INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 9° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Suscribe: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Exportación.
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que no se pagará el impuesto en la enajenación de los bienes efectuada por un residente en el extranjero a una persona moral residente en territorio nacional, para su importación definitiva, cuando la entrega material o envío del bien enajenado al adquirente se realice por una persona moral residente en territorio nacional que cuente con un programa autorizado conforme al decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación o por empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, o por empresas en un régimen similar en los términos de la Ley Aduanera, cuando los bienes enajenados sean resultado de su proceso de elaboración, transformación o reparación y su transferencia se realice mediante pedimentos que amparen operaciones virtuales de acuerdo a las disposiciones previstas en la Ley Aduanera o que establezca mediante reglas el Servicio de Administración Tributaria y mediante la cual se pague el impuesto al valor agregado aplicable a la importación definitiva en los términos de esta ley. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Suscribe: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN)
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Adicionar el Capítulo VIII, denominado de los estímulos fiscales para operaciones de maquila, tal operación comprendida en el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación; dicho capítulo tiene como finalidad otorgar un estímulo fiscal a las empresas que lleven a cabo operaciones de maquila en los términos que señala la Ley del Impuesto sobre la Renta. Exceptuar del estimulo fiscal, el impuesto empresarial a tasa única que se determine por las actividades distintas a las operaciones de manufactura o maquila. Establecer los supuestos, requisitos, mecánica, restricciones y forma en que procederán los estímulos en cuestión, el método para calcular la utilidad fiscal, la acreditación del pago provisional del impuesto empresarial a tasa única, la parte proporcional del impuesto sobre la renta que deba acreditar el contribuyente. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
3   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 141 Bis al Código Penal Federal.


Suscribe: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Justicia
Agregar el tipo penal consistente en realizar actos contra las personas, las cosas, servicios públicos o privados, que perturben la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, utilizando sustancias tóxicas, inflamables, explosivas; imponiendo de 5 a 7 años de prisión, sin derecho a libertad provisional bajo caución y sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten; incrementar en dos terceras partes la pena cuando dicha conducta se realice utilizando elementos que impidan total o parcialmente la identificación de las características fisonómicas del sujeto activo. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley relativa al Sistema Nacional de Evaluación de los Servidores Públicos de Elección Popular aplicable en los tres órdenes de gobierno, así como la participación del sector social y privado en dicha evaluación. Prever que el presidente de la República, los gobernadores de las entidades federativas, jefe de gobierno del Distrito Federal, senadores de la República, los diputados federales, los diputados a las legislaturas locales integrantes de los ayuntamientos, y autoridades delegacionales del Distrito Federal, serán considerados como servidores públicos de elección popular para efectos de las responsabilidades administrativas. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Adherente: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar de ¿$0.35¿ a ¿$0.90¿ la cuota por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
6   Proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal.


Adherente: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

Unidas  - Distrito Federal
- Derechos Humanos
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, estableciendo las bases para el buen uso de los bienes de dominio público y asegurando el pleno respeto de los derechos y las libertades de terceros. Establecer como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del DF sobre las manifestaciones que realizarán, con el propósito de que la autoridad trace rutas alternas, elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia y preste servicios básicos a los participantes. Prever que la autoridad competente podrá impedir la celebración de manifestaciones atendiendo a factores de riesgo medioambientales y de protección civil, así como cambiar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público. Prohibir el bloqueo de vías primarias y el desarrollo de manifestaciones en vialidades de un solo carril. Establecer los horarios para la realización de las manifestaciones. Determinar que los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán capacitación sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas. Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública del DF para disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público. Imponer sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por la ley, como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del DF o de los particulares. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 62, 63 y 70 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Adherente: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN)
Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Transportes
Los concesionarios a que se refiere esta ley están obligados a proteger a los usuarios en los caminos y puentes por los daños que puedan sufrir con motivo de su uso. Asimismo, los permisionarios de autotransporte de pasajeros y turismo serán responsables de la seguridad de los viajeros y su equipaje por los daños que sufran con motivo de la prestación del servicio, para ello estarán obligados a tomar medidas de seguridad y preventivas para asegurar dicho fin. Desechada
con fecha 11-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 26-Noviembre-2013