INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 4-Febrero-2014 - Puntos Constitucionales |
Se propone que para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenten con título de Posgrado y aumenta a 7 años los supuestos planteados en la fracción VI | Desechada
con fecha 22-Abril-2014 Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2014 |
2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 4-Febrero-2014 - Puntos Constitucionales |
Se propone que para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenten con título de Posgrado y aumenta a 7 años los supuestos planteados en la fracción VI | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2014 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 4-Febrero-2014 - Puntos Constitucionales |
Reorganizar la integración del Consejo de la Judicatura Federal de la siguiente manera: de los siete miembros, tres serán designados por el Senado de la República (en ningún caso podrán ser miembros del Poder Judicial Federal, Estatal o del Distrito Federal ni haberlo sido cuando menos tres años antes al día de su nombramiento) y cuatro por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (dos serán magistrados de circuito y dos jueces de distrito, electos por insaculación). El presidente del Consejo será designado por el pleno del mismo. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014 Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2014 |
4 Proyecto de decreto que reforma los artículos 17, 18 y 80 de la Ley Agraria. Proponente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 6-Febrero-2014 - Reforma Agraria |
Establecer que el ejidatario tiene la facultad de designar a quien deba sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario, para lo cual bastará que el ejidatario formule una lista de sucesores en el que consten los nombres de las personas y la forma en cómo quedará repartida la unidad de dotación entre los herederos designados por el ejidatario. Señalar que la adjudicación deberá hacerse de acuerdo al porcentaje de tierra que se haya designado para cada heredero de los derechos agrarios a su fallecimiento y que a falta de disposición expresa, se aplicarán supletoriamente las normas del Código Civil Federal vigente. Asentar que los derechos agrarios se transmitirán siguiendo las normas de la sucesión legítima como lo establece el Código Civil Federal cuando el ejidatario que no haya hecho designación de sucesores, o cuando ninguno de los señalados en el testamento no pueda heredar por imposibilidad material o legal. Derogar el orden de preferencia establecido para cuando el ejidatario no haya hecho designación de sucesores, o cuando ninguno de los señalados en la lista de herederos pueda heredar por imposibilidad material o legal. Indicar que los ejidatarios podrán enajenar en todo o en partes sus derechos parcelarios, a su esposa o concubina, a sus hijos, o a otros avecindados del mismo núcleo de población y que para la validez de esta enajenación bastará la conformidad por escrito de las partes ante dos testigos y la notificación que se haga al Registro Agrario Nacional, el que deberá expedir sin demora los nuevos certificados parcelarios. Por su parte el comisariado ejidal deberá realizar la inscripción correspondiente en el libro. Indicar que el cónyuge y los hijos del ejidatario, gozarán del derecho del tanto, el cual deberán ejercer en un término de treinta días naturales contados a partir de la notificación, a cuyo vencimiento caducará tal derecho si no hiciere la notificación la venta podrá ser anulada | Desechada
con fecha 25-Febrero-2014 Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2014 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 69-E de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Adherente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) A nombre de Diputados integrantes de la Comisión Especial de Programas Sociales. |
Fecha de presentación: 5-Marzo-2014 Unidas - Transparencia y Anticorrupción - Presupuesto y Cuenta Pública |
Adicionar como atribuciones de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la de dictaminar las reglas de operación de los programas que deban sujetarse a éstas y la de aplicar sanciones administrativas, en el ámbito de su competencia, por el incumplimiento a los ordenamientos legales aplicables a la materia. Establecer los requisitos y conceptos que deberán contener las reglas de operación de los programas que implementen las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal. | Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 11-Febrero-2014 |
6 Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 Bis-6 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Adherente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 5-Marzo-2014 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que los intereses en los créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a una tarjeta que las entidades financieras otorguen, sólo podrá cobrarse sobre los saldos diarios insolutos comprendidos dentro del período de cálculo de intereses del estado de cuenta de que se trate sin que excedan del 12 por ciento anual. | Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2014 |
7 Proyecto de decreto que reforma los artículos 5° y 6° de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Proponente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 11-Marzo-2014 - Derechos Humanos Con Opinión de - Juventud |
Establecer que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se integrará con un presidente, una secretaría ejecutiva, siete visitadores generales así como el número de visitadores adjuntos y personal profesional, técnico y administrativo necesario para la realización de sus funciones. Agregar a las atribuciones de la CNDH, la de atender, orientar y tratar los casos de las personas jóvenes que resulten de las investigaciones realizadas por los visitadores. | Desechada
con fecha 23-Septiembre-2014 Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2014 |
8 Proyecto de decreto Que reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal. Suscribe: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) De los diputados José Arturo Salinas Garza (PAN) y Marco Antonio González Valdez (PRI) y suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. |
Fecha de presentación: 13-Marzo-2014 - Hacienda y Crédito Público Con Opinión de - Fortalecimiento del Federalismo |
Se propone que los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, también sean utilizados para la apertura, rehabilitación y pavimentación de infraestructura carretera y caminos rurales. | Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2014 |
9 Proyecto de decreto que reforma los artículos 55, 82, 91 y 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PRI) |
Fecha de presentación: 19-Marzo-2014 - Puntos Constitucionales |
Agregar a los requisitos para ser Presidente, Secretario del Despacho, Diputado y Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no tener adicción a drogas u otras sustancias prohibidas en la ley, debiendo presentar los resultados de un examen practicado por una institución pública de salud ante el Instituto Federal Electoral para poder acreditarlo. | Desechada (art. 89)
con fecha 19-Diciembre-2014 Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2014 |
10 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal. Suscribe: Cárdenas Guízar Gabriel de Jesús (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN |
Fecha de presentación: 10-Abril-2014 - Hacienda y Crédito Público |
En la Ley General de Contabilidad Gubernamental: Establecer que las cuentas públicas de las entidades federativas y los municipios u órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán ser presentadas por las autoridades correspondientes a los respectivos órganos de fiscalización local, durante el primer trimestre del año siguiente al ejercicio del que se trate, en los términos establecidos en sus respectivas legislaciones locales y la presente ley. En la Ley de Coordinación Fiscal: Establecer un Fondo de Aportaciones para el Estímulo del Buen Gobierno de Entidades Federativas, Municipios y Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. |
Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 10-Abril-2014 |