INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: González Luna Bueno Federico José (PVEM)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar como deducción para las personas físicas, los pagos destinados a los estudios de idiomas extranjeros que cursen el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato y sus hijos menores de edad. Prever los requisitos para deducir los estudios de idiomas extranjeros. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.


Adherente: González Luna Bueno Federico José (PVEM)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que en coordinación con las entidades federativas establezca los lineamientos del registro de operaciones, para el caso de fallecimiento del titular, donde la institución de crédito deberá entregar el importe a quienes el titular hubiese designado expresamente y por escrito como beneficiarios; el cual, contendrá el nombre de la institución de crédito, tipo de operación bancaria y beneficiario, con el objetivo de que los registros civiles al expedir las actas de defunción incluyan los nombres de los beneficiarios de las operaciones, así como la institución de crédito donde será entregado el importe. Fijar multa de 5 mil a 20 mil días de salario a las instituciones de crédito que incumplan con lo dicho. Mandatar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores informe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el funcionamiento del registro, así como de los nombres de los beneficiarios que han acudido a la entrega del importe de las operaciones; establecer multa de 500 a 2000 días de salario en caso de incumplimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013