INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Orozco Gómez Javier (PVEM)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

  - Juventud
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer el orden público, interés social y observancia general de esta ley en toda la república en materia de juventud. Dotar al Imjuve de autonomía técnica y de gestión. Constituír : la junta de gobierno; la dirección general; el consejo técnico de la política nacional en materia de juventud; el consejo ciudadano de seguimiento de políticas públicas en materia de juventud; la contraloría interna; y las estructuras administrativas que se establezcan en el estatuto orgánico, como órganos de administración del Imjuve.Establecer que la política nacional de juventud será evaluada anualmente por el Ejecutivo federal y éste remitirá un informe detallado al Congreso de la Unión. Asentar que la política nacional de juventud se evaluará y podrá ser cuestionada y enriquecida por el Poder Legislativo. Señalar la transversalidad de la política del gobierno federal en materia de juventud. Señalar que el instituto, en coordinación con las entidades y dependencias de la administración pública federal, conforme a su suficiencia presupuestal, instrumentará un fondo de financiamiento para proyectos juveniles, el cual será operado por éste, con la participación de organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles e instituciones de asistencia privada. Prescribir que se formulará un proyecto de presupuesto consolidado en materia de políticas públicas de juventud. Obligar al Imjuve a elaborará, un programa de empleo para jóvenes, que comprenda tanto la incorporación laboral como el autoempleo con la participación de los sectores social y privado. Acrecentar el patrimonio del Imjuve, con la participación de los fondos nacionales o extranjeros obtenidos para el financiamiento de programas específicos. Promover la creación de fondos o fideicomisos públicos o privados, con el objeto de incentivar la creación de micros y pequeños negocios para la juventud nacional. Fomentar el acceso al financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas que estén constituidas principalmente por jóvenes; así como el impulso a la construcción de incubadoras Desechada
con fecha 25-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal.


Adherente: Orozco Gómez Javier (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

Unidas  - Distrito Federal
- Derechos Humanos
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, estableciendo las bases para el buen uso de los bienes de dominio público y asegurando el pleno respeto de los derechos y las libertades de terceros. Establecer como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del DF sobre las manifestaciones que realizarán, con el propósito de que la autoridad trace rutas alternas, elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia y preste servicios básicos a los participantes. Prever que la autoridad competente podrá impedir la celebración de manifestaciones atendiendo a factores de riesgo medioambientales y de protección civil, así como cambiar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público. Prohibir el bloqueo de vías primarias y el desarrollo de manifestaciones en vialidades de un solo carril. Establecer los horarios para la realización de las manifestaciones. Determinar que los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán capacitación sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas. Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública del DF para disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público. Imponer sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por la ley, como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del DF o de los particulares. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 61 y 71 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Articulo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Orozco Gómez Javier (PVEM)
Fecha de presentación: 10-Octubre-2013

  - Justicia
Incorporar a los requisitos la demanda por la que se ejercita la acción de inconstitucionalidad, el señalamiento de los preceptos constitucionales que se estimen violados, y en su caso, los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte que se estimen vulnerados. Señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá fundar su declaración de invalidez en la violación de los derechos humanos consagrados en cualquier tratado internacional del que México sea parte, haya o no sido invocado en el escrito inicial. Aprobada
con fecha 12-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
4   Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 Constitucional en materia de Estado de Excepción y Suspensión del Ejercicio de los Derechos y las Garantías; y reforma el artículo 5° de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Orozco Gómez Javier (PVEM)
Fecha de presentación: 15-Octubre-2013

Unidas  - Derechos Humanos
- Justicia
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer los casos en los cuales procederá la declaración del estado de excepción, ante la existencia de situaciones excepcionales que pongan en grave peligro o conflicto a la sociedad e hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante las facultades ordinarias de las autoridades competentes. Regular la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a las situaciones excepcionales que pongan a la sociedad en grave peligro o conflicto; regular la concesión de autorizaciones necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación; así como regular el restablecimiento de un estado de normalidad, en que se pueda asegurar de nuevo el pleno respeto del ejercicio de los derechos y las garantías.
En la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: Incorporar el caso de la suspensión de garantías a las causales por las que el Congreso se reunirá en sesión conjunta de las Cámaras.
Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2013