INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 17, y 18 de la Ley Agraria.


Adherente: Del Bosque Márquez Juan Isidro (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Reforma Agraria
Establecer la igualdad de condiciones de hombres y las mujeres en calidad de titulares de derechos ejidales. Señalar que al sucesor o sucesores que reciban los derechos del ejidatario fallecido, corresponderá la obligación de proporcionar educación y alimentos a los hijos e hijas menores de 18 años no emancipados, hasta en tanto no cumplan la mayoría de edad, así como a los impedidos para trabajar por alguna discapacidad total, al padre o a la madre que dependan económicamente del fallecido y a la cónyuge, concubina o concubinario hasta no contraer nuevo matrimonio o concubinato Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 34 Bis 2 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Del Bosque Márquez Juan Isidro (PRI) A nombre propio y del Dip. Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer que la convocatoria para la designación de los titulares de las Contralorías Internas de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá contener, al menos: el proceso de designación para el que se convoca, los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos; las reglas y los plazos para consultar, según el caso, a la ciudadanía o a las instituciones públicas de educación superior; el órgano o la comisión que se encargará de la integración de los expedientes, revisión de documentos, entrevistas, procesos de evaluación y formulación del dictamen que contenga los candidatos aptos para ser votados por la Cámara; convocar a las instituciones públicas de educación superior, para que realicen sus propuestas; los criterios específicos con que se evaluará a los aspirantes y procurará la inclusión paritaria de hombres y mujeres. Señalar que la elección se hará por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara y podrá realizarse por cédula o utilizando el sistema de votación electrónica. Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Adherente: Del Bosque Márquez Juan Isidro (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

Unidas  - Comunicaciones
- Gobernación
Agregar a las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones, de aquellas relacionadas con el acceso seguro a internet por parte de niñas, niños y adolescentes, en establecimientos públicos; así como vigilar en coordinación con las autoridades de los estados, del Distrito Federal, de los municipios y de los órganos político-administrativos, el cumplimiento de las leyes y normas oficiales mexicanas en esta materia, y en su caso imponer las sanciones correspondientes. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
4   Proyecto de decreto que expide la Ley General que Crea el Sistema Nacional de Registro de Menores Desaparecidos y Sustraídos.


Adherente: Del Bosque Márquez Juan Isidro (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

Unidas  - Justicia
- Derechos de la Niñez
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de instaurar el Sistema Nacional de Registro Menores Desaparecidos, disponible para la Procuraduría General de la República, así como las Procuradurías Generales de Justicia así como del Menor y la Familia de las Entidades Federativas, a efecto de facilitar el reconocimiento de menores y las investigaciones relacionadas en los casos de desaparición y sustracción de menores. Establecer que el Sistema será administrado por la Procuraduría General de la República permitiendo en todo momento que las Procuradurías de las Entidades Federativas y las Secretarias tengan a su disposición acceso al Sistema para la identificación de los menores desparecidos. Prever que la información disponible en el Sistema únicamente tendrá los usos de identificación y localización de los menores desaparecidos. Establecer las sanciones para los funcionarios que hagan uso indebido de los datos de los menores. Prever que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 considerará partidas suficientes para la creación del Sistema Nacional de Registro de Menores Desparecidos. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.


Proponente: Del Bosque Márquez Juan Isidro (PRI)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que en coordinación con las entidades federativas establezca los lineamientos del registro de operaciones, para el caso de fallecimiento del titular, donde la institución de crédito deberá entregar el importe a quienes el titular hubiese designado expresamente y por escrito como beneficiarios; el cual, contendrá el nombre de la institución de crédito, tipo de operación bancaria y beneficiario, con el objetivo de que los registros civiles al expedir las actas de defunción incluyan los nombres de los beneficiarios de las operaciones, así como la institución de crédito donde será entregado el importe. Fijar multa de 5 mil a 20 mil días de salario a las instituciones de crédito que incumplan con lo dicho. Mandatar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores informe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el funcionamiento del registro, así como de los nombres de los beneficiarios que han acudido a la entrega del importe de las operaciones; establecer multa de 500 a 2000 días de salario en caso de incumplimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013