INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Ley General de Salud. Adherente: Juan Marcos Issa Salomón (PRI) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012 - Salud |
Incluir a la salud sexual y reproductiva, en particular, la prevención, detección oportuna y atención de cáncer de mama y cervicouterino como materia de salubridad general. | Desechada
con fecha 7-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Proponente: Juan Marcos Issa Salomón (PRI) Suscrita por la diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Diciembre-2012 - Hacienda y Crédito Público |
Ley del Impuesto sobre la renta: Establecer el procedimiento aplicable a los adquirentes de desperdicios industrializables, a efecto de que los adquirentes puedan considerar como deducción la compra de dichos productos con el procedimiento de ¿Auto-facturación, excluyendo al Sector Primario. Establecer que cada adquirente que industrialice los materiales reciclables, que no exceda del 70% de estas compras, del total de materias primas que efectúen durante el ejercicio fiscal, podrá deducir hasta el 100 %. Facultar al Servicio de Administración Tributaria para autorizar a los adquirentes de desperdicios industrializables, la emisión de comprobantes, que serán utilizados únicamente para la adquisición de materiales reciclables. Establecer que la emisión de comprobantes deberá estar impresa y contener los requisitos que señale la ley. Liberar del requisito de que se emitan cheques que contengan el texto ¿Para abono en cuenta del Beneficiario¿ en los pagos por la adquisición de materiales reciclables. Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única: Estatuir que los contribuyentes personas físicas que enajenen los materiales reciclables, cumplan con el pago del Impuesto Empresarial a Tasa Única, a efecto que los adquirentes puedan llevar a cabo su deducción. Señalar el procedimiento de retención de impuestos que realice el adquirente al proveedor, en relación al Impuesto Empresarial a Tasa Única. Asentar que quienes efectúen la retención a que se refiere este artículo sustituirán al enajenante en la obligación de pago y entero del impuesto. Ley del Impuesto al Valor Agregado Liberar a las personas físicas que enajenen las mercancías reciclables, de presentar declaraciones de esta contribución, así como de llevar contabilidad, visto el procedimiento de retención y entero de esta contribución por parte del adquirente. |
Desechada (art. 89)
con fecha 14-Junio-2013 Publicación en Gaceta: 20-Diciembre-2012 |