INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PUNTOS CONSTITUCIONALES
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Anaya Llamas José Guillermo (PAN)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los municipios puedan contratar obligaciones o empréstitos sólo cuando se sujeten a ciertas reglas: ser autorizada previamente por la legislatura estatal mediante ley o decreto, aun tratándose de deuda contratada a corto plazo; observar el principio de equilibro presupuestal; no exceder el 0.5% por ciento del Producto Interno Bruto Estatal del ejercicio correspondiente; que el total de la deuda acumulada tampoco exceda del 7% por ciento del Producto Interno Bruto Estatal; garantizar única y exclusivamente con recursos derivados de ingresos propios y los provenientes de las participaciones federales, pudiendo otorgar como garantía las aportaciones federales, siempre que los recursos del empréstito se destinen a proyectos directamente relacionados con los fines específicos para los cuales se otorgan dichas aportaciones federales, y que la solicitud presentada a la legislatura local se acompañe de un programa de amortización para el pago del principal y de los intereses correspondientes, sin el cual no podrá haber autorización alguna. Señalar que los recursos obtenidos por empréstitos no puedan destinarse a gasto corriente ni para la operación ordinaria del presupuesto público de que se trate. Asentar que los estados y los municipios deberán llevar un registro de deuda pública en el cual inscribirán todos los empréstitos, obligaciones o deuda de cualquier naturaleza que contraigan, así como las amortizaciones que al efecto lleven a cabo y los saldos de la deuda, el cual se mantendrá actualizado mensualmente y será público. Prescribir que los ejecutivos de los estados y los municipios informarán del ejercicio de la deuda al rendir la cuenta pública y serán responsables de la contratación y administración de estos recursos y que por ningún motivo la Federación asumirá el pago de la deuda pública que contraten los estados y los municipios. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: González Morfín José (PAN)
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que en las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral, se deberá garantizar el derecho de los ciudadanos a las candidaturas independientes a todos los cargos de elección popular en el ámbito local. Aprobada
con fecha 18-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2012
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 7, 27 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)
Fecha de presentación: 25-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Reconocer y garantizar los derechos universales a la información y a la libre expresión y el que toda persona tenga la libertad de acceder, buscar, recibir y difundir informaciones de cualquier tipo y por cualquier medio de comunicación, sin previa censura y con responsabilidad ulue disponga la ley. Señalar que los medios de comunicación electrónica son de servicio público, que estos procurarán el respeto y promoción de los derechos humanos y los valores democráticos consagrados en el artículo 3 de la Constitución; que sus contenidos deben reflejar pluralidad y diversidad. Asentar que el espectro radioeléctrico es pción, inalienable e imprescriptible al que podrán acceder, en igualdad de condiciones, a su explotación, uso o aprovechamiento las entidades públicas, educativas, privadas y comunitarias, y ninguna de ellas podrá concentrar más de 25 por ciento de las frecuencias. Facultar al Congreso para expedir leyes sobre radio, televisión, telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico y asignar a un organismo público autónomo de participación ciudadana creado por el Congreso de la Unión, la administración y vigilancia de las concesiones y permisos de la radiodifusión, televisión y telecomunicaciones de este espectro. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 25-Septiembre-2012
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Borboa Becerra Omar Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 9-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos que rebasen su capacidad de pago o pongan en riesgo sus finanzas públicas, ni los podrán contraer durante los últimos seis meses de gestión, excepto en casos de emergencias relacionadas por contingencias climatológicas y de salud pública. Señalar que los estados y los municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a operaciones de refinanciamiento y reestructura. Asentar que por lo menos el treinta por ciento de las obligaciones o empréstitos contraídos debe respaldarse con contribuciones propias de los estados y municipios. Plantear que la contratación de nuevas obligaciones financieras deberá ser aprobada por las tres cuartas partes de la legislatura local. Cuando los estados y municipios decidan llevar a cabo un refinanciamiento y/o reestructuración de sus obligaciones financieras, éstos deberán informar a la legislatura local. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2012
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 74 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes sobre la contratación de empréstitos o créditos de los estados. Facultar a la Cámara de Diputados para aprobar la contratación de empréstitos o créditos a los estados. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Reina Lizárraga José Enrique (PAN)
Fecha de presentación: 25-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Determinar que toda persona tiene derecho al acceso universal a la conectividad de redes digitales, conforme la Ley lo establezca. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: --
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Doger Guerrero José Enrique (PRI)
