INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 7, 27 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)
Fecha de presentación: 25-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Reconocer y garantizar los derechos universales a la información y a la libre expresión y el que toda persona tenga la libertad de acceder, buscar, recibir y difundir informaciones de cualquier tipo y por cualquier medio de comunicación, sin previa censura y con responsabilidad ulue disponga la ley. Señalar que los medios de comunicación electrónica son de servicio público, que estos procurarán el respeto y promoción de los derechos humanos y los valores democráticos consagrados en el artículo 3 de la Constitución; que sus contenidos deben reflejar pluralidad y diversidad. Asentar que el espectro radioeléctrico es pción, inalienable e imprescriptible al que podrán acceder, en igualdad de condiciones, a su explotación, uso o aprovechamiento las entidades públicas, educativas, privadas y comunitarias, y ninguna de ellas podrá concentrar más de 25 por ciento de las frecuencias. Facultar al Congreso para expedir leyes sobre radio, televisión, telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico y asignar a un organismo público autónomo de participación ciudadana creado por el Congreso de la Unión, la administración y vigilancia de las concesiones y permisos de la radiodifusión, televisión y telecomunicaciones de este espectro. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 25-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio.


Suscribe: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC) A nombre propio y suscrita por diversos diputados
Fecha de presentación: 4-Octubre-2012

  - Economía
Eliminar la atribución de la Secretaría de Economía, de actualizar cada año por inflación el monto de hasta quinientos mil pesos por concepto de suerte principal, respecto a las resoluciones que se dicten durante el procedimiento y las sentencias que recaigan en negocios, así como publicarlo en el Diario Oficial de la Federación. Tramitar en el Juicio Oral Mercantil todas las contiendas cuya suerte principal sea inferior a quinientos mil pesos por concepto de suerte principal, sin que sean de tomarse en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición de la demanda. Con relación a la prueba testimonial, se modifica el término en el que se deberá hacer la citación por parte del juez, estableciendo que ésta se hará mediante cédula por lo menos con ¿tres días¿ y no con ¿dos días¿ de anticipación al día en que deban declarar. Establecer la sanción económica de cincuenta días de salario mínimo vigente que pudiera aplicarse al perito que injustificadamente resulte ser omiso en el cumplimiento del encargo. Aprobada
con fecha 3-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 4-Octubre-2012
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4° y 12 de la Ley de Asistencia Social y 168 de la Ley General de Salud.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)
Fecha de presentación: 11-Octubre-2012

  - Salud
Con Opinión de  - Igualdad de Género
Considerar como sujetos de la asistencia social a las madres solteras. Desechada
con fecha 12-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC) Suscrita por los diputados Francisco Alfonso Durazo Montaño y Ricardo Monreal Avila (MC)
Fecha de presentación: 25-Octubre-2012

  - Protección Civil
Disminuir el tiempo que tiene la autoridad para realizar la declaratoria de desastre natural de ¿5¿ a ¿3¿ días una vez presentada la solicitud, y establecer que los gobiernos locales dispondrán del recurso en 5 días y no en 10 como se establece actualmente. Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2012
5   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC) A nombre propio y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios
Fecha de presentación: 31-Octubre-2012

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Distrito Federal
Sustituir en la Constitución los términos ¿Distrito Federal¿ por ¿Ciudad de México¿; ¿estado¿ por ¿Entidad Federativa¿; ¿delegaciones¿ por ¿demarcaciones territoriales¿; y ¿Gobernador¿ por ¿titular del Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa¿. Otorgar a la Ciudad de México la facultad de tener su Constitución, además de considerar la autonomía en su régimen interior, que su gobierno esté a cargo de tres Poderes de carácter local que ejercerán las funciones Ejecutiva, Legislativa y Judicial de la Ciudad de México, estableciendo en su Constitución la forma de organización y funcionamiento, los derechos y obligaciones de los habitantes de la Ciudad. Se establece la forma de organización y las atribuciones de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de los órganos autónomos de la Ciudad de México. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 31-Octubre-2012
6   Proyecto de decreto que reforma el Decreto por el que se crea la medalla al mérito cívico ¿Eduardo Neri, Legisladores de 1913¿, y reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri, Legisladores de 1913¿.


Adherente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC) A nombre propio y de diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRI
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer que la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri y Legisladores de 1913¿ se otorgue en cada año de ejercicio de la Legislatura, en sesión solemne a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido relevantemente, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos. Se establecen las características del anverso y reverso de la medalla. Establecer que a la persona que resulte galardonada se le otorgará una suma de dinero junto con la Medalla, que será equivalente a tres veces la dieta mensual de un diputado. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados definirá si el otorgamiento de la Medalla se realizará en sesión solemne en el Salón del Pleno del Palacio Legislativo. Facultar al Presidente de la Mesa Directiva para girar invitación a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los órganos constitucionales autónomos, para que asistan a la sesión en que se otorgue la medalla. En el primer año de ejercicio, la Medalla se entregará a más tardar en el mes de diciembre del año de ejercicio, y para el segundo y tercer año de la legislatura se entregará en el mes de octubre. Se definen los plazos para la recepción de candidaturas. Establecer que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deberá publicar un folleto o un libro sobre la sesión solemne, ya sea mediante edición de la Cámara o coedición con otra casa editorial. Aprobada
con fecha 21-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2012
7   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal que Establece el Derecho de los Estudiantes de Instituciones Públicas de Educación Media Superior Públicas a contar con un Apoyo Económico


Adherente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)
Fecha de presentación: 12-Diciembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de que los estudiantes de las instituciones públicas de nivel medio superior del país, tanto del sistema escolarizado como abierto, cuenten con un apoyo económico -Beca Universal para los Estudiantes de Educación Media Superior- consistente en un apoyo económico diario de medio salario mínimo vigente para el Distrito Federal, que les permita concluir sus estudios, independientemente de que éstas se encuentren administradas por las autoridades estatales, federales o de carácter autónomo, siempre que no cuenten con otra beca o apoyo económico de otra institución pública o privada. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2012