INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Suscribe: Reza Gallegos Rocío Esmeralda (PAN) Presentada por la Dip. Rocío Esmeralda Reza Gallegos (PAN) |
Fecha de presentación: 6-Mayo-2015 - Atención a Grupos Vulnerables |
Establecer que las niñas, niños y adolescentes con discapacidad, recibirán la protección necesaria para el ejercicio igualitario de todos sus derechos en términos del principio del interés superior de la niñez. Incorporar la definición de las medidas de inclusión o nivelación. Señalar que las acciones o medidas afirmativas que buscan promover la igualdad real de oportunidades de las personas con discapacidad, no serán consideradas discriminatorias. Asentar la obligación de las dependencias y entidades del Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y de los Municipios, de adoptar medidas de inclusión o nivelación, y de establecer los ajustes razonables y el diseño universal para garantizar la integración social de niñas, niños y adolescentes con discapacidad. Indicar los principios que deberán observar las políticas públicas en el respeto a la evolución de las facultades de las niñas y los niños y adolescentes, de derecho a la identidad. | Desechada (art. 89)
con fecha 17-Julio-2015 Publicación en Gaceta: 12-Mayo-2015 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 y se agrega un título décimo tercero a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Suscribe: Reza Gallegos Rocío Esmeralda (PAN) Presentada por la Dip. Rocío Reza Gallegos (PAN) |
Fecha de presentación: 3-Junio-2015 - Seguridad Pública |
Establecer especificaciones para el caso de que se use la fuerza pública. Crear un Título con el objeto de establecer los principios a los que deberá ceñirse el uso de la fuerza pública, que deberá emplearse siempre que no haya otros medios más eficaces para garantizar el logro del objetivo legítimo de las Instituciones de Seguridad Pública. Definir el uso de fuerza letal. Estipular las obligaciones y responsabilidad de las instituciones y de los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública en el uso de la fuerza. | Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015 Publicación en Gaceta: 8-Junio-2015 |