INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo.
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Fortalecimiento del Federalismo
Prever la obligación de las entidades federativas a publicar en el Diario o Periódico Oficial del estado el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas, variables utilizadas, y montos, estimados, que recibirá cada municipio o demarcación territorial, en cada ejercicio fiscal a más tardar el 15 de febrero del ejercicio de que se trate; de no ser así, la SHCP retendrá los recursos hasta que la entidad federativa realice la publicación. Facultar a las legislaturas locales para establecer la distribución de las participaciones federales entre los municipios de cada entidad. Crear el Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza (FAAP) mismo que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer las formulas para la distribución del Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad entre los Municipios y Estados. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 141 Bis al Código Penal Federal.


Suscribe: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Justicia
Agregar el tipo penal consistente en realizar actos contra las personas, las cosas, servicios públicos o privados, que perturben la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, utilizando sustancias tóxicas, inflamables, explosivas; imponiendo de 5 a 7 años de prisión, sin derecho a libertad provisional bajo caución y sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten; incrementar en dos terceras partes la pena cuando dicha conducta se realice utilizando elementos que impidan total o parcialmente la identificación de las características fisonómicas del sujeto activo. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley relativa al Sistema Nacional de Evaluación de los Servidores Públicos de Elección Popular aplicable en los tres órdenes de gobierno, así como la participación del sector social y privado en dicha evaluación. Prever que el presidente de la República, los gobernadores de las entidades federativas, jefe de gobierno del Distrito Federal, senadores de la República, los diputados federales, los diputados a las legislaturas locales integrantes de los ayuntamientos, y autoridades delegacionales del Distrito Federal, serán considerados como servidores públicos de elección popular para efectos de las responsabilidades administrativas. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A y adiciona un artículo 2-B a la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Suscribe: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer como productos con tasa 0 de IVA, la carne y cualquier producto animal como huevo, manteca, gelatina, leche, crema, mantequilla, queso y derivados lácteos no edulcorados ni mezclados con otros productos; la margarina, azúcar de caña o remolacha, sal de mesa y aceites sin mezclar con otros ingredientes ni aditivos; las tortillas y pan enajenados por el fabricante, así como aquellos enajenados por terceros cuyas presentaciones para venta individual no excedan 100 calorías; los vegetales en estado natural, descascarados, cocidos, tostados, en masa o pasta, molidos o bajo otro proceso que permita su preservación y que no implique la adición de otras grasas, harinas, sales o azúcares, exceptuando las indispensables para su conservación. Exceptuar de esta tasa 0, el agua compuesta, cuando su presentación sea en envases menores de diez litros. Establecer una tasa de IVA de 20% a bebidas distintas del agua pura, la leche y derivados lácteos no edulcorados, inclusive cuando las mismas tengan la naturaleza de alimentos; los jugos, los néctares o los concentrados de frutas, mezclados con azúcar u otros edulcorantes, cualquiera que sea su presentación, densidad o el peso del contenido de estas materias; los jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos, así como los concentrados, polvos, jarabes esencias o extractos de sabores que al diluirse permitan obtener refrescos; las galletas, golosinas, pasteles, botanas o cualquier alimento distinto a los indicados en el artículo 2-A, empacados para poder ser enajenados al consumidor final por intermediarios o personas distintas al productor y cuya presentación para venta al público, con independencia de las porciones incluidas, exceda en su totalidad 100 kilocalorías. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 17, y 18 de la Ley Agraria.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Reforma Agraria
Establecer la igualdad de condiciones de hombres y las mujeres en calidad de titulares de derechos ejidales. Señalar que al sucesor o sucesores que reciban los derechos del ejidatario fallecido, corresponderá la obligación de proporcionar educación y alimentos a los hijos e hijas menores de 18 años no emancipados, hasta en tanto no cumplan la mayoría de edad, así como a los impedidos para trabajar por alguna discapacidad total, al padre o a la madre que dependan económicamente del fallecido y a la cónyuge, concubina o concubinario hasta no contraer nuevo matrimonio o concubinato Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar de ¿$0.35¿ a ¿$0.90¿ la cuota por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

Unidas  - Comunicaciones
- Gobernación
Agregar a las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones, de aquellas relacionadas con el acceso seguro a internet por parte de niñas, niños y adolescentes, en establecimientos públicos; así como vigilar en coordinación con las autoridades de los estados, del Distrito Federal, de los municipios y de los órganos político-administrativos, el cumplimiento de las leyes y normas oficiales mexicanas en esta materia, y en su caso imponer las sanciones correspondientes. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
8   Proyecto de decreto que expide la Ley General que Crea el Sistema Nacional de Registro de Menores Desaparecidos y Sustraídos.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

