INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 32, 33 y 41 de la Ley General de Educación.


Proponente: Garfias Gutiérrez Lucila (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Fomentar la inclusión educativa de las personas con discapacidad en los niveles medio superior y superior, combatiendo con ello la discriminación y fomentando la igualdad de oportunidades para el acceso y permanencia en los servicios educativos. Desechada
con fecha 17-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2014
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Garfias Gutiérrez Lucila (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Aumentar en todo lo que se refiera al trabajo para menores, el rango de edad de ¿catorce¿ por ¿quince¿ años. Desechada
con fecha 10-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2014
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 23, 24, 25 y 36 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Garfias Gutiérrez Lucila (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Igualdad de Género
Incorporar a la Secretaría de Gobernación como obligada a realizar acciones en caso de decretarse la alerta de género. Incluir a las autoridades estatales y municipales correspondientes en caso de alerta de género. Establecer que los reportes especiales sobre la zona y el comportamiento de los indicadores de la violencia contra las mujeres que elabore la Secretaría de Gobernación deben ser dados a conocer al público en general. Señalar que corresponde al gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación, declarar la alerta de violencia de género, de oficio o a petición de los organismos y entidades a que hace referencia la fracción III del artículo 24, cuando se actualicen las hipótesis previstas en dicho precepto y establecer el procedimiento para esta declaración. Incluir en el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres a ¿al menos¿, tres Organizaciones de la Sociedad Civil constituidas en defensa de los derechos de las mujeres y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2014
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Proponente: Garfias Gutiérrez Lucila (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Salud
Establecer como materia de salubridad general la atención médica oportuna, de calidad y especializada, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables. Señalar que se consideran servicios básicos de salud los referentes a la atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias con motivo de enfermedades, afecciones y accidentes ocurridos en el hogar, espacios públicos, centros escolares y en las áreas de trabajo, y que tratándose de menores de edad víctimas de accidentes con padecimientos por lesiones de quemaduras y corrosiones en múltiples regiones del cuerpo en primer, segundo y tercer grado, entre otros, la atención se brindará de forma inmediata y especializada. Obligar a los establecimientos públicos de salud y las instituciones públicas de seguridad social a nivel federal y estatal, a contar con áreas o unidades especializadas para brindar atención médica urgente por lesiones y afecciones ocasionadas por quemaduras y corrosiones, con médicos multidisciplinarios especializados y bajo las normas y conforme a los lineamientos, manuales y protocolos que para tales efectos expida la Secretaría de Salud. Desechada
con fecha 3-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2015
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 149 Ter del Código Penal Federal, y 9o. y 20 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación.


Proponente: Garfias Gutiérrez Lucila (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

Unidas  - Justicia
- Derechos Humanos
En el Código Penal Federal: Establecer como delito el incentivar, aplicar, generar o promover actos u omisiones a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en los centros educativos públicos y privados del país; que reproduzcan los docentes, personal administrativo, colaboradores dentro de las instituciones de educación, y padres de familia; así como el establecer contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen papeles contrarios a la igualdad o que difundan una condición de subordinación; y que afecten o dañen la integridad física, moral y social, de aquellos a quienes van dirigidos; conductas a las que se establece una sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa aumentados en una tercera parte en los dos últimos conceptos.

En la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación: Asentar que el incentivar, aplicar, generar o promover actos u omisiones a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en los centros educativos públicos y privados del país; que reproduzcan los docentes, personal administrativo, colaboradores dentro de las instituciones de educación, y padres de familia; así como el establecer contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen papeles contrarios a la igualdad o que difundan una condición de subordinación; y que afecten o dañen la integridad física, moral y social, de aquellos a quienes van dirigidos; será considerado delito. Establecer como atribución del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el proponer a las instituciones del sistema educativo nacional, lineamientos y criterios para el diseño, elaboración o aplicación de contenidos, materiales pedagógicos y procesos de formación en materia de igualdad y no discriminación y celebrar convenios para llevar a cabo procesos de formación que fortalezcan la multiplicación y profesionalización de recursos en la materia; vigilando el cumplimiento de los mismos, y que eliminen la discriminación escolar; así como efectuar, fomentar, coordinar y difundir estudios e investigaciones sobre el derecho a la no discriminación y estadísticas nacionales relacionadas con las diferentes prácticas discriminatorias que existen en el país.
Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014