INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo


Suscribe: Ortíz Ahlf Loretta (PT) A nombre propio y del Dip. Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)
Fecha de presentación: 11-Septiembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer que la ley regulará las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123 de la Constitución. Incorporar los principios de la Organización Internacional del Trabajo sobre el ¿trabajo decente¿. Ampliar las atribuciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en materia de libertad sindical y contratación colectiva. Prohibir la discriminación de las mujeres. Ampliar las facultades de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Incluir como causal de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador, el hostigamiento sexual. Obligar a los patrones a destinar 5% de las plazas a personas con discapacidad. Responsabilizar al patrón cuando una relación jurídica o contrato sea objeto de simulación. Denunciar por parte del trabajador ante la Inspección Federal del Trabajo cuando sea obligado a firmar documentos en blanco. Reducir de 48 a 40 horas la jornada de trabajo semanal con pago de 56 horas. Incrementar el pago de la prima dominical de 25 a 50% y el aguinaldo de 15 a 30 días de salario. Crear el Instituto Nacional de Salarios Mínimos, en lugar de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. Crear en las empresas comisiones mixtas de Productividad y Capacitación. Explicitar el rubro de reparto de utilidades. Ampliar los derechos y precisar las obligaciones de los trabajadores y de los patrones. Modificar el título quinto de la ley, denominado "Trabajo de las mujeres" por el de "Reproducción y Responsabilidades Familiares". Precisar las responsabilidades de los patrones cuando tengan a su servicio menores de 16 años. Modificar diversas disposiciones sobre los trabajadores de confianza. Regular lo relativo a los trabajadores de los buques, rurales, actores, músicos, trabajo doméstico, trabajo en las universidades e instituciones de educación superior autónomas, trabajadores de las tripulaciones aeronáuticas y trabajadores ferrocarrileros, trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión, sobre el Servicio Civil de Carrera, trabajadores bancarios. Explicitar el procedimiento de huelga. Actualizar el título denominado ¿Riesgos de Trabajo¿ (tablas de enfermedades del trabajo y de valuación de incapacidades permanentes, nuevas enfermedades a que están expuestos los trabajadores, entre otras). Sustituir a las ¿juntas de Conciliación y Arbitraje¿, tanto federales como locales por ¿Jueces Laborales¿, federales y locales, dependientes del Poder Judicial. Incrementar las sanciones económicas. Reformar la Ley del Seguro Social, en cuanto al incremento del subsidio de dinero durante el embarazo y el puerperio y en caso de parto prematuro o múltiple. Establecer que el asegurado podrá disfrutar de una licencia por paternidad. Incluir el femenino de hijos (hijas),

trabajador (trabajadora). En los artículos transitorios propone: Abrogar la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado B del Artículo 123 Constitucional, la Ley reglamentaria de la fracción XIII bis del apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes, Estatutos y Reglamentos expedidos por los Congresos Locales de los Estados de la Unión, promulgados y publicados con base en lo dispuesto por los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Ortíz Ahlf Loretta (PT) A nombre propio y del Dip. Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)
Fecha de presentación: 11-Septiembre-2012