Fecha de presentación: 13-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Estado deberá garantizar el derecho de acceso a Internet en el territorio nacional, que estará a cargo de las autoridades concurrentemente, generando de manera obligatoria un punto de conexión inalámbrica y gratuita en cada municipio del país. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 13-Noviembre-2012
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD)
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Eliminar la figura del arraigo judicial señalado en el texto constitucional en caso de delincuencia organizada. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2012
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Juárez Piña Verónica Beatriz (PRD)
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Comunicaciones
Establecer que el Estado garantizará a todo estudiante de educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior el derecho al acceso a Internet gratuitamente, a fin de que puedan mejorar la calidad educativa y la accesibilidad a la información. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2012
10   Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de educación


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 11-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Igualdad de Género
Crear del Servicio Profesional Docente, estableciendo que el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. Se establece que la Ley reglamentaria fijará los términos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio, y que serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Constituir como organismo público autónomo al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, dotándolo de personalidad jurídica y patrimonio propio, mismo que tendrá la atribución de evaluar el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Corresponderá al Instituto diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema; expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y generar y difundir información, así como emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad. El Instituto deberá regir sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. Establecer que la dirección del Instituto estará a cargo de la Junta de Gobierno integrada por cinco miembros designados por el Ejecutivo Federal, con la ratificación del Senado de la República o, en su caso, de la Comisión Permanente. Los integrantes de la Junta de Gobierno desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. Establecer que el Ejecutivo Federal nombrará de entre los miembros de la Junta de Gobierno a su Presidente. Incluir dentro de las facultades del Congreso de la Unión, la de expedir las normas para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Crear el Sistema de Información y Gestión Educativas, con la obligación inmediata para el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de realizar un censo de escuelas, profesores y estudiantes. Aprobada
con fecha 19-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2012
11   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Proponente: González Martínez Olivares Irazema (PRI)
Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Prever que los adultos mayores gozarán de una pensión económica por vejez, así como de accesos para su adecuada movilidad en espacios y transportes públicos, con la finalidad de garantizarles una vejez digna y decorosa. Facultar al Estado para establecer políticas públicas para la integración y participación de los adultos mayores en la vida activa y comunitaria Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2012
12   Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Congreso del Estado de Puebla (Congresos Locales)
Fecha de presentación: 19-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Incluir como obligación del Estado, establecer las condiciones necesarias para la satisfacción de las necesidades de alimentación, salud, educación, esparcimiento, deporte, cultura y trabajo de los adultos mayores, teniendo como objetivo el desarrollo integral de los hombres y mujeres adultos mayores, integrándolos al desarrollo social, económico y político del país. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 19-Diciembre-2012
13   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC) suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Fecha de presentación: 20-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el estado garantizará el derecho de toda persona al acceso libre y universal a internet para integrarse a la sociedad de la información y el conocimiento, y con ello promover su desarrollo individual y el progreso social. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2012
14   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)
Fecha de presentación: 27-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Incluir que el estado garantizará el derecho de toda persona al acceso libre y universal a Internet para integrarse a la Sociedad de la Información y el Conocimiento, y con ello promover su desarrollo individual y el progreso social. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 27-Diciembre-2012
15   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4º y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Salinas Narváez Javier (PRD)
Fecha de presentación: 7-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los mexicanos gozarán de seguridad social que comprenda todos los servicios de salud y el derecho a una pensión por edad, retiro, incapacidad, viudez y desempleo. Se especifica que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y pensión universales. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de bases y modalidades para el establecimiento de sistemas que garanticen la prestación y el acceso a los servicios de salud y pensiones para todos los mexicanos, estableciendo la concurrencia de la Federación, los Estados, los municipios, el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 7-Febrero-2013
