INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Federal de Justicia para Adolescentes, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Orgánica de la Procuraduría General de la República, y Federal de Defensoría Pública.


Proponente: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI) Suscrita por los diputados Héctor Gutiérrez de la Garza, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, José Alberto Rodríguez Calderón, Marina Garay Cabada y Flor Ayala Robles Linares (PRI)
Fecha de presentación: 4-Septiembre-2014

  - Justicia
Con Opinión de  - Derechos de la Niñez
Aplicar esta ley a los adolescentes que participen en un hecho que la ley señale como delito. Considerar como sujetos de esta ley, al defensor, al asesor jurídico y al testigo. Considerar a la concentración, la contradicción y la continuidad como principios rectores del Sistema Federal de Justicia para Adolescentes. Sustituir las atribuciones conferidas a la Secretaría de Seguridad Pública Federal a la Secretaría de Gobernación. Adicionar como derechos de los adolescentes y adultos jóvenes, el de respetar su dignidad e integridad física, psicológica y moral, así como el de sus derechos fundamentales. Sustituir la expresión ¿reintegración social¿ por ¿reinserción social¿. Facultar al Ministerio Público de la Federación para Adolescentes, para solicitar la medida de internamiento cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del adolescente o adulto joven en el juicio. Establecer los hechos que ameritan internamiento.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; y Ley Federal de Defensoría Pública.
Sustituir la expresión ¿conducta tipificada¿ por ¿hechos señalados¿.
Decreto por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes; y se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se adiciona la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y se reforma la Ley Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012.
Establecer que el presente decreto recoge el sistema procesal penal acusatorio. Modificar la entrada en vigor del Decreto, misma que será de forma gradual.
Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 4-Septiembre-2014
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 1006 de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI) Suscrita por los diputados Luisa María Alcalde Luján (MC), Claudia Delgadillo González (PRI) y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Prohibir el obligar a los trabajadores a firmar documentos en blanco, o de cualquier otro medio que implique renuncia de derechos o imponga obligaciones al trabajador. Establecer que en caso de que suceda, el trabajador podrá acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo local o federal a denunciar el hecho. Asentar que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o la Inspección del Trabajo local o federal conservará en secreto dicha denuncia para el caso de que fuere necesario aportarla como elemento probatorio preconstituido. Estatuir que en caso de que el trabajador sea despedido, el documento de renuncia que haya sido denunciado en los términos de este párrafo no tendrá valor probatorio. Considerar como documentos falsos aquellos que, a petición del patrón o de sus representantes, hayan sido firmados en blanco por el trabajador. Establecer que las sanciones previstas para la utilización de los documentos falsos, se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda derivar de estos hechos. Aprobada
con fecha 9-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2014
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40 Bis y 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología y 8° de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Suscribe: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2014

Unidas  - Ciencia y Tecnología
- Transparencia y Anticorrupción
Precisar que tanto Instituciones de Educación Superior como otras entidades paraestatales de la Administración Pública Federal que tengan como objeto predominante realizar actividades de investigación científica y tecnológica, podrán crear unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, así como la promoción de alianzas estratégicas con los sectores público y privado. Establecer que los servidores públicos que lleven a cabo diversas actividades de investigación, desarrollo o innovación científica o tecnológica, podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y social, y recibir algunos beneficios. Aprobada
con fecha 11-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2014
4   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.


Suscribe: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI) Suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 4-Diciembre-2014

  - Justicia
Armonizar la normatividad de la Procuraduría General de Justicia del D. F. y adecuar su estructura organizacional con el fin de adaptarlas a las reformas a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas el 8 de junio de 2008, cuyo principal objeto fue la transformación del Sistema de Justicia Penal, de uno con características mixto a uno adversarial o de corte acusatorio y oral, a efecto de que en éste prevalezca el respeto a los derechos humanos y atender esta transformación dentro del plazo de ocho años para que todas las instituciones involucradas realicen adecuaciones a los ordenamientos jurídicos, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, establecido dentro del artículo segundo transitorio del citado decreto. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2015