INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Ley General de Salud. Adherente: Gómez Olguín Roy Argel (PRI) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012 - Salud |
Incluir a la salud sexual y reproductiva, en particular, la prevención, detección oportuna y atención de cáncer de mama y cervicouterino como materia de salubridad general. | Desechada
con fecha 7-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco. Adherente: Gómez Olguín Roy Argel (PRI) |
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012 - Salud |
Establecer como una excepción que salva la prohibición de comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco; el caso de los dispositivos coadyuvantes en la reducción del consumo del tabaco, como el cigarrillo electrónico, siempre que cumplan las normas sanitarias. | Desechada
con fecha 19-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 49 de la Ley General de Educación Adherente: Gómez Olguín Roy Argel (PRI) |
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012 - Educación Pública y Servicios Educativos |
Incluir entre los fines de la educación que brinda el Estado, la promoción de la educación cívica y establecer que el proceso educativo se basará en los valores del civismo que garanticen la convivencia pacífica, armónica, solidaria y socialmente útil. | Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013 Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012 |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Adherente: Gómez Olguín Roy Argel (PRI) Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Jesús Murillo Karam (PRI |
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012 - Trabajo y Previsión Social |
Incluir en la Ley disposiciones normativas relativas al trabajo de minas en la República Mexicana, de prospección, preparación, exploración y explotación, sean minas subterráneas, de arrastre, tajos a cielo abierto, tiros inclinados y verticales, así como la extracción en cualquiera de sus modalidades. Se establece la prohibición del trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros, así como el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, que no cuentan con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras. Obligar al patrón a contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas e implementar un registro y sistema que permita conocer los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como la ubicación de las mismas. Establecer la pena corporal y pecuniaria a los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, que dolosamente o por culpa grave omita implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, de 3 a 6 años de prisión y multa de hasta 5,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando por la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores; y de 6 a 9 años de prisión y multa de hasta 10,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores, por la realización de trabajos de extracción de carbón, mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras. | Aprobada
con fecha 11-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 49 de la Ley General de Educación. Adherente: Gómez Olguín Roy Argel (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2012 - Educación Pública y Servicios Educativos |
Establecer que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo el desarrollo e implementación de programas y acciones para prevenir, detectar y atender el acoso escolar o cualquier otra forma de maltrato físico y/o psicológico entre y hacia los estudiantes, que incluyan a todos las personas involucradas en el entorno escolar, a fin de impulsar el derecho a una educación libre de violencia. Incluir el principio de la tolerancia a las bases del proceso educativo. | Aprobada
con fecha 29-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2012 |