16   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer el derecho de acceso a la banda ancha, para disfrutar de los servicios de telecomunicaciones, particularmente el de transmisión de audio, video y datos, denominado Internet. El Estado promoverá las condiciones necesarias para que el acceso universal a la banda ancha sea efectivo y de calidad. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2013
17   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3°, 6° y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Gaudiano Rovirosa Gerardo (PRD)
Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer en el derecho de los individuos a recibir educación, de que la misma se base en los resultados del progreso científico y tecnológico, haciendo uso racional y en beneficio común de éste. Establecer que las personas tendrán acceso gratuito a la información pública contenida en medios escritos, electrónicos, magnéticos, virtuales, ciberespacio, internet y demás similares y análogos que los desarrollos científicos y tecnológicos generen, produzcan o implementen. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de uso, acceso y explotación de Internet. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 12-Febrero-2013
18   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Martínez Santillán Ma. del Carmen (PT)
Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Eliminar la figura del ¿arraigo¿ y la definición de ¿delincuencia organizada¿ del marco constitucional. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
19   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Bribiesca Sahagún Fernando (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que en aras de garantizar el acceso a la información, el Estado deberá proporcionar progresivamente servicio de Internet en los espacios públicos. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
20   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 12-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer el derecho al libre acceso a información veraz, plural y oportuna; a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión; y de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha. Incluir como obligaciones para la autoridad: Garantizar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha; garantizar a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal con metas anuales y sexenales; inviolabilidad de la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio; y prohibición de establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión. Establecer que las telecomunicaciones serán servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, acceso libre y continuidad; asimismo, que la radiodifusión será servicio público de interés general, por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad, y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional. Crear como órganos constitucionales autónomos, a la Comisión Federal de Competencia Económica (CFCE) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), los cuales serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, ejercerán su presupuesto de forma autónoma, emitirán su propio estatuto orgánico y podrán emitir disposiciones administrativas de carácter general. La CFCE e IFT se integrarán por siete comisionados, incluyendo el comisionado presidente, con una duración de 9 años sin posibilidad de reelección, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado, previa evaluación de los aspirantes que realice un Comité integrado por los titulares de BANXICO, INEE e INEGI. Para ser Comisionado se requiere: ser ciudadano mexicano, mayor de 35 años, estar en pleno goce de sus derechos, título profesional en materias relacionadas y experiencia de al menos 5 años, acreditar conocimientos técnicos y no haber ocupado en los últimos cinco años, ningún empleo en empresas relacionadas. Entre las facultades de la CFCE, se establece que podrá ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia, prevenir y evitar monopolios, prácticas monopólicas o concentraciones; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos. Entre las facultades del IFT, se establece que podrá regular, promover y supervisar la radiodifusión y las telecomunicaciones; otorgar y revocar de concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones (previa opinión no vinculante del Ejecutivo Federal); sancionar a los concesionarios; ser la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que podrá regular de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia e imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada de varios medios de comunicación que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica y ordenar la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites. Se prevé la obligación del Consejo de la Judicatura Federal para establecer Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones. Las normas generales, actos u omisiones de la CFCE y del IFT podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Cuando se trate de resoluciones emanadas de un procedimiento seguido en forma de juicio sólo podrá impugnarse la que ponga fin al mismo por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento. En ningún caso se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales. Las concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones podrán ser para uso comercial, público, social y privado, serán otorgadas mediante licitación pública y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final. En ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones a instituciones y entes públicos se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas; asimismo, establecerá los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión