INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Agricultura y Sistemas de Riego
Facultar al Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para emitir la convocatoria respectiva para la integración e instalación de los comités regionales y de los comités, misma que deberá publicarse en estrados y página web del Comité Nacional. Prever las reglas sobre la conformación y funcionamiento de los Comités Regionales, así como la temporalidad de sus integrantes, quienes durarán en su cargo 3 años, sin posibilidad de ser electos para el periodo inmediato posterior. Establecer los requisitos para la renovación de los órganos de dirección y de control de las organizaciones nacionales y locales de Abastecedores de Caña de Azúcar. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 170 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Seguridad Social
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Incrementar el monto de la pensión garantizada pasando de 1 a 3 veces el salario mínimo general vigente para el DF. Retirada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 170 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

  - Seguridad Social
Con Opinión de  - Trabajo y Previsión Social
- Presupuesto y Cuenta Pública
Incrementar el monto mensual de la pensión garantizada que ofrece el Estado, pasando de ¿uno¿ a ¿tres¿ veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, en el momento en que entre en vigor la ley, cantidad que se actualizará anualmente, en el mes de febrero, conforme al índice nacional de precios al consumidor, para garantizar el poder adquisitivo de dicha pensión. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, cuidará y velará que el monto de las pensiones de los trabajadores se incremente en proporción similar al aumento de los salarios de los trabajadores en activo. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 7° de la Ley de Petróleos Mexicanos.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Energía
Establecer modalidades para la designación del Director General de Petróleos Mexicanos, el cual durará en su encargo 6 años, designado por la Cámara de Diputados con la aprobación de las dos terceras partes de sus integrantes y la ratificación de la Cámara de Senadores. Dentro de la Cámara de Diputados, será la Comisión de Energía la encargada de recibir una terna de la Cámara de Senadores; una del Sector Académico a través de la Universidad Nacional Autónoma y México y del Instituto Politécnico Nacional; una del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana; y una propuesta del Ejecutivo Federal. Acto seguido, la Comisión emitirá la convocatoria durante el primer trimestre del año inmediato posterior a la elección del Ejecutivo Federal, estableciendo los siguientes requisitos: que sea ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos; tenga 35 años cumplidos al tiempo de la emisión de la Convocatoria; haya residido en el país durante tres años anteriores al día de la emisión de la misma; no pertenezca al estado eclesiástico ni sea ministro de algún culto; y que no esté en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Puntos Constitucionales
Dar facultad al Congreso para expedir leyes generales que reconozcan y promuevan mecanismos y acciones de participación ciudadana e instrumentos orientados al fortalecimiento de la democracia participativa. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.


Proponente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Comunicaciones
Señalar que aquellos concesionarios y permisionarios de servicio de telecomunicaciones que dentro de su oferta comercial al público consumidor cuenten con planes y tarifas por determinado número de minutos incluidos en una renta mensual fija o mixta, ya sea a diferentes plazos su duración; en caso de que el consumidor no hubiese agotado la totalidad de minutos durante el tiempo efectivo mensual, se le deberán acumular los minutos incluidos con motivo del plan o paquete comercial que le fue ofertado y vendido, siempre y cuando se haya garantizado el pago de la renta mensual mediante el cobro efectivo del mes inmediato posterior. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Soto Martínez José (MC)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que la Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para elegir a sus autoridades y representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno, de acuerdo con sus normas, procedimientos, prácticas tradicionales y democráticas, incluyendo obligatoriamente la participación de las ciudadanas y ciudadanos, que en pleno uso de sus derechos político electorales decidan ejercerlos, buscando un esquema de paridad e incentivando dicha participación desde el inicio de los procedimientos de elección de renovación de autoridades hasta la ocupación y ejercicio del cargo, en un marco que respete el pacto federal. Señalar un plazo de 180 días, contados a partir de su publicación, para establecer como requisito de validez en las elecciones de renovación de las autoridades municipales, que se rigen bajo el sistema de usos y costumbres o sistemas normativos internos la participación de la mujer. Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2013
9   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, del Código Penal Federal, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, y expide la Ley General de Partidos Políticos y Candidaturas Independientes.


Suscribe: Soto Martínez José (MC) Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC
Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Gobernación
Con Opinión de  - Justicia
- Presupuesto y Cuenta Pública
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Modificar el nombre del ¿Instituto Federal Electoral¿, por el de ¿Instituto Nacional Electoral¿. Modificar la distribución de tiempos de radio y televisión que corresponde a los Partidos Políticos, durante las campañas electorales. Facultar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para sancionar determinadas infracciones en materia electoral. Facultar al Instituto Nacional Electoral, para organizar las elecciones federales y de las entidades federativas, así como para realizar el cómputo de la elección de Presidente de la República, gobernadores, diputados locales e integrantes de ayuntamientos, jefe de gobierno y jefes delegacionales en el Distrito Federal. Modificar la estructura orgánica del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Facultar a la Sala Superior del Tribunal Electoral, para conocer, investigar y resolver violaciones al voto universal, libre y secreto. Crear los Juzgados de Instrucción Electoral, los cuales tendrán competencia para sustanciar los procedimientos sancionadores que se desprendan de las impugnaciones contra actos que violen las normas electorales. Facultar al Instituto Nacional Electoral como la única autoridad en materia de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos.
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Homologar el texto constitucional con la Código en la materia. Establecer las causales de remoción de Consejeros Electorales. Añadir a los de electores residentes en el extranjero, en el Catálogo General de Electores.
Código Penal Federal. Incrementar las sanciones correspondientes a los delitos Electorales y en materia de registro nacional de ciudadanos.
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el sistema de partidos políticos y candidaturas independientes. Establecer las bases para la constitución y registro de los partidos políticos, así como los derechos y obligaciones que poseen. Regular la fiscalización de los recursos de los partidos políticos y de los candidatos independientes. Regular las candidaturas independientes.
Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Noviembre-2013