INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Suscribe: Cabañas Aparicio María Elia (PRI) A nombre del Dip. Fernando Jorge Castro Trenti (PRI)
Fecha de presentación: 13-Septiembre-2012

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer una cuota impositiva de 1.60 pesos por litro de venta, a la cerveza producida por empresas que tengan un nivel de producción anual de hasta 200 mil hectolitros, o cerveza que sea considerada como artesanal de conformidad con los lineamientos que al efecto establezca la Secretaría de Economía, sin importar la graduación alcohólica del producto. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Suscribe: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2012

  - Hacienda y Crédito Público
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2012
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Suscribe: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)
Fecha de presentación: 25-Septiembre-2012

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que no se considerará que un residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, derivado de las relaciones de carácter jurídico o económico que mantengan con empresas que lleven a cabo operaciones de maquila o que operen con programa de albergue autorizado por la Secretaría de Economía, utilizando activos proporcionados, directa o indirectamente, por el residente en el extranjero o cualquier empresa relacionada, siempre que México haya celebrado, con el país de residencia del residente en el extranjero, un tratado para evitar la doble imposición y se cumplan los requisitos del tratado. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 25-Septiembre-2012
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Ley General de Salud.


Adherente: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012

  - Salud
Incluir a la salud sexual y reproductiva, en particular, la prevención, detección oportuna y atención de cáncer de mama y cervicouterino como materia de salubridad general. Desechada
con fecha 7-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Suscribe: Cabañas Aparicio María Elia (PRI) A nombre propio y por diputados del Partido Revolucionario Institucional.
Fecha de presentación: 11-Octubre-2012

Unidas  - Economía
Con Opinión de  - Competitividad
Cambiar el cuadro de estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas incluyendo el rango de monto de ventas anuales y el tope máximo combinado. Establecer que el tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales en millones de pesos) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Obligar a la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, pequeña y mediana empresa, presidida por la Secretaría, a emitir las recomendaciones y proponer las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento del criterio establecido en el cuadro así como las obligaciones de las dependencias y entidades en la materia. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 36 y adiciona un artículo 46 Ter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


Adherente: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Igualdad de Género
Incorporar al titular de la Secretaría de la Reforma Agraria en la conformación del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. Se establecen atribuciones de la Secretaría de la Reforma Agraria para coordinar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres y de hombres en materia agraria; delinear la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en las comunidades agrarias y ejidos, incluyendo a las de origen étnico; fomentar la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres que habitan en zonas rurales, incluyendo a las de origen étnico; establecer, utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados al mejoramiento del Sistema y del Programa, entre otras Aprobada
con fecha 12-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012
7   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, y del Código Fiscal de la Federación.


Adherente: Cabañas Aparicio María Elia (PRI) A nombre propio y de los diputados Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez y Flor Ayala Robles Linares del Partido Revolucionario Institucional
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

Unidas  - Energía
- Hacienda y Crédito Público
Eliminar la atribución de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, de acordar las propuestas de ajuste a las tarifas, que deberán formularse de acuerdo con el estado patrimonial y financiero del Organismo, y de aprobar, en su caso, la propuesta de reestructuración tarifaria. Establecer que la venta y las tarifas por consumo de energía eléctrica se regirán por lo establecido en la Ley Federal de Derechos; y que la Comisión Reguladora de Energía definirá el ajuste o reestructuración de las tarifas eléctricas, en el que buscará cubrir las necesidades sociales de la población y el fomento a la competitividad. Definir que las tarifas eléctricas deberán ser justas y asequibles a la población mexicana, y que las tarifas domésticas se podrán incrementar sin exceder el porcentaje de incremento al salario mínimo de la zona geográfica de que se trate; además de que se podrán fijar tarifas especiales de bajo costo en las entidades donde se genere energía hidroeléctrica o que sufran las consecuencias y afectaciones por su generación. Modificar la forma en que se designan y eligen a los comisionados de la Comisión Reguladora de Energía, a efecto de que éstos sean ratificados por las dos terceras partes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, a propuesta del Ejecutivo Federal tomando en consideración la propuesta de los institutos o facultades de las universidades e instituciones públicas de educación superior, federales o locales, y no a través de la designación del Titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario de Energía. Se establecen derechos para los usuarios del servicio público de energía eléctrica. Desechada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012
8   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Adherente: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

  - Hacienda y Crédito Público
Adicionar un capítulo IX denominado ¿De lo patrones que empleen a personas de 40 Años o más de Edad¿ ; al título VII ¿Estímulos fiscales al Título para otorgar a los contribuyentes, que empleen a personas que tengan 40 años o más el estímulo de poder deducir de los ingresos acumulables, para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, consistente en un monto adicional equivalente al 25 por ciento del salario efectivamente pagado a las personas señaladas a cuyo efecto se debe considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate; siempre que el contribuyente cumpla, con estos trabajadores las obligaciones del artículo 15 de la Ley del Seguro Social y las de retención y entero. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012
9   Proyecto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Adherente: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

  - Atención a Grupos Vulnerables
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Considerar como objetivo de la Política Nacional sobre personas adultas mayores, garantizar un apoyo directo para toda persona de setenta años de edad o más. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social para diseñar, formular e instaurar mecanismos para la operación, administración y ejecución de los recursos del apoyo directo para los Adultos Mayores; y a promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración con dependencias del Ejecutivo federal, entidades federativas, Distrito Federal, municipios, organizaciones civiles y privadas con el propósito de asegurar la equidad y eficacia en la instauración del apoyo directo para los Adultos Mayores. Incluir un Título Séptimo, denominado ¿Del Apoyo Directo para los Adultos Mayores¿, con el objeto de establecer el monto y periodicidad del apoyo directo; los criterios de elegibilidad; el padrón de beneficiarios; los derechos y las obligaciones de los beneficiarios; los recursos financieros y el gasto; y la transparencia y evaluación del apoyo directo. Desechada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012