Unidas  - Seguridad Social
- Trabajo y Previsión Social
Crear el seguro de desempleo como parte del régimen obligatorio del Seguro Social, con el objeto de cubrir el riesgo de la cesación involuntaria del trabajador menor de sesenta años, y facilitar su reinserción al empleo remunerado, preferentemente en el marco del régimen obligatorio. Para acceder a las prestaciones de este seguro se requiere que el trabajador haya acreditado ciento cincuenta cotizaciones semanales o cincuenta y dos cotizaciones en el lapso de los últimos 3 años. Establecer las prestaciones que el IMSS está obligado a otorgar al trabajador por la cesación involuntaria del empleo. Prever que el derecho al goce del subsidio comenzará a partir del día hábil siguiente posterior a la baja y podrá otorgarse hasta por 6 meses. Facultar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para proponer la celebración de convenios en materia de empleo, como con el IMSS, ayuntamientos y demarcaciones territoriales, organizaciones de trabajadores, cámaras empresariales y cualquier organismo que coadyuve a la promoción del empleo estable y suficientemente remunerado. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2012
3   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Ortíz Ahlf Loretta (PT) A nombre del Dip. Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)
Fecha de presentación: 11-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Estipular que tanto los trabajadores como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, la cual no podrá ser obligatoria. Consagrar el derecho a la contratación colectiva. Crear el Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, como organismo público y descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, facultado para operar nacionalmente el registro de sindicatos y contratos colectivos y competente para decidir en los conflictos de titularidad de los contratos colectivos, organismo que se regiría bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, profesionalismo, imparcialidad, objetividad y publicidad en el desempeño de sus funciones. Su titular será nombrado por el Ejecutivo Federal con la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros presentes la Cámara de Diputados. Establecer que la huelga no podrá afectarse por medida administrativa alguna. Crear un servicio civil de carrera que estimule la permanencia y compromiso institucional y genere mecanismos transparentes de ingreso, promoción y ascenso. Facultar a la Cámara de Diputados para fijar los montos de los salarios mínimos, con el apoyo de un organismo autónomo, descentralizado del Estado, denominado Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades. Desaparecer los criterios de área geográfica para la aplicación de los salarios mínimos. Establecer que en el contrato colectivo de trabajo podrán pactarse otras modalidades, a condición de que la duración máxima de la jornada semanal sea de 40 horas. Incorporar el derecho a vacaciones. Sustituir las juntas de Conciliación y Arbitraje por jueces laborales dependientes del Poder Judicial Federal o local, según su competencia. Precisar que no podrán establecerse distinciones, exclusiones, preferencias o restricciones basadas en: sexo, género, edad, credo religioso, doctrina política, condición social, condición física, preferencia sexual, estado civil, etnia, discapacidad y condiciones de salud, que tengan por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo o la ocupación, la formación profesional, las condiciones y la admisión al trabajo. Derogar las distinciones entre obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y los trabajadores de los Poderes de la Unión y el Gobierno del Distrito Federal y facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y del empleo del hogar; así como entre las personas trabajadoras y empleadas al servicio de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas, además de los poderes de la Unión; y, de manera general, todo contrato y relación de trabajo. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2012
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 302 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 30-Octubre-2012

  - Gobernación
Eliminar la disposición que estipula la destrucción de la documentación electoral relativa al expediente de cada casilla con la información relativa al escrutinio y cómputo de cada una de las elecciones. Establecer que concluido el proceso electoral, la documentación señalada quedará a disposición de lo que determine el Consejo General del Instituto con el fin de resguardarla durante los 12 años siguientes, siempre y cuando no se encuentre pendiente de resolución ningún tipo de procedimiento contencioso que la involucre. Dicha documentación estará disponible para cualquier consulta de transparencia y acceso a la información pública y no podrá ser reservada bajo ninguna circunstancia. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2012
5   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Ortíz Ahlf Loretta (PT) A nombre propio y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios
Fecha de presentación: 31-Octubre-2012

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Distrito Federal
Sustituir en la Constitución los términos ¿Distrito Federal¿ por ¿Ciudad de México¿; ¿estado¿ por ¿Entidad Federativa¿; ¿delegaciones¿ por ¿demarcaciones territoriales¿; y ¿Gobernador¿ por ¿titular del Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa¿. Otorgar a la Ciudad de México la facultad de tener su Constitución, además de considerar la autonomía en su régimen interior, que su gobierno esté a cargo de tres Poderes de carácter local que ejercerán las funciones Ejecutiva, Legislativa y Judicial de la Ciudad de México, estableciendo en su Constitución la forma de organización y funcionamiento, los derechos y obligaciones de los habitantes de la Ciudad. Se establece la forma de organización y las atribuciones de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los órganos autónomos de la Ciudad de México. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 31-Octubre-2012
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 38, 39 y 45 de la Ley General de Educación.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 13-Noviembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal la atribución de llevar a cabo la coordinación entre las autoridades educativas, para implementar planes anuales especiales para resarcir el rezago educativo en niñas, niños y jóvenes jornaleros agrícolas migrantes, que faciliten el tránsito de educandos de un tipo o modalidad educativo a otro. Incluir mecanismos para que se integre a jornaleros migrantes en el proceso educativo y de certificación. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 13-Noviembre-2012
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Prohibir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizar la transferencia de recursos al cierre del ejercicio a dependencias, entidades y fideicomisos del gobierno que no cuenten con un compromiso de aplicación inmediata a fin de evitar que se utilicen los recursos de dicha transferencia en el siguiente ejercicio presupuestario de forma discrecional, al margen de lo aprobado por el Congreso. Señalar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe abstenerse de autorizar la transferencia de recursos presupuestarios del ejercicio del ramo general 23 ¿provisiones salariales y económicas¿ a diversas dependencias y entidades, cuando la solicitud no cuente con la plena justificación de las necesidades de operación, de los gastos urgentes o de los compromisos de aplicación inmediata, a efecto de evitar que sean reintegrados a la Tesorería de la Federación, o se devuelvan al ramo general 23 para dar cumplimiento a las disposiciones o medidas establecidas por la misma Secretaría. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Sujetar todo instrumento internacional a la aprobación del Senado de la República sin importar la denominación que se le dé. Modificar Título Octavo de la Constitución para denominarlo ¿De los tratados Internacionales¿, recorriendo el título octavo actual con los artículos que le integran para pasar a ser título noveno. Definir el término de tratados, determinar su entrada en vigor, establecer las normas de interpretación que le son aplicables y la forma de publicarlos. Dar competencia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de la opinión de contradicción constitucional de los tratados, cuando así lo requiera el equivalente a la cuarta parte de los integrantes de la Cámara de Diputados, previamente a su aprobación por el Senado de la República. Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
9   Proyecto de decreto que reforma los artículos 219 y 220 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT) A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