y que las concesiones serán únicas, de forma que los concesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a través de sus redes siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones que les imponga el IFT. En el régimen transitorio, se establece que en los 180 días siguientes a la publicación del Decreto, el Congreso de la Unión deberá: Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración; regular el organismo público con autonomía técnica, que tendrá por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro; regular el derecho de réplica; establecer la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia; establecer los mecanismos que aseguren la promoción de la producción nacional independiente; y expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones. También prevé que una vez conformado el IFT se apliquen las siguientes medidas: En un plazo no mayor a 180 días naturales, expedir las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida que deberán ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional; Reglas de Must Carry y Must Offer entre concesionarios de TV abierta y restringida; Determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, y como consecuencia, someterlos a una regulación asimétrica; Desagregar la red local de los agentes preponderantes en telefonía, televisión restringida e internet; y revisar los títulos de concesión vigentes, a efecto de verificar el cumplimiento de sus términos, condiciones y modalidades. Se establece que la inversión extranjera en telecomunicaciones pase de 49 a 100%, y en radiodifusión de 0 a 49 por ciento. En materia de políticas públicas, el Ejecutivo Federal: Deberá instalar una red compartida de servicios de telecomunicaciones al mayoreo; tendrá a su cargo la política de inclusión digital universal; y ejecutar la construcción y el crecimiento de una robusta red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional, así como la comunicación vía satélite y la prestación del servicio de telégrafos. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 12-Marzo-2013
21   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)
Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios y sus compromisos de pago, ajustándose a lo establecido en la Constitución, los requerimientos de información y registro que prevén la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las leyes de las entidades; establecer que estados y municipios, incluidos sus organismos descentralizados y empresas públicas, sólo podrán contraer obligaciones o empréstitos cuando se destinen a inversiones públicas productivas, que son las destinadas a la ejecución de obras, adquisición de bienes, arrendamiento y contratación de servicios, siempre que con la operación de dichos activos se generen recursos suficientes para cubrir los financiamientos correspondientes, o se logre un beneficio directo en el desarrollo económico de los estados o municipios. Dicha facultad se ejercerá conforme a las bases que establezcan las legislaturas, en una ley que normará los empréstitos y obligaciones, así como su registro, y limitará los compromisos de pago de las entidades y municipios en proporción a la suma de sus ingresos de gestión más las participaciones federales. Fijar que en caso de que las obligaciones y empréstitos que se pretendan aprobar, sean iguales o superen el cincuenta por ciento de la suma de los ingresos de gestión y las participaciones federales del municipio, el proyecto presentado al ayuntamiento requerirá votación de las dos terceras partes de sus integrantes y de igual manera cuando la ley de ingresos correspondiente sea presentada a la legislatura estatal. Obligar a los ejecutivos de cada entidad a informar el ejercicio en materia de deuda y obligaciones de pago al rendir la Cuenta Pública y mediante informes públicos trimestrales de todas las obligaciones que afecten las finanzas públicas. Establecer que en el registro y actualización del endeudamiento no habrá limitación derivada de los secretos bancario, fiduciario y fiscal. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2013
22   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: López Zavala Javier (PRI)
Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Prever que las legislaturas de los estados aprobarán los recursos obtenidos mediante obligaciones de deuda pública que se contrate para el estado o ayuntamientos, que se destine exclusivamente a inversión pública productiva. Establecer que los recursos que deriven de empréstitos, de la emisión de valores o de cualquier modalidad o tipo de financiamiento que constituya deuda pública estatal, así como sus respectivos productos financieros, serán aplicados exclusivamente a la ejecución de los proyectos de inversión pública productiva debidamente autorizados por el Congreso del Estado. En ningún caso los recursos provenientes de la reestructuración o refinanciamiento, podrán destinarse al concepto de gasto corriente. Definir el concepto de deuda pública. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2013
23   Proyecto de decreto que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fuentes Solís Víctor Oswaldo (PAN)
Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que para la contratación de cualquier crédito que necesite el Estado y los municipios, así como sus organismos descentralizados estatales o municipales, deberá hacerse mediante licitación pública, en la adjudicación del crédito, previa acreditación de los licitantes, cada Secretaria de Finanzas del Gobierno Estatal deberá garantizar la imparcialidad y equidad en las siguientes etapas: publicación de convocatoria o bases de licitación en el periódico o Gaceta Oficial del gobierno estatal; entrega de proposiciones cerradas; evaluación de proposiciones, y adjudicación. Obligar a los gobiernos estatales y municipales que decidan contraer obligaciones de deuda, a enviar a sus congresos locales, la convocatoria y bases de la licitación para su análisis y aprobación, cada congreso local tendrá como plazo máximo de aprobación, diez días naturales una vez que haya recibido la petición; finiquitado el proceso de licitación, los licitantes deberán proporcionar la información requerida, misma que deberá ser publicada en el periódico o Gaceta Oficial del Gobierno del Estado, en un plazo no mayor a cinco días naturales una vez realizada la adjudicación. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2013
