INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Ley General de Salud. Adherente: Sánchez Ruíz Mario (PAN) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012 - Salud |
Incluir a la salud sexual y reproductiva, en particular, la prevención, detección oportuna y atención de cáncer de mama y cervicouterino como materia de salubridad general. | Desechada
con fecha 7-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Sánchez Ruíz Mario (PAN) A nombre propio y de diversos diputados del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 23-Octubre-2012 - Puntos Constitucionales |
Eliminar la figura del fuero, la de declaración de procedencia o desafuero y la de juicio político. Crear el Tribunal Federal de Rendición de Cuentas de los Servidores Públicos como órgano constitucional autónomo encargado de procesar las faltas u omisiones de los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que la Constitución otorgue autonomía. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 13 de la Ley General de Educación. Adherente: Sánchez Ruíz Mario (PAN) |
Fecha de presentación: 25-Octubre-2012 - Educación Pública y Servicios Educativos Con Opinión de - Derechos de la Niñez |
Establecer el acceso a la educación de los menores con discapacidad visual y lograr que la educación les sea asequible a todos los niños y jóvenes discapacitados e incluya material educativo apropiado para su discapacidad. Determinar la obligación de producir y actualizar libros de texto en braille en un número suficiente. Especificar en los censos de educandos el número de niños con discapacidad. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2012 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Sánchez Ruíz Mario (PAN) |
Fecha de presentación: 25-Octubre-2012 - Puntos Constitucionales |
Determinar que toda persona tiene derecho al acceso universal a la conectividad de redes digitales, conforme la Ley lo establezca. | Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: -- |
5 Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco. Adherente: Sánchez Ruíz Mario (PAN) |
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012 - Salud |
Establecer como una excepción que salva la prohibición de comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco; el caso de los dispositivos coadyuvantes en la reducción del consumo del tabaco, como el cigarrillo electrónico, siempre que cumplan las normas sanitarias. | Desechada
con fecha 19-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012 |
6 Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal. Suscribe: Sánchez Ruíz Mario (PAN) |
Fecha de presentación: 20-Diciembre-2012 - Hacienda y Crédito Público |
Facultar a la Sociedad Hipotecaria Federal para promover, coordinar y supervisar el establecimiento de un sistema nacional de hipotecas inversas, tendiente a brindar facilidades a los adultos mayores para contratar con las entidades financieras autorizadas, los instrumentos reconocidos legalmente para este fin, que les permitan convertir su vivienda en dinero en efectivo, el cual podrá ser entregado en pagos periódicos, o durante toda la vida, bajo las siguientes condiciones: que el prestatario, sea dueño de un bien inmueble libre de gravámenes y tenga mínimo 60 años; que las entidades financieras informen a los adultos mayores interesados, los instrumentos con los que cuentan; que la vivienda, sea tasada a valor comercial al inicio y término de la operación; que en caso de contratar la hipoteca inversa para todo lo que le reste de vida al prestatario, exista la posibilidad de que sus herederos decidan, de acuerdo al tiempo y condiciones en que deje de pagarse la cantidad estipulada, si negocian con la entidad financiera para quedarse con la vivienda, el pago de la cantidad que ya se haya entregado al prestatario al momento de su fallecimiento, incluyendo comisiones, intereses y seguros, así como los impuestos que se generen; el prestador no podrá embargar ni rematar otros bienes del prestatario, ni de sus herederos; el prestatario estará obligado, a conservar la vivienda en las mejores condiciones, considerando para esto, un porcentaje de los recursos pactados y brindar la posibilidad de instrumentar hipotecas inversas sobre cualquier otro bien inmueble, distinto al de la vivienda habitual del solicitante. | Desechada (art. 89)
con fecha 14-Junio-2013 Publicación en Gaceta: 20-Diciembre-2012 |