INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 17, y 18 de la Ley Agraria. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRI) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013 - Reforma Agraria |
Establecer la igualdad de condiciones de hombres y las mujeres en calidad de titulares de derechos ejidales. Señalar que al sucesor o sucesores que reciban los derechos del ejidatario fallecido, corresponderá la obligación de proporcionar educación y alimentos a los hijos e hijas menores de 18 años no emancipados, hasta en tanto no cumplan la mayoría de edad, así como a los impedidos para trabajar por alguna discapacidad total, al padre o a la madre que dependan económicamente del fallecido y a la cónyuge, concubina o concubinario hasta no contraer nuevo matrimonio o concubinato | Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014 Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013 |
2 Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013 Unidas - Comunicaciones - Gobernación |
Agregar a las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: expedir las normas oficiales mexicanas en materia de telecomunicaciones, de aquellas relacionadas con el acceso seguro a internet por parte de niñas, niños y adolescentes, en establecimientos públicos; así como vigilar en coordinación con las autoridades de los estados, del Distrito Federal, de los municipios y de los órganos político-administrativos, el cumplimiento de las leyes y normas oficiales mexicanas en esta materia, y en su caso imponer las sanciones correspondientes. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013 |
3 Proyecto de decreto que expide la Ley General que Crea el Sistema Nacional de Registro de Menores Desaparecidos y Sustraídos. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRI) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013 Unidas - Justicia - Derechos de la Niñez Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de instaurar el Sistema Nacional de Registro Menores Desaparecidos, disponible para la Procuraduría General de la República, así como las Procuradurías Generales de Justicia así como del Menor y la Familia de las Entidades Federativas, a efecto de facilitar el reconocimiento de menores y las investigaciones relacionadas en los casos de desaparición y sustracción de menores. Establecer que el Sistema será administrado por la Procuraduría General de la República permitiendo en todo momento que las Procuradurías de las Entidades Federativas y las Secretarias tengan a su disposición acceso al Sistema para la identificación de los menores desparecidos. Prever que la información disponible en el Sistema únicamente tendrá los usos de identificación y localización de los menores desaparecidos. Establecer las sanciones para los funcionarios que hagan uso indebido de los datos de los menores. Prever que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 considerará partidas suficientes para la creación del Sistema Nacional de Registro de Menores Desparecidos. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013 |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) Suscrita por los diputados Carlos Octavio Castellanos Mijares y Rubén Acosta Montoya (PVEM) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer la aplicación de una tasa de 5 pesos por envase no reciclado por la enajenación o, en su caso, en la importación de envases fabricados con tereftalato de polietileno (PET) que cumplan la función de contener y proteger un producto para su distribución, comercialización y consumo, retornables o no retornables. Asentar que las personas físicas y las morales que lleven a cabo dentro del territorio nacional la enajenación o, en su caso, la importación definitiva de envases de PET o productos cuyo consumo implique el desecho de éstos, estarán obligadas a establecer los mecanismos necesarios para la adecuada disposición final y el reciclamiento de 2 de cada 4 envases. Señalar que sólo en caso de no realizarse la cuota de reciclamiento anterior, las personas físicas y las morales correspondientes, estarán obligadas al pago de la tasa por cada envase no reciclado. Prescribir que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendrá la obligación de establecer un mecanismo de control de producción y reciclamiento, a fin de que se pueda llevar a cabo la fiscalización correspondiente. Indicar que los recursos provenientes por la aplicación de esta cuota se destinarán de manera íntegra a la tecnificación y mejoramiento del control y manejo de residuos sólidos y rellenos sanitarios de los municipios con mayor grado de marginación. Establecer que No se pagará el impuesto establecido por las enajenaciones de los envases de PET, cuando su producción se lleve a cabo a partir de material reciclado o de re uso. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
5 Proyecto de decreto que reforma el artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Precisar que los diputados o senadores que falten en tres ocasiones consecutivas a las sesiones de un mes, sin causa justificada o sin previa licencia del Presidente de su respectiva Cámara, con la cual se dará conocimiento a ésta, renuncian a concurrir hasta el periodo inmediato, llamándose desde luego a los suplentes. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014 Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013 |
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Economía |
