INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social. Suscribe: Garza Cadena Ana Lilia (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2012 - Trabajo y Previsión Social |
Establecer en la Ley que las relaciones de trabajo se regirán bajo el principio de recíproca solidaridad, por el que los patrones atenderán siempre a la aspiración y legítimo derecho de los trabajadores a alcanzar una vida digna, mientras que los trabajadores realizarán el esfuerzo necesario para lograr la conservación del centro de trabajo bajo regímenes de sustentabilidad y eficiencia. Considerar que el trabajo es un derecho humano universal y un deber social. Impedir la discriminación laboral por motivo de edad, género, raza, origen étnico, credo religioso, doctrina política, opiniones, condición social, discapacidades, estado civil, preferencia sexual, maternidad, nacionalidad, condición migratoria o cualquier otro criterio que pueda anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el trabajo u ocupación. Fortalecer la libertad de organización de los trabajadores y generar condiciones adecuadas para la existencia de representaciones sindicales democráticas, obligadas a rendir cuentas a los agremiados. Establecer la figura de la subcontratación y sus características, así como considerar el impedimento a la simulación y elusión en el cumplimiento de los derechos para los trabajadores que prestan sus servicios bajo este régimen. Considerar que en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado, podrá establecerse un periodo de prueba, el cual no podrá exceder de 30 días, a efecto de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y capacidades necesarias para desarrollar el trabajo. Erradicar el trabajo infantil, salvaguardando el derecho de los menores de 14 años para desempeñar actividades remuneradas, de carácter artístico y cultural, que contribuyan al desarrollo de sus capacidades, por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación con las autoridades del trabajo de las entidades federativas, desarrollarán programas que permitan identificar y erradicar el trabajo infantil. Establecer mecanismos e incentivos para agilizar la justicia laboral, eliminar intermediarios y sancionar el incumplimiento de las obligaciones de las autoridades del trabajo. Impulsar el trabajo de los jóvenes, mediante la creación de incentivos de seguridad social a las empresas que los contraten. Ley del Seguro Social. Establecer el seguro de desempleo dentro del régimen obligatorio, considerando un ingreso mensual para el trabajador, cuando por causas ajenas a su voluntad cese su relación laboral con el patrón, hasta por un periodo de seis meses. El seguro incluye prestaciones económicas y de enfermedades y maternidad al trabajador desempleado y sus derechohabientes hasta por un lapso de seis meses. |
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Garza Cadena Ana Lilia (PVEM) Suscrita por los los diputados integrantes de su partido. |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012 - Puntos Constitucionales |
Facultar a las Cámaras, a pedido de una tercera parte de sus miembros, y mediante la aprobación del pleno de la Cámara correspondiente, para integrar comisiones para investigar cualquier asunto de interés nacional y del Distrito Federal, dentro de las atribuciones concedidas al Congreso de la Unión en esta materia. Establecer los supuestos y condiciones en que funcionarán dichas comisiones. Obligar a todos los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal, del Distrito Federal y los órganos autónomos a prestar a las comisiones de investigación el apoyo que les requieran y proporcionarles la información y documentación que les soliciten, aún la clasificada por la ley como reservada, confidencial, secreta o restringida. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Garza Cadena Ana Lilia (PVEM) |
Fecha de presentación: 16-Octubre-2012 - Puntos Constitucionales |
Ampliar los periodos ordinarios de sesiones, a efecto de que el primer periodo ordinario empiece el ¿1o. de agosto¿ y no el ¿1o. de septiembre¿; y el segundo período ordinario empiece el ¿1o. de enero¿ y no el ¿1o. de febrero¿ y concluya el ¿15 de junio¿ y no el ¿30 de abril¿, como se establece actualmente. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012 |
4 Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 49 de la Ley General de Educación Adherente: Garza Cadena Ana Lilia (PVEM) |
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012 - Educación Pública y Servicios Educativos |
Incluir entre los fines de la educación que brinda el Estado, la promoción de la educación cívica y establecer que el proceso educativo se basará en los valores del civismo que garanticen la convivencia pacífica, armónica, solidaria y socialmente útil. | Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013 Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012 |
5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos Suscribe: Garza Cadena Ana Lilia (PVEM) Suscrita por la Dip. Ana Lilia Garza Cadena (PVEM) |
Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012 - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Adicionar un Titulo sexto denominado ¿De las iniciativas para trámite preferente¿ a fin de establecer el procedimiento que deberán seguir las iniciativas para trámite preferente, en el cual se señala que: el cómputo del plazo para la discusión y votación será de un máximo de treinta días naturales y empezará a contarse desde el momento en que sea turnada la iniciativa a la comisión para su dictaminación, salvo cuando inicie una Legislatura, donde el cómputo se empezará a contar en el momento que las comisiones ordinarias se encuentren constituidas. Para la elaboración del dictamen de la iniciativa no se contemplarán otras que sobre el mismo asunto se hubiesen presentado y si las hubiere, serán consideradas como concluidas al dictaminar. Establecer que en caso de que haya concluido el plazo de treinta días y no se haya dictaminado la iniciativa o en su caso la minuta, ésta se presentará en los términos originales en la sesión inmediata del pleno de la Cámara para ser discutida y votada; si la Cámara revisora hubiese hecho modificación o adición al proyecto aprobado por la Cámara de origen, deberá convocarse a las comisiones dictaminadoras de ambas Cámaras para que se tenga un dictamen sobre la minuta en un plazo máximo de quince días naturales. | Desechada
con fecha 28-Febrero-2013 Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2012 |