24   Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Núñez Sánchez Gloria Elizabeth (PRI) Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) y Raúl Paz Alonzo (PAN)
Fecha de presentación: 3-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Especificar que en una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre las aguas y que, en el caso de las tierras, los mismos podrán adquirirlas cuando sean para uso exclusivo de vivienda sin fines comerciales. Aprobada
con fecha 23-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 3-Abril-2013
25   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 18 de junio de 2008.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI) Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), Luis Alberto Villarreal García (PAN), y Consuelo Argüelles Loya (PAN)
Fecha de presentación: 9-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Reducir de ¿40¿ a ¿20¿ días el plazo máximo en que la autoridad judicial podrá decretar el arraigo de una persona, cuando se trate de delincuencia organizada, y de ¿80¿ a ¿40¿ días su respectiva prórroga. Facultar a los organismos de protección de los derechos humanos, federal y estatales para revisar la figura del arraigo, a solicitud de la persona sujeta a él. Facultar a la autoridad judicial, para retener al indiciado por un periodo adicional de hasta setenta y dos horas en los casos de prisión preventiva, siempre que sea necesario para ampliar los elementos probatorios que motivan la retención. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
26   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Melchor Vásquez Angélica Rocío (PRD)
Fecha de presentación: 16-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer la facultad del Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaría y de coordinación fiscal, incluyendo principios presupuestarios, de deuda pública y de transparencia para lograr un manejo sostenible de las finanzas públicas en la Federación, los Estados y Municipios, así como en el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales. Asimismo, la facultad en materia de deuda pública, de establecer las modalidades bajo las cuales los Estados, el Distrito Federal y los Municipios podrán afectar sus respectivas participaciones para cubrir los empréstitos y obligaciones que contraigan. Se establece la prohibición de los Estados y Municipios de contraer obligaciones ni empréstitos para financiar su gasto corriente. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
27   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Blanco Deaquino Silvano (PRD)
Fecha de presentación: 16-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Estado deberá procurar y garantizar la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las bases y reglas que armonicen definiciones, normas, mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, límites, procesos y criterios para contratar y pagar deuda pública, emitir bonos de deuda, así como establecer bases de coordinación y distribución de facultades entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios. Obligar al Ejecutivo Federal, las entidades federativas y Ayuntamientos, a informar anualmente al Congreso de la Unión sobre el ejercicio de los recursos respecto de la deuda pública. Facultar a la Cámara de Diputados para revisar los informes sobre el manejo y destino de la deuda pública contratada por la federación, entidades federativas y municipios, incluida la de empresas y fideicomisos con participación pública, y de organismos autónomos. Impedir al gobierno federal, entidades federativas, municipios, empresas y fideicomisos con participación pública, incluyendo los organismos autónomos, contraten deuda que exceda su capacidad de pago. Instruir al Congreso de la Unión a fin de que expida la ley que determine la manera de calcular dicha capacidad de pago. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
28   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Luna Porquillo Roxana (PRD)
Fecha de presentación: 16-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para fijar las bases que regulen las operaciones de financiamiento que constituyan deuda pública que realicen las Entidades Federativas, los Municipios y los Organismos Descentralizados de la Administración Pública Estatal y Municipal; así como el registro y control de dichas operaciones y los montos máximos de endeudamiento en que pueden incurrir. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
29   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)
Fecha de presentación: 17-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que toda persona adulta mayor tiene derecho a vivir con dignidad y en condiciones de bienestar, para tal efecto, la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2013
