INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD) |
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013 - Fomento Cooperativo y Economía Social |
Incluir el concepto de ¿Sociedad Cooperativa¿ y ¿Socios de una cooperativa¿. Considerar como sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio, a los socios de sociedades cooperativas que aporten trabajo o servicios personales a la sociedad, excepto los socios de cooperativas que se dedican a actividades agropecuarias y pesqueras. Prever que podrán voluntariamente ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio, los socios de las sociedades cooperativas dedicadas a los sectores agropecuario y pesquero. Derogar el contenido del artículo Tercero Transitorio, para integrarlo en la Ley del IMSS, con el objeto de establecer que en lo que se refiere a los Seguros de Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así como del ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, las sociedades y asociados que aportan trabajo o servicios a la sociedad pagarán conjuntamente el 50 por ciento y el Gobierno Federal el 50 por ciento restante del total de las cotizaciones para la correspondiente base de cotización. | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros y de la Ley Orgánica de la Financiera Rural. Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD) |
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer como objeto fundamental de las instituciones de banca de desarrollo, el de facilitar el acceso al crédito y a los servicios financieros, y como fin, el de impulsar el desarrollo económico. Facultar a la sociedad nacional de crédito para efectuar descuentos y otorgar garantías a las instituciones de crédito, intermediarios financieros no bancarios y cooperativas de ahorro y préstamo para el otorgamiento de créditos para la formulación y ejecución de proyectos de inversión. Modificar el concepto de sector, entendiéndose por éste el conformado por las personas morales a que se refieren la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Incluir a las cooperativas de ahorro y préstamo, respecto de las cuales, Financiera Rural otorgará créditos de manera sustentable y prestará otros servicios financieros. Establecer el concepto de Cooperativas de Ahorro y Préstamo, entendiéndose por éstas, las Sociedades a que hace referencia la Ley Para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Explicitar que las garantías y avales que otorgue Financiera Rural, serán a las instituciones de crédito, intermediarios financieros no bancarios y cooperativas de ahorro y préstamo. | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013 |
3 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD) |
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Agilizar los procedimientos legales tendientes a la recuperación de los créditos colocados, a través de hacer eficientes los mecanismos de notificaciones, que se realizan a las partes que intervienen en los procedimientos judiciales, mediante el uso de las tecnologías de comunicación, con los cuales se pueden disminuir el tiempo de entrega de las mismas. Limitar las facultades discrecionales a los juzgadores en materia de notificaciones personales. Establecer la figura del abogado patrono con el fin de homologarla a la materia civil. Implementar en los procedimientos mercantiles la figura de la conciliación, así como la reducción en los plazos para la tramitación y el desahogo de las pruebas ofrecidas por las partes. Considerar que los tribunales contarán con un sistema electrónico de consulta de expedientes y acuerdos, mediante el cual deberán realizarse las notificaciones. | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013 |
4 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD) |
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que tratándose de operaciones celebradas en el marco de programas tendientes a fomentar el ahorro de menores, los saldos respectivos no deberán rebasar el equivalente en moneda nacional a 5,000 UDIS por depositante. Prever que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrán contratar con terceros incluyendo a otras Sociedades o entidades financieras, la prestación de los servicios necesarios para sus operaciones. Considerar que las operaciones que lleven a cabo los comisionistas deberán realizarse a nombre y por cuenta de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con las que celebren los actos jurídicos. Establecer que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en ejercicio de sus facultades, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), cuidará durante los casos de emplazamientos a huelga, que permanezcan abiertas las oficinas, con objeto de garantizar que no se afecten los intereses de los socios en cuanto a la disponibilidad de sus ahorros. Incluir el Capítulo I Bis ¿De los programas de autocorrección¿, con el objeto de que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, puedan someter a la aprobación de la CNBV un programa de autocorrección, cuando en la realización de sus actividades detecten irregularidades o incumplimientos. | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013 |
5 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales en materia de ahorro y préstamo. Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD) |
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Ley para la protección y defensa del usuario de los servicios financieros: Incluir los conceptos de ¿Socios¿, ¿Entidad Financiera¿ y ¿Entidad del sector Social¿. Sustituir el concepto de Instituciones financieras por el de Entidades. Facultar a la CONDUSEF para establecer disposiciones secundarias en las que se definan las actividades que se apartan de las sanas prácticas y usos relativos al ofrecimiento y comercialización de las operaciones y servicios financieros de las Instituciones Financieras y a los usos y prácticas entre las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros: Facultar a la CONDUSEF para regular las comisiones que cobran por los servicios de pago y créditos que ofrecen al público, además de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, de las sociedades financieras populares, las sociedades financieras comunitarias y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Incluir un Capítulo, con el objeto de prever el tratamiento que se dará a las cooperativas de ahorro y préstamo en esta materia, en virtud de su propia naturaleza jurídica y particular modelo de operación. Establecer las causales y sanciones para las Entidades del Sector Social. |
Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013 |
6 Proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica del Banco Social de México. Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD) Suscrita por los diputados Alliet Mariana Bautista Bravo, Silvano Aureoles Conejo, Agustín Miguel Alonso Raya, Fernando Cuéllar Reyes y Carol Antonio Altamirano (PRD) |
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto instituir el Banco Social de México, para apoyar e impulsar a las empresas del sector social y establecer mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica; otorgar crédito de manera sustentable y prestar otros servicios financieros a los integrantes del sector social, procurando su organización y mejora continua; ejecutar los programas que en materia de financiamiento se determinen en el Presupuesto de Egresos de la Federación; promover ante instituciones nacionales e internacionales orientadas a la inversión y al financiamiento, proyectos productivos que impulsen el desarrollo del sector social; operar en coordinación con el Gobierno Federal, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal los programas que se celebren con otras instituciones; apoyar actividades de capacitación y asesoría a los integrantes del sector social para la mejor utilización de sus recursos crediticios; coadyuvar al mejoramiento del sector financiero del país; preservar los recursos de su patrimonio destinados al otorgamiento de créditos; y manejar sus recursos de manera sustentable, eficiente y transparente. | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013 |