 5. Dictamen discusión presentado el 22 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en votación económica. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de octubre de 2013. 7. Dictamen en sentido negativo aprobado en votación económica en sesión ordinaria del 03 de febrero de 2016. 8. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido. |
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Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 1395 del Código de Comercio, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 14-MAY-14 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
- Economía Publicación en Gaceta: 14-MAY-14 |
PRIMERO.- Se desecha la Minuta con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 1395 del Código de Comercio, en los términos en que fue remitida a la Cámara de Senadores para su revisión, y turnada en sesión ordinaria a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos Segunda, el día25 de abril de 2013. SEGUNDO.- Se devuelve el expediente a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para efectos de lo dispuesto por el artículo 72 inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. TERCERO.- Archívese el expediente como formal y materialmente concluido. |
Desechada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Francisco Sotomayor Chávez (PAN) el 18 de octubre de 2012. (LXII Legislatura) 2. Declaratoria de Publicidad emitida el 23 de abril de 2013. (LXII Legislatura). 3. Dictamen a Discusión presentado el 24 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 423 votos en pro y 8 abstenciones. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2013 (LXII Legislatura). 5. Dictamen a discusión en sentido negativo presentado el 30 de abril de 2014. Acuerdo aprobado por 87 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) 6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de mayo de 2014. 7. Dictamen en sentido negativo aprobado en votación económica en sesión ordinaria del 03 de febrero de 2016. 8. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido. |