30   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: López Cisneros José Martín (PAN)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de deuda pública. Establecer que los ejecutivos de los estados y los presidentes municipales al entregar por escrito la Cuenta Pública a sus congresos estatales, informarán sobre la contratación, ejercicio y los beneficios sociales y económicos de las inversiones públicas productivas realizadas. Ésta información la deberán publicar en el Diario Oficial del Estado. Prever que las obligaciones o empréstitos que contraten los estados y los municipios, así como sus organismos descentralizados y empresas públicas, complementarán el gasto de capital que sus congresos les autoricen en sus respectivos Presupuestos de Egresos. Los estados y los municipios, así como sus organismos descentralizados y empresas públicas, no podrán contraer obligaciones ni empréstitos para financiar su gasto corriente. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
31   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS) Suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 30-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero. Prever como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, la de iniciar leyes en materia de responsabilidad hacendaria; la de iniciar leyes que establezcan las bases generales de endeudamiento de las entidades federativas y municipios, además de los límites y modalidades en los que éstos, podrán afectar sus participaciones para cubrir los empréstitos y obligaciones de pago; la de conocer y objetar la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los estados. Establecer que la entidad de fiscalización superior de la federación, tendrá a su cargo la fiscalización de garantías que otorgue el gobierno federal respecto a empréstitos de los estados y municipios. Responsabilizar a los servidores públicos por el mal manejo de recursos y deuda pública. Establecer que las entidades estatales de fiscalización, deberán fiscalizar las acciones de estados y municipios en materia de fondos, recursos federales y locales, y deuda pública. Establecer que las legislaturas locales deberán autorizar, mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, los montos máximos para contratar empréstitos y obligaciones, mismas que deberán liquidarse a más tardar tres meses antes del término del gobierno correspondiente. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2013
32   Proyecto de decreto que reforma el artículo 123, Apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Aumentar la restricción de edad constitucional establecida para el trabajo de menores, pasando de ¿catorce¿ a ¿quince¿ años. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
33   Proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD) A nombre propio y de la Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) y suscrita por diversos diputados integrantes del grupo parlamentario PRD
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Aumentar la edad para la jornada laboral nocturna de ¿dieciséis¿ a ¿dieciocho¿ años. Aumentar la edad mínima para trabajar de ¿catorce¿ a ¿quince¿ años. Establecer que el Estado mexicano elevará progresivamente la edad mínima de admisión al trabajo, a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
34   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o., 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Incluir el derecho de los adultos mayores a recibir una pensión en los términos que determinen las leyes que expida el Congreso de la Unión. Establecer la protección de los derechos de los adultos mayores a cargo del Estado, quien velará para que reciban servicios de salud, promoverá su integración social y participación en las actividades económicas, políticas, educativas y culturales de su comunidad. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de protección de los adultos mayores, así como en materia de seguro de desempleo. Facultar al Congreso de la Unión para expedir la ley que establezca un seguro de desempleo para los trabajadores, en la que se preverán las condiciones de financiamiento y los requisitos para acceder al mismo Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
35   Proyecto de decreto Que reforma los artículos 11 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)
Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Prever que el Estado garantizará y promoverá las acciones necesarias para que, toda persona pueda gozar del derecho a la movilidad atendiendo a los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad, sustentabilidad y equilibrio. Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Movilidad que haga efectivo el pleno ejercicio del derecho a la movilidad. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
36   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Guillén Guillén Mario Francisco (PVEM)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que desde el primer año de primaria se impartirá la educación con responsabilidad ambiental, bajo un programa que desarrolle contenidos educativos que estimule la generación de nuevos conocimientos, valores y actitudes que fomenten prácticas sustentables y saludables con el medio ambiente. Aprobada
con fecha 24-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
37   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Vega Vázquez José Humberto (PRD)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2013

Con Opinión de  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
  - Puntos Constitucionales
Incorporar el cuidado al medio ambiente a las materias que fomente la educación que imparta el Estado. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2013
38   Proyecto de decreto que reforma la base tercera, apartados A, párrafo tercero, y C, párrafo segundo del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS) Suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD
Fecha de presentación: 4-Diciembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a promover e influir en la consulta popular y en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular, salvo la emisión de mensajes para promover e influir durante el tiempo que comprendan las campañas electorales, información de las autoridades electorales relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la difusión de la consulta popular por parte del Presidente de la República. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2013
