INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Adherente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN y PRD |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a las Actividades que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones. Eliminar las definiciones de ¿Red pública de telecomunicaciones¿, ¿Red de telecomunicaciones¿ y ¿Equipo terminal de telecomunicaciones¿. Suprimir las excepciones al pago de IEPS establecidas para la telefonía rural, y la obligación del Servicio de Administración Tributaria para dar a conocer en su página electrónica el listado de las poblaciones con servicio de telefonía rural, exceptuados del pago del IEPS. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
2 Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 - Puntos Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley relativa al Sistema Nacional de Evaluación de los Servidores Públicos de Elección Popular aplicable en los tres órdenes de gobierno, así como la participación del sector social y privado en dicha evaluación. Prever que el presidente de la República, los gobernadores de las entidades federativas, jefe de gobierno del Distrito Federal, senadores de la República, los diputados federales, los diputados a las legislaturas locales integrantes de los ayuntamientos, y autoridades delegacionales del Distrito Federal, serán considerados como servidores públicos de elección popular para efectos de las responsabilidades administrativas. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
3 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 141 Bis al Código Penal Federal. Suscribe: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 - Justicia |
Agregar el tipo penal consistente en realizar actos contra las personas, las cosas, servicios públicos o privados, que perturben la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, utilizando sustancias tóxicas, inflamables, explosivas; imponiendo de 5 a 7 años de prisión, sin derecho a libertad provisional bajo caución y sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten; incrementar en dos terceras partes la pena cuando dicha conducta se realice utilizando elementos que impidan total o parcialmente la identificación de las características fisonómicas del sujeto activo. | Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
4 Proyecto de decreto Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Suscribe: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN y PRD |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a las Actividades que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones. Eliminar las definiciones de ¿Red pública de telecomunicaciones¿, ¿Red de telecomunicaciones¿ y ¿Equipo terminal de telecomunicaciones¿. Suprimir las excepciones al pago de IEPS establecidas para la telefonía rural, y la obligación del Servicio de Administración Tributaria para dar a conocer en su página electrónica el listado de las poblaciones con servicio de telefonía rural, exceptuados del pago del IEPS. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013 |
5 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Adherente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Incrementar de ¿$0.35¿ a ¿$0.90¿ la cuota por cigarro enajenado o importado. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013 |
6 Proyecto de decreto que expide la Ley de Manifestaciones Públicas en el Distrito Federal. Adherente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) |
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013 Unidas - Distrito Federal - Derechos Humanos Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las manifestaciones públicas que se realicen en la Ciudad de México, estableciendo las bases para el buen uso de los bienes de dominio público y asegurando el pleno respeto de los derechos y las libertades de terceros. Establecer como obligación de los ciudadanos el dar aviso a la Secretaría de Seguridad Pública del DF sobre las manifestaciones que realizarán, con el propósito de que la autoridad trace rutas alternas, elabore planes en caso de que se presente alguna contingencia y preste servicios básicos a los participantes. Prever que la autoridad competente podrá impedir la celebración de manifestaciones atendiendo a factores de riesgo medioambientales y de protección civil, así como cambiar el recorrido de las manifestaciones por motivos de orden público. Prohibir el bloqueo de vías primarias y el desarrollo de manifestaciones en vialidades de un solo carril. Establecer los horarios para la realización de las manifestaciones. Determinar que los miembros de la Secretaría de Seguridad Pública local recibirán capacitación sobre derechos humanos antes de ser asignados a la difícil tarea de controlar manifestaciones públicas. Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública del DF para disolver cualquier manifestación si los participantes alteran el orden público. Imponer sanciones económicas y/o arresto administrativo a quien contravenga lo dispuesto por la ley, como a quienes dañen bienes que sean propiedad de la federación, del DF o de los particulares. | Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015 Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013 |
