INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 9° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Suscribe: Salazar Trejo Jessica (PRD) Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Exportación. |
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que no se pagará el impuesto en la enajenación de los bienes efectuada por un residente en el extranjero a una persona moral residente en territorio nacional, para su importación definitiva, cuando la entrega material o envío del bien enajenado al adquirente se realice por una persona moral residente en territorio nacional que cuente con un programa autorizado conforme al decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación o por empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, o por empresas en un régimen similar en los términos de la Ley Aduanera, cuando los bienes enajenados sean resultado de su proceso de elaboración, transformación o reparación y su transferencia se realice mediante pedimentos que amparen operaciones virtuales de acuerdo a las disposiciones previstas en la Ley Aduanera o que establezca mediante reglas el Servicio de Administración Tributaria y mediante la cual se pague el impuesto al valor agregado aplicable a la importación definitiva en los términos de esta ley. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013 |
2 Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Suscribe: Salazar Trejo Jessica (PRD) |
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013 - Hacienda y Crédito Público |
Adicionar el Capítulo VIII, denominado de los estímulos fiscales para operaciones de maquila, tal operación comprendida en el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación; dicho capítulo tiene como finalidad otorgar un estímulo fiscal a las empresas que lleven a cabo operaciones de maquila en los términos que señala la Ley del Impuesto sobre la Renta. Exceptuar del estimulo fiscal, el impuesto empresarial a tasa única que se determine por las actividades distintas a las operaciones de manufactura o maquila. Establecer los supuestos, requisitos, mecánica, restricciones y forma en que procederán los estímulos en cuestión, el método para calcular la utilidad fiscal, la acreditación del pago provisional del impuesto empresarial a tasa única, la parte proporcional del impuesto sobre la renta que deba acreditar el contribuyente. | Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Proponente: Salazar Trejo Jessica (PRD) |
Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013 - Salud |
Instruir a la Secretaría de Salud a fin de que realice el registro electrónico de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud. Dicho registro se realizará a través del código bidimensional que cada medicamento traerá en su contenedor, manteniendo el registro de características como fecha de elaboración, caducidad, lote, institución del sector salud, farmacia o tienda autorizada para el expendio y comercialización de medicamentos, lo que permitirá a la población, identificar la autenticidad del medicamento. Establecer la coordinación de las Secretarías de Economía, Salud y de Hacienda y Crédito Público, a fin de otorgar subsidios e incentivos para garantizar la disponibilidad de medicamentos con costo elevado, a la población que así los requieran. Agregar a los delitos en materia de medicamentos, la posesión de muestras médicas caducas; y la venta, comercio, distribución o transportación de códigos bidimensionales. Incrementar la pena para tales delitos, de ¿uno a nueve¿ por ¿tres a quince¿ años de prisión y multa de ¿veinte mil a cincuenta mil¿ por ¿cincuenta mil a cien mil¿ días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate. | Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013 |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Salazar Trejo Jessica (PRD) |
Fecha de presentación: 15-Octubre-2013 - Puntos Constitucionales |
Crear el Consejo de Gobierno a nivel federal y local, así como establecer sus facultades y los miembros que lo integrarán. Establecer que la suspensión de garantías será con acuerdo del Consejo de Gobierno. Ampliar el segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, siendo del 15 de enero al 30 de junio la fecha prevista. Facultar al Congreso de la Unión para ratificar el nombramiento que haga el Presidente de la República de los secretarios de Estado, así como para remover a dichos funcionarios. Facultar a la Cámara de Diputados para designar al Procurador General de la República. Establecer que el Presidente de la República ejercerá su encargo a partir del primero de octubre. Dotar a las Comisiones investigadoras del Congreso de la Unión, con idénticas facultades que la ley otorga al Ministerio Público. Modificar los porcentajes en cuanto al número de miembros, para que el Poder Legislativo, federal o local, pueda ejercer acciones de inconstitucionalidad. | Desechada (art. 89)
con fecha 4-Agosto-2014 Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2013 |
5 Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Federal del Derecho de Autor y de la Ley de Inversión Extranjera. Suscribe: Salazar Trejo Jessica (PRD) Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD y PT |
Fecha de presentación: 28-Noviembre-2013 Unidas - Comunicaciones - Radio y Televisión Con Opinión de - Hacienda y Crédito Público |
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular lo dispuesto por los artículos 6o., 7o., 27 y 28 de la Constitución, en lo que corresponde al ejercicio de los derechos de libertad de expresión, de la información y del libre acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así mismo se establece que las telecomunicaciones y la radiodifusión son servicios públicos de interés general, por lo cual corresponde al Estado su rectoría. Establecer las funciones sociales que deberán cumplir los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones. Establecer los derechos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y de las audiencias del servicio de radiodifusión. Establecer las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Establecer el procedimiento de licitación para otorgar las concesiones de frecuencias o bandas de frecuencias para uso comercial, público, privado y social, entre otras. Regular los ¿medios públicos¿, entendidos como el operador de radiodifusión cuya finalidad preponderante consiste en promover la satisfacción de los principios relacionados con la libertad de expresión y el derecho a la información. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Eliminar la atribución de la Secretaría de Gobernación de vigilar las transmisiones de radio y televisión. Eliminar la atribución de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de otorgar concesiones para explotar sistemas y servicios telefónicos, de comunicación inalámbrica, de servicio público de procesamiento remoto de datos, entre otras. Ley del Impuesto Sobre la Renta. Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que aporten a proyectos de inversión para la producción audiovisual nacional, contra el Impuesto Sobre la Renta o el impuesto al activo que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Prohibir la transmisión de propaganda presentada como información periodística o noticiosa por parte de los concesionarios de radio y televisión. Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Excluir a los ¿medios públicos¿, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones, de la observancia de esta ley. Ley de Vías Generales de Comunicación. Establecer que las estaciones radiodifusoras culturales, de experimentación científica y de aficionados no necesitarán concesión, sino permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Ley Federal del Derecho de Autor. Eliminar el derecho de los organismos de radiodifusión, de autorizar o prohibir la retransmisión y la distribución simultánea o diferida de sus emisiones. Ley de Inversión Extranjera. Adicionar a las sociedades concesionarias de telecomunicaciones con fines de lucro, de aquellas que requerirán autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, para que la inversión extranjera participe en un porcentaje mayor al 49 por ciento. |
Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015 Publicación en Gaceta: 28-Noviembre-2013 |