39   Proyecto de decretro que reforma los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aureoles Conejo Silvano (PRD)
Fecha de presentación: 4-Septiembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Facultar a los titulares de los ejecutivos locales para integrar gobiernos de coalición que puedan tener un respaldo mayoritario y plural en los respectivos congresos. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 4-Septiembre-2014
40   Proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS) Suscrita por los coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRD, MC y PT
Fecha de presentación: 11-Septiembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Para tales efectos se determinará una Unidad de Referencia que deberá actualizarse conforme a las reglas y procedimientos que las leyes de la materia determinen. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2014
41   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PAN (PAN) Suscrita por diputados y senadores del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Transparencia y Anticorrupción
Establecer un Sistema Nacional Anticorrupción, dotado de un Comité Coordinador, encargado de coordinar esfuerzos para implementar políticas transversales en materia de control, prevención y disuasión de la corrupción y promoción de la integridad, en los términos que establezca la ley general que al efecto expida el Congreso de la Unión, conformado por mecanismos de control interno, de control externo y de sanción. En materia de control interno, el fortalecimiento de la actual Secretaría de la Función Pública en cuanto a la prevención, corrección, auditoría, investigación y sanción; es decir, reasumiendo todas las funciones que le fueron derogadas mediante la reforma a dicha ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013. En materia de control externo, que además de la Secretaría de la Función Pública, sean dos órganos más, absolutamente independientes del Poder Ejecutivo, los responsables de auditar el uso de los recursos públicos e investigar, con las más amplias facultades, posibles actos de corrupción: la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción, para lo cual se les otorgan facultades para recibir quejas y denuncias ciudadanas. Instaurar un Consejo Nacional para la Ética Pública, que estará encargado de garantizar la adecuada implementación de las políticas y programas desarrollados por el Comité Coordinador en sus respectivos órdenes de gobierno. Instaurar un Comité de Participación Ciudadana que será el órgano ciudadano mediante el cual se canalizarán los esfuerzos de las organizaciones de la sociedad civil, en su función de coadyuvar con las autoridades en el combate a la corrupción, conformada por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Establecer que cada Entidad Federativa reproduzca el sistema en su ámbito respectivo, bajo las bases establecidas en la Constitución y en la Ley General que regule el Sistema, debiendo observar además las políticas acordadas por el Sistema Nacional Anticorrupción. Facultar al congreso para legislar en materia de corrupción y para expedir leyes que instituyan el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sustituir a los tribunales contenciosos administrativos por el tribunal federal de justicia administrativa, como órgano facultado para conocer y dirimir controversias en la materia. Actualizar el nombre de la Auditoría Superior de la Federación. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2014
42   Proyecto de decreto que reforma los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Moreno Rivera Julio César (PRD)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Sustituir el concepto de ¿salario mínimo¿ por el ¿Unidad de Cuenta¿. Sustituir el salario mínimo indicado como factor de determinación de financiamiento de los partidos políticos, por la Unidad de Cuenta. Obligar al Congreso de la Unión, a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a homologar la legislación, en un plazo máximo de 1 año a partir de la entrada en vigor de la reforma, a efecto de desvincular el salario mínimo en aquellas leyes que lo establecen como unidad. Fijar el valor de la Unidad de Cuenta, que será equivalente a 67 pesos con 29 centavos. Mandatar a las instituciones que otorguen créditos a la vivienda, sustituyan su actualización por el de Unidad de Cuenta. Exceptuar a los contratos y convenios privados que establezcan la figura del salario mínimo como unidad de cuenta para cualquier efecto, salvo acuerdo en contrario entre las partes. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2014
43   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación: 19-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Crear una institución con funciones de prevención, investigación y sanción de los actos que puedan configurar responsabilidad administrativa o actos de corrupción. Generar un mecanismo para que este organismo autónomo se siga auxiliando de las contralorías internas y órganos internos de control, y establecer que estos ya no dependan institucional, económica, o laboralmente del ente al que controlan y auditan. Otorgar a este organismo autónomo la facultad de prevención de los actos de en el seno del sistema nacional de combate a la corrupción. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014
44   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación: 19-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Crear una institución con funciones de prevención, investigación y sanción de los actos que puedan configurar responsabilidad administrativa o actos de corrupción. Generar un mecanismo para que este organismo autónomo se siga auxiliando de las contralorías internas y órganos internos de control, y establecer que estos ya no dependan institucional, económica, o laboralmente del ente al que controlan y auditan. Otorgar a este organismo autónomo la facultad de prevención de los actos de en el seno del sistema nacional de combate a la corrupción. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2014
