INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 18 Bis y reforma los artículos 42 y 52 de la Ley de Aviación Civil. Adherente: Fuentes Téllez Adriana (PRI) |
Fecha de presentación: 3-Enero-2013 - Transportes |
Incorporar los derechos para los usuarios o consumidores del servicio de transporte aéreo, entre los que se encuentran, ser transportado en el vuelo consignado en el boleto o cupón, conforme a las condiciones de servicio establecidas en dicho documento; recibir por parte de los concesionarios o prestadores del servicio la información clara y veraz sobre los horarios, tarifas, itinerarios, escalas, destinos, restricciones; ser notificado de manera oportuna sobre los cambios relacionados con el servicio contratado; transportar, sin cargo alguno, el equipaje que se ajuste a los kilogramos señalados en los instrumentos internacionales de los que México es parte; recibir atención médica cuando lo requiera; y recibir indemnización en el caso de presentarse sobrecupo o sobreventa de boletos o cancelación por causas imputables al concesionario. Establecer que las secretarías de Comunicaciones y Transportes; y de Economía, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Federal de Competencia, garantizarán el pleno respeto a los derechos de los usuarios. Establecer que los concesionarios o permisionarios de común acuerdo con la Secretaría fijarán las tarifas por los servicios que presten, para lo cual diseñarán un tabulador anual estableciendo las tarifas máximas para los diferentes destinos en las diversas clases y categorías del servicio, mismo que estará disponible y visible para su consulta al público en todos los centros y medios de atención y venta de boletos. Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para establecer niveles tarifarios mínimos o máximos, según sea el caso, para los servicios respectivos, a fin de ordenar dichos niveles y con el objeto de fomentar la sana competencia y el desarrollo. | Aprobada
con fecha 4-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 3-Enero-2013 |