Facultar a la Procuraduría para emitir o canalizar solicitudes a las entidades públicas responsables de suministrar servicios públicos cuando considere que la omisión afecta colectivamente a los consumidores, cuando la falta de atención constituya un elemento que presuma como parte del problema. Establecer el indicador de las empresas más castigadas en los criterios para instaurar módulos de atención y orientación a los consumidores. Incorporar la realización de estudios, emisión de alertas, lineamientos o cualquier otra acción en la información que las empresas se encuentren obligados a proporcionar a la Profeco. Señalar la obligación de la Profeco para recibir de los proveedores, quejas, propuestas o denuncias respecto de los verificadores. Establecer la obligación de la Secretaría de Economía de atender la opinión de la Profeco en la formulación de la política pública relativa a la protección del consumidor. Disminuir los límites inferior y superior del rango de las multas ordinarias y el límite de la multa extraordinaria por contumacia. Establecer una metodología de cálculo y señalar las conductas, omisiones y circunstancias extraordinarias no imputables al proveedor en los que las sanciones podrían ser condonadas o conmutadas por actos que la Procuraduría estime que contribuyen al desarrollo de sus funciones por el inconveniente administrativo que le hubieren causado. Añadir el desarrollo de programas de capacitación al público sobre los derechos de los consumidores, acciones colectivas o aquellos en los que considere basado en las cantidades de las quejas, como medida de prevención y cultura del consumidor. Se plantea el primero de enero del cuarto año calendario del periodo correspondiente al Presidente de la República como fecha fija para el nombramiento del Procurador Federal del Consumidor. Establecer límites al Procurador así como la obligación de presentar una declaración patrimonial anualmente. Asentar la obligación de la Profeco de publicar su plan de trabajo bianualmente. Facultar a la Profeco para ordenar la suspensión de actividades a los proveedores que emitan información ilegal. Obligar a la Profeco a difundir a través de los canales de comunicación que actualmente utilice, los criterios y metodología para imponer, dejar sin efecto, reducir, modificarlas o conmutar las sanciones. Establecer un esquema de verificaciones encubiertas que evite que los proveedores eliminen o encubran evidencia. Señalar la obligación de que la Profeco a quien formule la queja. Disponer la facultad para que en el reglamento se señalen las circunstancias extraordinarias en las que se podrá tener tolerancia y flexibilidad para la impuntualidad ante imponderables como manifestaciones que obstruyan la vía pública. Disponer que para la exposición de pruebas por medio electrónico se puedan adoptar las medidas de seguridad que la Procuraduría señale con la finalidad de establecer procedimientos expeditos y seguros. Incorporar los casos que impliquen a menores de edad dentro del catálogo de los asuntos particularmente graves y aquellos en que se demuestre una duración de más de un año en agravio de los derechos de los consumidores. Incorporar la obligación de dar publicidad a los criterios de condonación, reducción o conmutación de multas. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013 |
7 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) A nombre propio y de la Dip. María de las Nieves García Fernández (PRI) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Salud |
Considerar al Programa Permanente de Farmacovigilancia como materia de salubridad general. Establecer la obligación del personal que preste sus servicios al Sistema Nacional de Salud, a participar en el Programa Permanente de Farmacovigilancia. Incluir de manera obligatoria al Programa Permanente de Farmacovigilancia, en los planes de estudios de determinadas profesiones relacionadas con la salud. Establecer que los establecimientos dedicados al proceso de medicamentos que contengan determinadas sustancias, deberán contar con una Unidad de Farmacovigilancia. Prohibir la transmisión concatenada de mensajes publicitarios de algún padecimiento, con algún producto destinado al tratamiento del mismo. Establecer que en los mensajes publicitarios de productos relacionados con la salud, se deberá incluir la información relacionada con las reacciones adversas que pueda causar. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
8 Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Trabajo y Previsión Social |
Eliminar de la legislación, la facultad del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestar. | Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
9 Proyecto de decreto Que reforma los artículos 4° y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales Con Opinión de - Medio Ambiente y Recursos Naturales |
Establecer disposiciones en materia de atención y prevención de enfermedades crónico-degenerativas, y de medio ambiente. Imponer gravámenes de acuerdo con el impacto ambiental causado. Facultar al Congreso de la Unión para establecer contribuciones sobre la distribución de alimentos y productos que carezcan de valor alimenticio o cuyo consumo represente un riesgo para la salud; así como sobre actividades comerciales o industriales que de acuerdo al impacto ambiental causado puedan ser perjudiciales para el medio ambiente. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
10 Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 Unidas - Trabajo y Previsión Social - Turismo |
Agregar a los días de descanso obligatorio, el segundo lunes de octubre en conmemoración del 12 de octubre. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013 |
11 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Prever que los organismos de salud pública que intervienen a favor del ofendido por las lesiones sufridas a consecuencia de un delito, puedan exigir el pago correspondiente a la reparación del daño. Los gastos generados en los hospitales públicos deberá cubrirlos el delincuente, para lo cual se harán llegar al Ministerio Público o al juzgador las facturas y notas emitidas por los mismos. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