Unidas  - Justicia
- Derechos de la Niñez
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de instaurar el Sistema Nacional de Registro Menores Desaparecidos, disponible para la Procuraduría General de la República, así como las Procuradurías Generales de Justicia así como del Menor y la Familia de las Entidades Federativas, a efecto de facilitar el reconocimiento de menores y las investigaciones relacionadas en los casos de desaparición y sustracción de menores. Establecer que el Sistema será administrado por la Procuraduría General de la República permitiendo en todo momento que las Procuradurías de las Entidades Federativas y las Secretarias tengan a su disposición acceso al Sistema para la identificación de los menores desparecidos. Prever que la información disponible en el Sistema únicamente tendrá los usos de identificación y localización de los menores desaparecidos. Establecer las sanciones para los funcionarios que hagan uso indebido de los datos de los menores. Prever que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 considerará partidas suficientes para la creación del Sistema Nacional de Registro de Menores Desparecidos. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Turismo
Agregar a los días de descanso obligatorio, el segundo lunes de octubre en conmemoración del 12 de octubre. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Adherente: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Economía
Facultar a la Procuraduría para emitir o canalizar solicitudes a las entidades públicas responsables de suministrar servicios públicos cuando considere que la omisión afecta colectivamente a los consumidores, cuando la falta de atención constituya un elemento que presuma como parte del problema. Establecer el indicador de las empresas más castigadas en los criterios para instaurar módulos de atención y orientación a los consumidores. Incorporar la realización de estudios, emisión de alertas, lineamientos o cualquier otra acción en la información que las empresas se encuentren obligados a proporcionar a la Profeco. Señalar la obligación de la Profeco para recibir de los proveedores, quejas, propuestas o denuncias respecto de los verificadores. Establecer la obligación de la Secretaría de Economía de atender la opinión de la Profeco en la formulación de la política pública relativa a la protección del consumidor. Disminuir los límites inferior y superior del rango de las multas ordinarias y el límite de la multa extraordinaria por contumacia. Establecer una metodología de cálculo y señalar las conductas, omisiones y circunstancias extraordinarias no imputables al proveedor en los que las sanciones podrían ser condonadas o conmutadas por actos que la Procuraduría estime que contribuyen al desarrollo de sus funciones por el inconveniente administrativo que le hubieren causado. Añadir el desarrollo de programas de capacitación al público sobre los derechos de los consumidores, acciones colectivas o aquellos en los que considere basado en las cantidades de las quejas, como medida de prevención y cultura del consumidor. Se plantea el primero de enero del cuarto año calendario del periodo correspondiente al Presidente de la República como fecha fija para el nombramiento del Procurador Federal del Consumidor. Establecer límites al Procurador así como la obligación de presentar una declaración patrimonial anualmente. Asentar la obligación de la Profeco de publicar su plan de trabajo bianualmente. Facultar a la Profeco para ordenar la suspensión de actividades a los proveedores que emitan información ilegal. Obligar a la Profeco a difundir a través de los canales de comunicación que actualmente utilice, los criterios y metodología para imponer, dejar sin efecto, reducir, modificarlas o conmutar las sanciones. Establecer un esquema de verificaciones encubiertas que evite que los proveedores eliminen o encubran evidencia. Señalar la obligación de que la Profeco a quien formule la queja. Disponer la facultad para que en el reglamento se señalen las circunstancias extraordinarias en las que se podrá tener tolerancia y flexibilidad para la impuntualidad ante imponderables como manifestaciones que obstruyan la vía pública. Disponer que para la exposición de pruebas por medio electrónico se puedan adoptar las medidas de seguridad que la Procuraduría señale con la finalidad de establecer procedimientos expeditos y seguros. Incorporar los casos que impliquen a menores de edad dentro del catálogo de los asuntos particularmente graves y aquellos en que se demuestre una duración de más de un año en agravio de los derechos de los consumidores. Incorporar la obligación de dar publicidad a los criterios de condonación, reducción o conmutación de multas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
11   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.


Suscribe: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN) Suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2013

Unidas  - Cambio Climático
- Energía
Con Opinión de  - Transparencia y Anticorrupción
- Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer en las adquisiciones o arrendamientos de automóviles, se deberá requerir que éstos sean bajos en emisiones contaminantes, para lo cual se podrán adquirir automóviles híbridos o eléctricos que garanticen las mejores condiciones de eficiencia energética, sustentabilidad ambiental y uso de energías renovables. Prever que en los 3 órdenes de gobierno se deberán ejecutar acciones para la adaptación y mitigación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional y el Programa de cambio climático. Prever que la aplicación de tecnologías y el uso de equipos, aparatos y automóviles eficientes energéticamente, no sea una disposición declarativa, sino vinculatoria para las autoridades. Facultar a la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía a formular y emitir las metodologías y procedimientos para cuantificar el uso de automóviles que consumen diesel y gasolina, así como aquellos que son energéticamente más eficientes. Promover que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal adquieran o, en su caso, sustituyan de manera gradual y progresiva su parque vehicular, por vehículos eléctricos e híbridos. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Suscribe: Yamamoto Cázares Beatriz Eugenia (PAN) Suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Disminuir $175,000.00. a $130,000.00 el monto deducible en las inversiones en automóviles, salvo en el caso de los eléctricos o híbridos, que serán deducibles por el monto total del precio del automóvil. Exentar del pago del ISAN la enajenación de automóviles eléctricos; así como, la enajenación de automóviles híbridos. Exentar del pago del IVA en la enajenación de automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquéllos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013