INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 9° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Suscribe: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Exportación. |
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que no se pagará el impuesto en la enajenación de los bienes efectuada por un residente en el extranjero a una persona moral residente en territorio nacional, para su importación definitiva, cuando la entrega material o envío del bien enajenado al adquirente se realice por una persona moral residente en territorio nacional que cuente con un programa autorizado conforme al decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación o por empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, o por empresas en un régimen similar en los términos de la Ley Aduanera, cuando los bienes enajenados sean resultado de su proceso de elaboración, transformación o reparación y su transferencia se realice mediante pedimentos que amparen operaciones virtuales de acuerdo a las disposiciones previstas en la Ley Aduanera o que establezca mediante reglas el Servicio de Administración Tributaria y mediante la cual se pague el impuesto al valor agregado aplicable a la importación definitiva en los términos de esta ley. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013 |
2 Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Suscribe: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) |
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Adicionar el Capítulo VIII, denominado de los estímulos fiscales para operaciones de maquila, tal operación comprendida en el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación; dicho capítulo tiene como finalidad otorgar un estímulo fiscal a las empresas que lleven a cabo operaciones de maquila en los términos que señala la Ley del Impuesto sobre la Renta. Exceptuar del estimulo fiscal, el impuesto empresarial a tasa única que se determine por las actividades distintas a las operaciones de manufactura o maquila. Establecer los supuestos, requisitos, mecánica, restricciones y forma en que procederán los estímulos en cuestión, el método para calcular la utilidad fiscal, la acreditación del pago provisional del impuesto empresarial a tasa única, la parte proporcional del impuesto sobre la renta que deba acreditar el contribuyente. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013 |
3 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Suscribe: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Trabajo y Previsión Social |
Determina que será nula toda reforma, por la que se supriman o se afecten de cualquier manera los derechos humanos laborales mínimos consagrados en la Ley Federal del Trabajo. Establece el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, del contrato que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista. Señala que la falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta, de la rescisión de la relación laboral, por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado. Incluye a las y los trabajadores del hogar. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013 |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) |
Fecha de presentación: 15-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Crear el Consejo de Gobierno a nivel federal y local, así como establecer sus facultades y los miembros que lo integrarán. Establecer que la suspensión de garantías será con acuerdo del Consejo de Gobierno. Ampliar el segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, siendo del 15 de enero al 30 de junio la fecha prevista. Facultar al Congreso de la Unión para ratificar el nombramiento que haga el Presidente de la República de los secretarios de Estado, así como para remover a dichos funcionarios. Facultar a la Cámara de Diputados para designar al Procurador General de la República. Establecer que el Presidente de la República ejercerá su encargo a partir del primero de octubre. Dotar a las Comisiones investigadoras del Congreso de la Unión, con idénticas facultades que la ley otorga al Ministerio Público. Modificar los porcentajes en cuanto al número de miembros, para que el Poder Legislativo, federal o local, pueda ejercer acciones de inconstitucionalidad. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2013 |
5 Proyecto de decreto que expide la Ley de Austeridad para Servidores Públicos de los Entes Públicos de la Federación. Adherente: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) Suscrita por la Dip. Merilyn Gómez Pozos (MC) |
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013 Unidas - Hacienda y Crédito Público - Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer la remuneración total neta mensual de los servidores de los entes públicos de la Federación que ocupen cargos de ministro, magistrado y juez del Poder Judicial de la Federación, presidente de la República, diputados, senadores, secretarios de Estado, subsecretarios de Estado, directores generales u homólogos, entre los 21 y 38 salarios mínimos mensuales. Reducir la remuneración total de los altos servidores públicos, desde el presidente de la República, diputados y senadores hasta directores generales y puestos homólogos. Cancelar prestaciones extraordinarias, como servicios médicos privados, automóviles de lujo, seguros de separación individualizados y cajas de ahorro especiales, así como eliminar las plazas de secretarios particulares, privados y coordinaciones de asesores. Asentar como obligación de los servidores públicos presentar y hacer pública la declaración de situación patrimonial y de modificación a la misma, con oportunidad y veracidad y renunciar a obtener, por la realización de actividades inherentes a su cargo o su impacto, beneficios económicos o en especie para sí, su cónyuge, concubina o concubino, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales, de negocios o socios o empresas de las que el servidor público forme o haya formado parte. Prohibir pensiones a servidores públicos que no estén consideradas en la Ley del ISSSTE. Indicar los casos de los servidores públicos a quienes se les permitiría tener secretario particular. Prohibir la creación de plazas de secretario privado o equivalentes. Establecer los casos en los que se pueden sustituir los vehículos oficiales al uso de los servidores públicos federales. Establecer un tope máximo al costo de los vehículos para uso oficial de 110 salarios mínimos mensuales. Prohibir la contratación de servicios médicos privados para todos los servidores de los entes públicos de la federación. Considerar falta grave el incumplimiento de las disposiciones previstas en esta ley. Señalar que la responsabilidad administrativa será independiente de las de orden civil o penal que pudieran derivar de la violación de este ordenamiento. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013 |
6 Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria de los artículos 2o., 6o., 7o., 27, 28 y 105 constitucionales en materia de Derechos al Libre Acceso a la Información, las Tecnologías de la Información y la Comunicación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Adherente: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) |
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013 Unidas - Comunicaciones - Radio y Televisión Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública - Asuntos Indígenas |
Establecer las normas generales bajo las cuales el Estado garantizará los derechos al libre acceso a la información; a la búsqueda, recepción y divulgación de información e ideas; los derechos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, y el derecho a los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones convergentes, con carácter de servicios de interés general que se prestarán en condiciones de competencia efectiva entre operadores, sujetos a las políticas públicas de inclusión digital universal que permitan la integración de la población nacional a la sociedad de la información y el conocimiento. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013 |
7 Proyecto de decreto que reforma artículos 2°, 27, 28 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Tapia Fonllem Margarita Elena (PRD) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Establecer el reconocimiento de los pueblos y comunidades afrodescendientes o afromexicanas. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013 |