INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer el derecho de acceso a la banda ancha, para disfrutar de los servicios de telecomunicaciones, particularmente el de transmisión de audio, video y datos, denominado Internet. El Estado promoverá las condiciones necesarias para que el acceso universal a la banda ancha sea efectivo y de calidad. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2013
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Transparencia y Anticorrupción
Con Opinión de  - Desarrollo Municipal
Establecer que las cuentas públicas de las entidades federativas y municipios se presentarán a los órganos de fiscalización local, durante el primer trimestre del año siguiente al ejercicio del que se trate y los cuales presentarán un informe de resultados a las legislaturas locales. Facultar al Consejo Nacional de Armonización Contable para establecer normas y formatos para homogenizar la integración de la información mínima de las cuentas públicas y la presentación de los informes de resultados. La información será pública y deberá difundirse. Implementar el Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública, que esté a cargo de los órganos de fiscalización locales, en el que se consideren los apartados de gestión financiera, política recaudatoria, política del gasto, administración de fondos federales, cumplimiento de metas, monto cuantificable de las observaciones relevantes y de las solventadas, y pendientes de años anteriores. Establecer que el Consejo elaborará y difundirá un informe final nacional dirigido a la ciudadanía en donde se concentre la información con los resultados de la aplicación del Sistema por parte de cada órgano fiscalizador local. Crear el Fondo de Aportaciones para el Estímulo del Buen Gobierno de Entidades Federativas, Municipios y Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, mismo que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación y se distribuirá tomando como base los resultados aprobatorios de la aplicación del Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública. Se establece que el Fondo se distribuirá en un 60 por ciento entre las entidades federativas y un 40 por ciento entre los municipios y órganos político- administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y los recursos serán utilizados para la inversión en infraestructura física, así como la adquisición de bienes para el equipamiento de las obras existentes, los relacionados con conectividad y acceso a la información en planteles educativos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 19-Febrero-2013
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6°, 65 y 67 de la Ley General de Educación.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN) Suscrita por la Dip. María Beatriz Zavala Peniche (PAN).
Fecha de presentación: 12-Marzo-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer la prohibición de condicionar los servicios educativos prestados por el Estado, al pago de cuotas, la entrega de dádivas o cualquier otra contraprestación en dinero o en especie. Establecer entre los derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela de un menor, la colaboración con las autoridades escolares para la superación de los educandos y en el mejoramiento de los establecimientos educativos, de manera voluntaria y denunciar ante la autoridad correspondiente la mala utilización de las aportaciones voluntarias que se realicen. Incluir entre el objeto de las asociaciones de padres de familia, el informar periódicamente sobre el uso y destino de las aportaciones recolectadas. Desechada (art. 89)
con fecha 2-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2013
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Justicia
Agregar a las especies acuáticas protegidas declaradas en veda el ¿pepino de mar¿ e imponer pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente lo capture, transforme, acopie, transporte o dañe. Aprobada
con fecha 7-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, tendrá como uno de sus fines el fomentar, inculcar y desarrollar mediante la enseñanza desde la educación básica la comprensión y práctica de la música para fortalecer el proceso educativo, cognitivo, social y cultural. Desechada
con fecha 3-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN) Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) y Raúl Paz Alonzo (PAN)
Fecha de presentación: 3-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Especificar que en una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre las aguas y que, en el caso de las tierras, los mismos podrán adquirirlas cuando sean para uso exclusivo de vivienda sin fines comerciales. Aprobada
con fecha 23-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 3-Abril-2013
7   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Planeación.