45   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD) Suscrita por los diputados José Luis Muñoz Soria, Agustín Miguel Alonso Raya y José Ángel Ávila Pérez (PRD)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Establecer mecanismos de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas. Crear el Sistema Nacional de Fiscalización, a cargo de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación. Crear el Sistema Nacional Anticorrupción, integrado por el Sistema Nacional y sistemas estatales. Facultar al Congreso de la Unión para regular el Sistema Nacional de Fiscalización y el Sistema Nacional Anticorrupción. Modificar el Titulo Cuarto de la Constitución ¿De las Responsabilidades de los Servidores Públicos y Patrimonial del Estado¿ por ¿De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares y Patrimonial del Estado; y actos de corrupción¿. Crear el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el objeto de dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal y los particulares. Instituir tribunales de Justicia Administrativa en las entidades federativas, con el objeto de dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública local y municipal y los particulares. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2014
46   Proyecto de decreto por el que se reforma el inciso a) de la Base II del artículo 41 y adicionan los párrafos sexto y séptimo al apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 5-Diciembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Prever la creación de la nueva unidad de cuenta denominada Unidad de Medida y Actualización (o UMA), que permitirá la desvinculación del salario mínimo como unidad de cuenta, base, medida o referencia económica que actualmente utilizan las leyes federales, estatales, del Distrito Federal, así como las disposiciones jurídicas que emanan de todas las anteriores. Otorgar al INEGI, la facultad de establecer el valor de dicha unidad, aplicando el procedimiento previsto en el régimen transitorio, el cual toma como base la inflación, a través del INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor). Establecer que las obligaciones y supuestos previstos en los distintos ordenamientos jurídicos que se denominen en Unidades de Medida y Actualización (o UMAS), se solventarán entregando su equivalente en moneda nacional. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014
47   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI) Suscrita por diputados y senadores de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 22-Diciembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Incorporar el principio de estabilidad de las finanzas públicas y su consideración en el sistema de planeación democrática del desarrollo. Desagregar en cuatro incisos distintos los contenidos relativos al financiamiento del gobierno de la República, el financiamiento del Distrito Federal, los financiamientos de los estados y de los municipios, y el conocimiento por parte del Congreso de la Unión, a través de una comisión bicamaral de situaciones relacionadas con la intención de contratar empréstitos con la garantía federal, por parte de estados que tengan un endeudamiento elevado. Establecer el concepto de ¿mejores condiciones del mercado¿ para llevar a cabo operaciones de financiamiento público. Facultar al Poder Legislativo federal para expedir la Ley General relativa a las Normas de Endeudamiento de los estados, los municipios y el Distrito Federal. Fortalecer la previsión constitucional sobre las actividades de fiscalización de la contratación y aplicación de recursos provenientes de financiamiento público en los ámbitos federal y de los estados y municipios, que corresponde a las entidades de fiscalización superior de la federación y de los estados. Aprobada
con fecha 5-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 22-Diciembre-2014
48   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD) Suscrita por los diputados Agustín Miguel Alonso Raya y Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)
Fecha de presentación: 12-Febrero-2015

  - Puntos Constitucionales
Crear un Sistema Nacional Anticorrupción y de Fiscalización, que sea encabezado por la Auditoría Superior de la Federación, que sea el eje articulador de un sistema tanto de fiscalización como del combate a la corrupción. Fortalecer las facultades de los entes de fiscalización locales, con mecanismos claros de fiscalización y con una clara coordinación y vinculación con la Auditoría Superior de la Federación, a la que deberán informar del uso y destino de sus recursos. Crear un servicio civil de carrera nacional con auditores profesionales. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de corrupción con mayor fuerza y contundencia y que para ello pueda expedir la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Prever que los delitos cometidos por servidores públicos, sobre todo los que tengan que ver con actos de corrupción, y con malversación de fondos que deriven en enriquecimiento ilícito o inexplicable, sean duramente castigados y que estos delitos no prescriban en un lapso de 10 a 15 años. Prever que las organizaciones de la sociedad civil puedan coadyuvar con los órganos responsables del control y sanción en materia de corrupción y fiscalización en las resoluciones de las autoridades así como en acciones de prevención de dichas conductas en la forma y términos que se establezca en la ley. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 12-Febrero-2015