7 Proyecto de decreto que reforma los artículos 2°, 26 y 31, y adiciona un artículo 43 Bis a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Proponente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Energía |
Establecer que en el suministro de energía eléctrica de uso doméstico, la justicia distributiva y la solidaridad serán principios orientadores, con el objeto de garantizar a las personas, en razón de su necesidad, del disfrute del servicio público de energía eléctrica, evitar su exclusión social y la afectación de sus derechos humanos a la salud y la vida. Señalar que la suspensión del suministro de energía eléctrica deberá efectuarse por falta de pago oportuno de la energía eléctrica durante un periodo normal de facturación, salvo en las localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de treinta y tres o más grados centígrados o, en su caso, las que se consideren de altas temperaturas, donde la Comisión Federal de Electricidad podrá determinar no suspender el suministro de energía eléctrica y otorgar un plazo mayor para realizar el pago cuando se trate de usuarios en condición vulnerable y que por causa humanitaria se considere adoptar esta medida. Asentar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de las Secretarías de Energía, y de Economía, y a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, determinará los subsidios respectivos en el servicio de suministro de energía eléctrica. Determinar la obligación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de fijar tarifas especiales en horas de demanda máxima, demanda mínima o una combinación de ambas; además de las tarifas especiales considerando las mediciones termométricas de las diversas regiones del país, principalmente durante la temporada de verano, a efecto de garantizar el suministro de energía eléctrica. Indicar que las tarifas especiales sólo podrán ser modificadas para beneficio de los usuarios y que los subsidios que se fijen para el servicio público de energía eléctrica en estados, municipios o regiones del país, no podrán ser inferiores en términos reales a los aprobados en el año inmediato anterior y deberán ser aplicados durante los mismos periodos en que fueron otorgados en el año inmediato anterior. Establecer la aplicación de tarifa especial equiparable a la de uso doméstico a las organizaciones de la sociedad civil que se ajusten a lo dispuesto en cuyas actividades objeto de fomento y obligaciones se ajusten a la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil. Prescribir que las tarifas que se fijen para uso comercial y para uso industrial, así como los periodos u horarios de punta de éste último, deberán considerar los impactos en la competitividad, productividad y en el fomento al empleo en dichos sectores, principalmente en las regiones o localidades consideradas de altas temperaturas de acuerdo a las mediciones termométricas. Indicar la obligación de establecer un recurso en el Reglamento Interior de la Comisión Federal de Electricidad para que el usuario pueda impugnar los montos contenidos en la facturación del servicio, cuando éste considere que existe alguna irregularidad o cobro excesivo, debiendo resolverse en el tiempo más breve que proceda y señalar el órgano competente para resolver el recurso con atención a los principios de sencillez, rapidez y transparencia en su desahogo. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013 |
8 Proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación. Proponente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2013 - Educación Pública y Servicios Educativos |
Mandatar a las autoridades educativas, a fin de que procuren la equidad entre regiones y entidades federativas, en el desarrollo de programas con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos preferentemente a los estudiantes que enfrenten condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la educación. Asimismo, no se podrán realizar reducciones presupuestarias a las actividades a cargo de las autoridades educativas, salvo en los supuestos que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la opinión de la Cámara de Diputados. | Desechada
con fecha 4-Marzo-2014 Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013 |
9 Proyecto de decreto que reforma los artículos 62, 63 y 70 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Adherente: de la Rosa Anaya Andrés (PAN) |
Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013 - Transportes |
Los concesionarios a que se refiere esta ley están obligados a proteger a los usuarios en los caminos y puentes por los daños que puedan sufrir con motivo de su uso. Asimismo, los permisionarios de autotransporte de pasajeros y turismo serán responsables de la seguridad de los viajeros y su equipaje por los daños que sufran con motivo de la prestación del servicio, para ello estarán obligados a tomar medidas de seguridad y preventivas para asegurar dicho fin. | Desechada
con fecha 11-Marzo-2014 Publicación en Gaceta: 26-Noviembre-2013 |