INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal. Adherente: Cuéllar Steffan Antonio (PVEM) |
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013 Unidas - Distrito Federal - Derechos Humanos Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, estableciendo las bases para el buen uso de los bienes de dominio público y asegurando el pleno respeto de los derechos y las libertades de terceros. Establecer como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del DF sobre las manifestaciones que realizarán, con el propósito de que la autoridad trace rutas alternas, elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia y preste servicios básicos a los participantes. Prever que la autoridad competente podrá impedir la celebración de manifestaciones atendiendo a factores de riesgo medioambientales y de protección civil, así como cambiar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público. Prohibir el bloqueo de vías primarias y el desarrollo de manifestaciones en vialidades de un solo carril. Establecer los horarios para la realización de las manifestaciones. Determinar que los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán capacitación sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas. Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública del DF para disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público. Imponer sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por la ley, como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del DF o de los particulares. | Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015 Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013 |
2 Proyecto de decreto Que reforma los artículos 4° y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Cuéllar Steffan Antonio (PVEM) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales Con Opinión de - Medio Ambiente y Recursos Naturales |
Establecer disposiciones en materia de atención y prevención de enfermedades crónico-degenerativas, y de medio ambiente. Imponer gravámenes de acuerdo con el impacto ambiental causado. Facultar al Congreso de la Unión para establecer contribuciones sobre la distribución de alimentos y productos que carezcan de valor alimenticio o cuyo consumo represente un riesgo para la salud; así como sobre actividades comerciales o industriales que de acuerdo al impacto ambiental causado puedan ser perjudiciales para el medio ambiente. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos 77, 78 y adiciona un artículo 192 Bis a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Cuéllar Steffan Antonio (PVEM) De los diputados Antonio Cuéllar Steffan (PVEM) y Fernando Zárate Salgado (PRD) |
Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013 - Justicia |
Incluir en los efectos de la concesión del amparo, en los juicios en que se reclame una norma general de carácter tributario o fiscal, o ésta y sus actos concretos de aplicación, la sentencia que conceda el amparo por inconstitucionalidad de las normas aplicadas tendrá el efecto de restituir al quejoso en el goce de sus derechos en la proporción en que hubieran sido violados. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 5-Noviembre-2013 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Cuéllar Steffan Antonio (PVEM) |
Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013 - Puntos Constitucionales |
Adicionar como Supremos Poderes de la Federación, el Electoral y el Ciudadano. Establecer que el primero de ellos se deposita en el Instituto Federal Electoral, mientras que el segundo se conformará por los organismos protectores de derechos humanos y de acceso a la información pública federales. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Septiembre-2014 Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013 |