INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma artículos 2°, 27, 28 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Arroyo Ruíz Alma Jeanny (PRI) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Establecer el reconocimiento de los pueblos y comunidades afrodescendientes o afromexicanas. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Arroyo Ruíz Alma Jeanny (PRI) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Establecer que la Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para elegir a sus autoridades y representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno, de acuerdo con sus normas, procedimientos, prácticas tradicionales y democráticas, incluyendo obligatoriamente la participación de las ciudadanas y ciudadanos, que en pleno uso de sus derechos político electorales decidan ejercerlos, buscando un esquema de paridad e incentivando dicha participación desde el inicio de los procedimientos de elección de renovación de autoridades hasta la ocupación y ejercicio del cargo, en un marco que respete el pacto federal. Señalar un plazo de 180 días, contados a partir de su publicación, para establecer como requisito de validez en las elecciones de renovación de las autoridades municipales, que se rigen bajo el sistema de usos y costumbres o sistemas normativos internos la participación de la mujer. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2013 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Adherente: Arroyo Ruíz Alma Jeanny (PRI) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que en coordinación con las entidades federativas establezca los lineamientos del registro de operaciones, para el caso de fallecimiento del titular, donde la institución de crédito deberá entregar el importe a quienes el titular hubiese designado expresamente y por escrito como beneficiarios; el cual, contendrá el nombre de la institución de crédito, tipo de operación bancaria y beneficiario, con el objetivo de que los registros civiles al expedir las actas de defunción incluyan los nombres de los beneficiarios de las operaciones, así como la institución de crédito donde será entregado el importe. Fijar multa de 5 mil a 20 mil días de salario a las instituciones de crédito que incumplan con lo dicho. Mandatar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores informe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el funcionamiento del registro, así como de los nombres de los beneficiarios que han acudido a la entrega del importe de las operaciones; establecer multa de 500 a 2000 días de salario en caso de incumplimiento. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013 |