INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.


Proponente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2012

Unidas  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Cultura y Cinematografía
Establecer que en el Presupuesto de Egresos aprobado anualmente por la Cámara de Diputados se destinarán recursos específicos para garantizar el rescate, restauración, conservación y mejora de las ciudades mexicanas declaradas Patrimonio Mundial de la Humanidad. Desechada
con fecha 20-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social.


Suscribe: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer en la Ley que las relaciones de trabajo se regirán bajo el principio de recíproca solidaridad, por el que los patrones atenderán siempre a la aspiración y legítimo derecho de los trabajadores a alcanzar una vida digna, mientras que los trabajadores realizarán el esfuerzo necesario para lograr la conservación del centro de trabajo bajo regímenes de sustentabilidad y eficiencia. Considerar que el trabajo es un derecho humano universal y un deber social. Impedir la discriminación laboral por motivo de edad, género, raza, origen étnico, credo religioso, doctrina política, opiniones, condición social, discapacidades, estado civil, preferencia sexual, maternidad, nacionalidad, condición migratoria o cualquier otro criterio que pueda anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el trabajo u ocupación. Fortalecer la libertad de organización de los trabajadores y generar condiciones adecuadas para la existencia de representaciones sindicales democráticas, obligadas a rendir cuentas a los agremiados. Establecer la figura de la subcontratación y sus características, así como considerar el impedimento a la simulación y elusión en el cumplimiento de los derechos para los trabajadores que prestan sus servicios bajo este régimen. Considerar que en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado, podrá establecerse un periodo de prueba, el cual no podrá exceder de 30 días, a efecto de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y capacidades necesarias para desarrollar el trabajo. Erradicar el trabajo infantil, salvaguardando el derecho de los menores de 14 años para desempeñar actividades remuneradas, de carácter artístico y cultural, que contribuyan al desarrollo de sus capacidades, por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación con las autoridades del trabajo de las entidades federativas, desarrollarán programas que permitan identificar y erradicar el trabajo infantil. Establecer mecanismos e incentivos para agilizar la justicia laboral, eliminar intermediarios y sancionar el incumplimiento de las obligaciones de las autoridades del trabajo. Impulsar el trabajo de los jóvenes, mediante la creación de incentivos de seguridad social a las empresas que los contraten.

Ley del Seguro Social. Establecer el seguro de desempleo dentro del régimen obligatorio, considerando un ingreso mensual para el trabajador, cuando por causas ajenas a su voluntad cese su relación laboral con el patrón, hasta por un periodo de seis meses. El seguro incluye prestaciones económicas y de enfermedades y maternidad al trabajador desempleado y sus derechohabientes hasta por un lapso de seis meses.
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2012
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM) Suscrita por los los diputados integrantes de su partido.
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Facultar a las Cámaras, a pedido de una tercera parte de sus miembros, y mediante la aprobación del pleno de la Cámara correspondiente, para integrar comisiones para investigar cualquier asunto de interés nacional y del Distrito Federal, dentro de las atribuciones concedidas al Congreso de la Unión en esta materia. Establecer los supuestos y condiciones en que funcionarán dichas comisiones. Obligar a todos los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal, del Distrito Federal y los órganos autónomos a prestar a las comisiones de investigación el apoyo que les requieran y proporcionarles la información y documentación que les soliciten, aún la clasificada por la ley como reservada, confidencial, secreta o restringida. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Ampliar los periodos ordinarios de sesiones, a efecto de que el primer periodo ordinario empiece el ¿1o. de agosto¿ y no el ¿1o. de septiembre¿; y el segundo período ordinario empiece el ¿1o. de enero¿ y no el ¿1o. de febrero¿ y concluya el ¿15 de junio¿ y no el ¿30 de abril¿, como se establece actualmente. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley Minera.


Proponente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Economía
Establecer que la Secretaría de Economía no podrá otorgar concesiones mineras, sin que el interesado acredite que cuenta con la autorización en materia de impacto ambiental correspondiente. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 34 Bis y 75 de la Ley General de Educación.


Proponente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 6-Noviembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que las autoridades educativas deben promover medidas adecuadas para suprimir los obstáculos que limitan el acceso a la educación, en especial, de las niñas menores embarazadas, a quienes otorgarán las facilidades académicas del caso y vincularán con el sector salud para dar el seguimiento requerido. Señalar que el embarazo y la maternidad no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Prescribir como infracción de quienes prestan servicios educativos el negar la educación y el acceso a los centros educativos a menores embarazadas, así como la no vinculación de los casos registrados con el sector salud. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2012
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 49 de la Ley General de Educación


Adherente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Incluir entre los fines de la educación que brinda el Estado, la promoción de la educación cívica y establecer que el proceso educativo se basará en los valores del civismo que garanticen la convivencia pacífica, armónica, solidaria y socialmente útil. Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Adherente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM) Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Jesús Murillo Karam (PRI
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Incluir en la Ley disposiciones normativas relativas al trabajo de minas en la República Mexicana, de prospección, preparación, exploración y explotación, sean minas subterráneas, de arrastre, tajos a cielo abierto, tiros inclinados y verticales, así como la extracción en cualquiera de sus modalidades. Se establece la prohibición del trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros, así como el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, que no cuentan con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras. Obligar al patrón a contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas e implementar un registro y sistema que permita conocer los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como la ubicación de las mismas. Establecer la pena corporal y pecuniaria a los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, que dolosamente o por culpa grave omita implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, de 3 a 6 años de prisión y multa de hasta 5,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando por la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores; y de 6 a 9 años de prisión y multa de hasta 10,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores, por la realización de trabajos de extracción de carbón, mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras. Aprobada
con fecha 11-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
9   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 49 de la Ley General de Educación.


Adherente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo el desarrollo e implementación de programas y acciones para prevenir, detectar y atender el acoso escolar o cualquier otra forma de maltrato físico y/o psicológico entre y hacia los estudiantes, que incluyan a todos las personas involucradas en el entorno escolar, a fin de impulsar el derecho a una educación libre de violencia. Incluir el principio de la tolerancia a las bases del proceso educativo. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2012