Adherente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 3-Abril-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Hacienda y Crédito Público
Considerar en la planeación la ¿Agenda Estratégica Nacional¿, que definirá la visión del país con una perspectiva de largo plazo, a un horizonte de 30 años, con el objeto de elevar la calidad de vida de los mexicanos y generar mejores condiciones de desarrollo para el país. La Agenda Estratégica Nacional deberá contener, entre otros puntos: el diagnóstico de las condiciones de desarrollo del país, identificación de fortalezas, áreas de oportunidad, necesidades y situaciones críticas o de atención prioritaria; identificación de vocaciones productivas; reconocimiento de tendencias locales y extranjeras en materia económica y productiva; crecimiento y dinamismo poblacional esperado en base a la información que al respecto emita el Consejo Nacional de Población; necesidades en materia de infraestructura, servicios y otras áreas estratégicas; definición de objetivos, estrategias y prioridades de desarrollo para el país. Obligar a los estados a elaborar agendas estratégicas, planes y programas que se adecuen a la Agenda Estrategica Nacional. Asimismo el Plan Nacional de Desarrollo se apegará a la Agenda. Se establece que la Agenda deberá actualizarse cada diez años, y de manera extraordinaria cuando lo determine el Ejecutivo Federal. Desechada (art. 89)
con fecha 10-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 2-Abril-2013
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Puertos.


Suscribe: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

Unidas  - Marina
- Transportes
Establecer que la protección marítima estará a cargo de la Secretaría de Marina, a través de la Armada de México. Crear el Centro Unificado para la Atención de Incidentes Marítimos y Portuarios (Cumar), como un grupo de coordinación interinstitucional que une los esfuerzos entre las capitanías de puerto y los mandos de la Armada de México, para garantizar la protección marítima; así como, para la atención eficaz de incidentes marítimos y portuarios, además de cumplir con sus propias responsabilidades administrativas. Incluir en el Capítulo III ¿De la Autoridad Portuaria,¿ una sección primera, denominada ¿De la Protección Marítima¿, con el objeto de establecer la organización y funciones del Cumar. Considerar como obligación de los administradores portuarios, proporcionar a la capitanía de puerto, al mando de la Armada de México y al Cumar, la información que les sea requerida, así como tomar en cuenta sus recomendaciones para mantener los niveles de protección. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.


Proponente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Transportes
Establecer la definición de ¿equipaje facturado¿, entendido como el equipaje custodiado por el concesionario y para el cual se emite un talón de equipaje. Incrementar de ¿40¿ a ¿80¿ salarios mínimos, la indemnización correspondiente por la destrucción, avería o pérdida del equipaje de mano. Establecer que la indemnización para el caso del equipaje facturado será de 200 salarios mínimos. Se establece el procedimiento para la indemnización, cuando el valor del equipaje facturado sea mayor a 200 salarios mínimos. Eliminar al Código Civil para el Distrito Federal como legislación aplicable en materia de navegación aérea civil. Aprobada
con fecha 20-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2013
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 5º. y 7º. de la Ley del Servicio Militar.


Proponente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Defensa Nacional
Prever que en el servicio de las armas nacionales se ofrezca un curso de instrucción militar y uno de capacitación en materia de protección civil. De la misma forma, instrumentar el servicio en la Guardia Costera en el que se brinden dichos cursos. Los integrantes que aprueben el curso podrán ser candidatos para integrarse al servicio militar activo o, en su caso, al servicio de la Armada de México. Especificar que en caso de emergencia, la Primera y Segunda Reserva, así como la Guardia Nacional, o Guardia Costera Nacional, según corresponda, tendrán que reportarse al cuartel que le corresponda y ponerse al servicio de la patria. Prever que en los territorios costeros nacionales el servicio militar se podrá prestar en las unidades de la Armada de México por un año, por los mexicanos quienes tengan 18 años de edad; hasta los 30 años, en la Primera Reserva de la Guardia Costera; hasta los 40 años, en la Segunda Reserva de la Guardia Costera; hasta los 45 años, en la Guardia Costera Nacional; además que las clases y oficiales servirán en la Primera Reserva hasta los 33 y 36 años, respectivamente, y hasta los 45 y 50 en la Segunda Reserva de la Guardia Costera. Desechada (art. 89)
con fecha 2-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2013