INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Aguilar Vega Marcos (PAN) Suscrita por diputados y senadores del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Transparencia y Anticorrupción
Establecer un Sistema Nacional Anticorrupción, dotado de un Comité Coordinador, encargado de coordinar esfuerzos para implementar políticas transversales en materia de control, prevención y disuasión de la corrupción y promoción de la integridad, en los términos que establezca la ley general que al efecto expida el Congreso de la Unión, conformado por mecanismos de control interno, de control externo y de sanción. En materia de control interno, el fortalecimiento de la actual Secretaría de la Función Pública en cuanto a la prevención, corrección, auditoría, investigación y sanción; es decir, reasumiendo todas las funciones que le fueron derogadas mediante la reforma a dicha ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013. En materia de control externo, que además de la Secretaría de la Función Pública, sean dos órganos más, absolutamente independientes del Poder Ejecutivo, los responsables de auditar el uso de los recursos públicos e investigar, con las más amplias facultades, posibles actos de corrupción: la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción, para lo cual se les otorgan facultades para recibir quejas y denuncias ciudadanas. Instaurar un Consejo Nacional para la Ética Pública, que estará encargado de garantizar la adecuada implementación de las políticas y programas desarrollados por el Comité Coordinador en sus respectivos órdenes de gobierno. Instaurar un Comité de Participación Ciudadana que será el órgano ciudadano mediante el cual se canalizarán los esfuerzos de las organizaciones de la sociedad civil, en su función de coadyuvar con las autoridades en el combate a la corrupción, conformada por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Establecer que cada Entidad Federativa reproduzca el sistema en su ámbito respectivo, bajo las bases establecidas en la Constitución y en la Ley General que regule el Sistema, debiendo observar además las políticas acordadas por el Sistema Nacional Anticorrupción. Facultar al congreso para legislar en materia de corrupción y para expedir leyes que instituyan el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sustituir a los tribunales contenciosos administrativos por el tribunal federal de justicia administrativa, como órgano facultado para conocer y dirimir controversias en la materia. Actualizar el nombre de la Auditoría Superior de la Federación. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2014
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Adherente: Aguilar Vega Marcos (PAN) Suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Facultar al Ejecutivo Federal y al gobierno de cada entidad federativa a celebrar convenios para coordinar o unificar las actividades educativas, así como para la creación de distritos escolares en los estados que atiendan particularidades de la población estudiantil local. Desechada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2014
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 21, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se adiciona el Artículo Transitorio Décimo Octavo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de febrero de 2014.


Adherente: Aguilar Vega Marcos (PAN)
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Profesionalizar a los integrantes de las instituciones de seguridad pública, incluyendo la mejora en calidad de vida y aumento de las percepciones. Fortalecer la profesionalización de los miembros de las instituciones de seguridad para establecer un perfil profesional tanto a los policías como a sus mandos así como impulsar y mejorar los procesos de ascenso del servicio de carrera. Garantizar su acceso a las diversas instituciones de seguridad pública. Permitir que las organizaciones de la sociedad civil colaboren en la evaluación, supervisión y control a las instituciones de seguridad pública. Crear una unidad dentro de la Fiscalía General de la República que esté especializada en investigación y persecución a los delitos cometidos por integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ejercicio y cumplimiento de sus funciones, cuyo régimen interior gozará de independencia técnica y de gestión. Desechada (art. 89)
con fecha 17-Junio-2015



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2014
4   Proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de Personas.


Suscribe: Aguilar Vega Marcos (PAN) Suscrita por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 2-Diciembre-2014

  - Justicia
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prevenir la desaparición de personas; establecer los tipos y punibilidades en materia de desaparición de personas; inhibir la práctica de la desaparición de personas, así como no permitir, ni tolerar ésta bajo ninguna circunstancia, incluyendo bajo situaciones de posible emergencia, peligro, disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra; sancionar a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición de personas, así como la tentativa de comisión del mismo; dar pleno reconocimiento y efectividad a los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, conforme a lo que a este respecto establece la normatividad aplicable; establecer las reglas básicas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas; y reparar el daño a las víctimas de desaparición de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida. Esta Ley se interpretará de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte, la jurisprudencia y recomendaciones de los órganos de protección de los derechos humanos creados por Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea Parte y en la Ley General de Víctimas, para lo que en su caso proceda, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de los derechos de las personas. Pendiente


Publicación en Gaceta: 2-Diciembre-2014
5   Proyecto de decreto que expide la Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas.


Suscribe: Aguilar Vega Marcos (PAN) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
Fecha de presentación: 2-Diciembre-2014

  - Justicia
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prevenir la desaparición de personas; establecer los tipos y punibilidades en materia de desaparición de personas; inhibir la práctica de la desaparición de personas, así como no permitir, ni tolerar ésta bajo ninguna circunstancia, incluyendo bajo situaciones de posible emergencia, peligro, disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra; sancionar a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición de personas, así como la tentativa de comisión del mismo; dar pleno reconocimiento y efectividad a los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, conforme a lo que a este respecto establece la normatividad aplicable; establecer las reglas básicas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas; y reparar el daño a las víctimas de desaparición de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida. Esta Ley se interpretará de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte, la jurisprudencia y recomendaciones de los órganos de protección de los derechos humanos creados por Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea Parte y en la Ley General de Víctimas, para lo que en su caso proceda, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de los derechos de las personas. Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 2-Diciembre-2014
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 5°, 9°, 73 y 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Establecer que la ley determinará cuáles son las profesiones que requieran de colegiación obligatoria para su ejercicio, así como las reglas para la coordinación entre las instituciones educativas y las autoridades federales y estatales en la materia. Asentar que la Ley determinará las profesiones cuyos egresados deberán afiliarse a los colegios profesionales. Facultar al Congreso para expedir la ley en materia de profesiones y colegiación obligatoria. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2014