INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Maldonado Salgado José Valentín (PRD) Suscrita por Diversos diputados integrantes del grupo parlamentario PRD
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Prever que las normas del trabajo tutelarán el interés superior de las niñas y los niños. Establecer las bases para la prestación de trabajo de las niñas y los niños menores de dieciocho años dentro de la República Mexicana. Derogar las disposiciones por las cuales no se considerará trabajo las actividades que bajo la supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, realicen los menores de catorce años relacionadas con la creación artística, el desarrollo científico, deportivo o de talento, la ejecución musical o la interpretación artística en cualquiera de sus manifestaciones. Prever las sanciones a los patrones que infrinjan lo relativo a la prestación de trabajo de los menores. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
2   Proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda "Huelgas de Cananea y Río Blanco".


Suscribe: Maldonado Salgado José Valentín (PRD)
Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda "Huelgas de Cananea y Río Blanco". Desechada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
3   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear una nueva autoridad electoral, así como condiciones más equitativas en las elecciones y para el fortalecimiento de los principios democráticos.


Suscribe: Maldonado Salgado José Valentín (PRD) A nombre propio y de los diputados Fernando Belaunzarán Méndez, Alfa González Magallanes, Rodrigo González Barrios, Carlos Reyes Gámiz, Fernando Cuéllar Reyes y Valentín Maldonado Salgado (PRD)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Gobernación
Establecer que los partidos políticos locales podrán participar en las elecciones estatales y municipales de la entidad en la que hubieran obtenido el registro y en su caso, formar coaliciones con los partidos políticos nacionales según lo determine la ley. Crear el Sistema Nacional Electoral, dotado de autonomía de gestión y presupuestaria, integrada por el Instituto Nacional Electoral y de Participación Ciudadana, un Consejo Regional por cada Circunscripción y el Servicio Profesional Electoral Nacional. Crear una Procuraduría Electoral de la Nación como organismo público autónomo en sus decisiones, presupuesto, personalidad jurídica y patrimonio propio, encargada de la investigación y persecución de los delitos electorales, cuyo titular será elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados o en sus recesos, por la Comisión Permanente. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia del sistema nacional electoral, las bases para la integración de su servicio profesional de carrera, y para legislar sobre democracia participativa. Pendiente


Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Maldonado Salgado José Valentín (PRD)
Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Distrito Federal
Establecer que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Asamblea, que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación total emitida en el Distrito Federal. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Asamblea, superior a la suma del porcentaje de su votación total emitida más el ocho por ciento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013