Unidas  - Igualdad de Género
- Gobernación
Establecer que las candidaturas a diputados o senadores que conformen la cuota de género, por los principios de mayoría relativa o de representación proporcional o de primera minoría, se deberán integrar en fórmulas completas de propietarios y suplentes del mismo género. Asentar que en la lista de candidatos a senadores, los dos últimos lugares serán ocupados por un candidato de cada género. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
10   Proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT) Suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Zuleyma Huidobro González (MC)
Fecha de presentación: 22-Noviembre-2012

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Justicia
Eliminar la figura jurídica del arraigo. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 22-Noviembre-2012
11   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal que Establece el Derecho de los Estudiantes de Instituciones Públicas de Educación Media Superior Públicas a contar con un Apoyo Económico


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 12-Diciembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de que los estudiantes de las instituciones públicas de nivel medio superior del país, tanto del sistema escolarizado como abierto, cuenten con un apoyo económico -Beca Universal para los Estudiantes de Educación Media Superior- consistente en un apoyo económico diario de medio salario mínimo vigente para el Distrito Federal, que les permita concluir sus estudios, independientemente de que éstas se encuentren administradas por las autoridades estatales, federales o de carácter autónomo, siempre que no cuenten con otra beca o apoyo económico de otra institución pública o privada. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2012
12   Proyecto de decreto que reforma los artículos 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 12-Diciembre-2012

  - Gobernación
Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el establecimiento ¿en coordinación con la Secretaría de Economía¿, de los estímulos fiscales necesarios para evitar la discriminación laboral, por cualquier razón. Facultar a la Secretaría de Economía, el estudio y determinación. mediante reglas generales, conforme a los montos globales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los estímulos fiscales necesarios para el fomento industrial, evitar la discriminación laboral, el comercio interior y exterior y el abasto, incluyendo los subsidios sobre impuestos de importación, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados. Desechada
con fecha 7-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 6-Diciembre-2012
13   Proyecto de decreto que reforma el artículo 242 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Adherente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 12-Diciembre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer que las leyes y decretos que se difundan en la página electrónica de la Cámara serán traducidas a las lenguas predominantes de los pueblos indígenas particularmente, las que se relacionan con los mismos y que la Cámara en coordinación con las autoridades especialistas en la materia establecerá las bases de traducción e interpretación para esos efectos. Desechada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 12-Diciembre-2012
14   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)
Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012

  - Gobernación
Establecer como derecho de los ciudadanos mexicanos el presenciar el escrutinio y cómputo de los votos el día de la jornada electoral, tengan o no la calidad de observadores electorales. Instituir como obligación del Instituto Federal Electoral la realización de cuatro debates de los candidatos a Presidente de la República la primera semana de mayo, la tercera semana de mayo, la primera semana de junio y la cuarta semana de junio del año de la elección respectivamente, responsabilizando al IFE de garantizar que se transmitan en el 100% del territorio nacional. Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2012