12 Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Incorporar en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la obligación de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación se especifiquen, las medidas de disciplina y racionalidad a realizar para reducir el gasto y las metas de ahorro que se pretenden alcanzar anualmente; así como las responsabilidades de los ejecutores del gasto en materia de transparencia. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013 |
13 Proyecto de decreto que expide la Ley de Austeridad para Servidores Públicos de los Entes Públicos de la Federación. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) Suscrita por la Dip. Merilyn Gómez Pozos (MC) |
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013 Unidas - Hacienda y Crédito Público - Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer la remuneración total neta mensual de los servidores de los entes públicos de la Federación que ocupen cargos de ministro, magistrado y juez del Poder Judicial de la Federación, presidente de la República, diputados, senadores, secretarios de Estado, subsecretarios de Estado, directores generales u homólogos, entre los 21 y 38 salarios mínimos mensuales. Reducir la remuneración total de los altos servidores públicos, desde el presidente de la República, diputados y senadores hasta directores generales y puestos homólogos. Cancelar prestaciones extraordinarias, como servicios médicos privados, automóviles de lujo, seguros de separación individualizados y cajas de ahorro especiales, así como eliminar las plazas de secretarios particulares, privados y coordinaciones de asesores. Asentar como obligación de los servidores públicos presentar y hacer pública la declaración de situación patrimonial y de modificación a la misma, con oportunidad y veracidad y renunciar a obtener, por la realización de actividades inherentes a su cargo o su impacto, beneficios económicos o en especie para sí, su cónyuge, concubina o concubino, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales, de negocios o socios o empresas de las que el servidor público forme o haya formado parte. Prohibir pensiones a servidores públicos que no estén consideradas en la Ley del ISSSTE. Indicar los casos de los servidores públicos a quienes se les permitiría tener secretario particular. Prohibir la creación de plazas de secretario privado o equivalentes. Establecer los casos en los que se pueden sustituir los vehículos oficiales al uso de los servidores públicos federales. Establecer un tope máximo al costo de los vehículos para uso oficial de 110 salarios mínimos mensuales. Prohibir la contratación de servicios médicos privados para todos los servidores de los entes públicos de la federación. Considerar falta grave el incumplimiento de las disposiciones previstas en esta ley. Señalar que la responsabilidad administrativa será independiente de las de orden civil o penal que pudieran derivar de la violación de este ordenamiento. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013 |
14 Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria de los artículos 2o., 6o., 7o., 27, 28 y 105 constitucionales en materia de Derechos al Libre Acceso a la Información, las Tecnologías de la Información y la Comunicación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013 Unidas - Comunicaciones - Radio y Televisión Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública - Asuntos Indígenas |
Establecer las normas generales bajo las cuales el Estado garantizará los derechos al libre acceso a la información; a la búsqueda, recepción y divulgación de información e ideas; los derechos de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, y el derecho a los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones convergentes, con carácter de servicios de interés general que se prestarán en condiciones de competencia efectiva entre operadores, sujetos a las políticas públicas de inclusión digital universal que permitan la integración de la población nacional a la sociedad de la información y el conocimiento. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013 |
15 Proyecto de decreto que reforma artículos 2°, 27, 28 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Establecer el reconocimiento de los pueblos y comunidades afrodescendientes o afromexicanas. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2013 |
16 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Sansores Sastré Antonio (PRD) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Establecer que la Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para elegir a sus autoridades y representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno, de acuerdo con sus normas, procedimientos, prácticas tradicionales y democráticas, incluyendo obligatoriamente la participación de las ciudadanas y ciudadanos, que en pleno uso de sus derechos político electorales decidan ejercerlos, buscando un esquema de paridad e incentivando dicha participación desde el inicio de los procedimientos de elección de renovación de autoridades hasta la ocupación y ejercicio del cargo, en un marco que respete el pacto federal. Señalar un plazo de 180 días, contados a partir de su publicación, para establecer como requisito de validez en las elecciones de renovación de las autoridades municipales, que se rigen bajo el sistema de usos y costumbres o sistemas normativos internos la participación de la mujer. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2013 |