INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 198 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Proponente: Ricalde Magaña Alicia Concepción (PAN) |
Fecha de presentación: 18-Febrero-2014 - Gobernación |
Establece que la información que deberá remitir el Registro Civil al instituto a fin de mantener permanentemente actualizados el catálogo general de electores y el padrón electoral, será información básica del ciudadano fallecido obtenida del acta de defunción incluyendo: apellido paterno, apellido materno, nombre(s); domicilio completo; entidad de nacimiento; fecha de nacimiento; edad; sexo; nombre, cargo y firma del oficial de Registro Civil; número de oficialía; número del libro; número del acta; fecha de expedición del acta; fecha de defunción; sello de la oficialía; fecha de recepción, y en su caso, clave de elector; folio de la credencial para votar; y Clave Única de Registro de Población. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 18-Febrero-2014 |
2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Proponente: Ricalde Magaña Alicia Concepción (PAN) |
Fecha de presentación: 13-Marzo-2014 - Salud |
Incluir la oftalmología, dentro de las profesiones para cuyo ejercicio se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. Señalar que para la prevención y corrección de enfermedades visuales, los oftalmólogos y optometristas realizarán un examen de refracción de ojos, en su caso prescribirán anteojos o lentes de contacto graduados y, verificarán la correcta adecuación de los mismos al problema de salud de cada paciente. Prohibir la venta de lentes graduados sin la prescripción de un médico oftalmólogo u optometrista que cuenten con títulos profesionales o certificados de especialización que hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. | Desechada
con fecha 9-Octubre-2014 Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2014 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Ricalde Magaña Alicia Concepción (PAN) |
Fecha de presentación: 1-Abril-2014 Unidas - Puntos Constitucionales - Justicia |
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Establecer que para fijar los términos en que sea obligatoria la jurisprudencia se deberá observar lo establecido en el artículo 217 de la Ley de Amparo. Asentar que las decisiones del Consejo de la Judicatura Federal podrán ser recurridas únicamente mediante el juicio de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, excepto las que se refieran a la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces. En la Ley de Amparo: Agregar las decisiones emitidas por el Consejo de la Judicatura Federal, como materias en las cuales no procede el juicio de amparo. Estipular que del proceso de armonización de una jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y una jurisprudencia nacional que establezca la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se aplicará la que resulte más favorable a la persona. |
Desechada (art. 89)
con fecha 19-Diciembre-2014 Publicación en Gaceta: 1-Abril-2014 |