INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que expide la Ley de Casas de Cambio. Proponente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 4-Septiembre-2012 Unidas - Hacienda y Crédito Público - Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las normas y procedimientos relacionados con la autorización, funcionamiento y supervisión de las casas de cambio, las que tendrán como finalidad única la compra y venta de divisas extranjeras en el mercado extrabancario, en billetes, cheques de viajero, giros bancarios y otros instrumentos de pago denominados en divisas, al precio que el mercado determine. Facultar al Banco de México para supervisar el funcionamiento de las casas de cambio e intervenir en sus operaciones para fomentar condiciones de estabilización cambiaria y competencia. Establecer que las casas de cambio podrán determinar libremente operaciones de compra, venta y cambio de divisas con el público dentro del territorio nacional, autorizadas por la Secretaría Hacienda y Crédito Público. Prever que las casas de cambio que actúen como intermediarios en el pago de remesas familiares, deberán establecer el tipo de cambio y comisiones que para dicho efecto determine el Banco de México. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la inspección y vigilancia de las casas de cambio. Prever las sanciones a las casas de cambio que infrinjan ley y las demás correlacionadas con su operación, o no cumplan las resoluciones que para su funcionamiento dicte el Banco de México, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 4-Septiembre-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social. Suscribe: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2012 - Trabajo y Previsión Social |
Establecer en la Ley que las relaciones de trabajo se regirán bajo el principio de recíproca solidaridad, por el que los patrones atenderán siempre a la aspiración y legítimo derecho de los trabajadores a alcanzar una vida digna, mientras que los trabajadores realizarán el esfuerzo necesario para lograr la conservación del centro de trabajo bajo regímenes de sustentabilidad y eficiencia. Considerar que el trabajo es un derecho humano universal y un deber social. Impedir la discriminación laboral por motivo de edad, género, raza, origen étnico, credo religioso, doctrina política, opiniones, condición social, discapacidades, estado civil, preferencia sexual, maternidad, nacionalidad, condición migratoria o cualquier otro criterio que pueda anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el trabajo u ocupación. Fortalecer la libertad de organización de los trabajadores y generar condiciones adecuadas para la existencia de representaciones sindicales democráticas, obligadas a rendir cuentas a los agremiados. Establecer la figura de la subcontratación y sus características, así como considerar el impedimento a la simulación y elusión en el cumplimiento de los derechos para los trabajadores que prestan sus servicios bajo este régimen. Considerar que en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado, podrá establecerse un periodo de prueba, el cual no podrá exceder de 30 días, a efecto de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y capacidades necesarias para desarrollar el trabajo. Erradicar el trabajo infantil, salvaguardando el derecho de los menores de 14 años para desempeñar actividades remuneradas, de carácter artístico y cultural, que contribuyan al desarrollo de sus capacidades, por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación con las autoridades del trabajo de las entidades federativas, desarrollarán programas que permitan identificar y erradicar el trabajo infantil. Establecer mecanismos e incentivos para agilizar la justicia laboral, eliminar intermediarios y sancionar el incumplimiento de las obligaciones de las autoridades del trabajo. Impulsar el trabajo de los jóvenes, mediante la creación de incentivos de seguridad social a las empresas que los contraten. Ley del Seguro Social. Establecer el seguro de desempleo dentro del régimen obligatorio, considerando un ingreso mensual para el trabajador, cuando por causas ajenas a su voluntad cese su relación laboral con el patrón, hasta por un periodo de seis meses. El seguro incluye prestaciones económicas y de enfermedades y maternidad al trabajador desempleado y sus derechohabientes hasta por un lapso de seis meses. |
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Ley General de Salud. Adherente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012 - Salud |
Incluir a la salud sexual y reproductiva, en particular, la prevención, detección oportuna y atención de cáncer de mama y cervicouterino como materia de salubridad general. | Desechada
con fecha 7-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) Suscrita por los los diputados integrantes de su partido. |
Fecha de presentación: 2-Octubre-2012 - Puntos Constitucionales |
Facultar a las Cámaras, a pedido de una tercera parte de sus miembros, y mediante la aprobación del pleno de la Cámara correspondiente, para integrar comisiones para investigar cualquier asunto de interés nacional y del Distrito Federal, dentro de las atribuciones concedidas al Congreso de la Unión en esta materia. Establecer los supuestos y condiciones en que funcionarán dichas comisiones. Obligar a todos los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal, del Distrito Federal y los órganos autónomos a prestar a las comisiones de investigación el apoyo que les requieran y proporcionarles la información y documentación que les soliciten, aún la clasificada por la ley como reservada, confidencial, secreta o restringida. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 16-Octubre-2012 - Puntos Constitucionales |
Ampliar los periodos ordinarios de sesiones, a efecto de que el primer periodo ordinario empiece el ¿1o. de agosto¿ y no el ¿1o. de septiembre¿; y el segundo período ordinario empiece el ¿1o. de enero¿ y no el ¿1o. de febrero¿ y concluya el ¿15 de junio¿ y no el ¿30 de abril¿, como se establece actualmente. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012 |
6 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, y del Código Fiscal de la Federación. Adherente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) A nombre propio y de los diputados Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez y Flor Ayala Robles Linares del Partido Revolucionario Institucional |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012 Unidas - Energía - Hacienda y Crédito Público |
Eliminar la atribución de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, de acordar las propuestas de ajuste a las tarifas, que deberán formularse de acuerdo con el estado patrimonial y financiero del Organismo, y de aprobar, en su caso, la propuesta de reestructuración tarifaria. Establecer que la venta y las tarifas por consumo de energía eléctrica se regirán por lo establecido en la Ley Federal de Derechos; y que la Comisión Reguladora de Energía definirá el ajuste o reestructuración de las tarifas eléctricas, en el que buscará cubrir las necesidades sociales de la población y el fomento a la competitividad. Definir que las tarifas eléctricas deberán ser justas y asequibles a la población mexicana, y que las tarifas domésticas se podrán incrementar sin exceder el porcentaje de incremento al salario mínimo de la zona geográfica de que se trate; además de que se podrán fijar tarifas especiales de bajo costo en las entidades donde se genere energía hidroeléctrica o que sufran las consecuencias y afectaciones por su generación. Modificar la forma en que se designan y eligen a los comisionados de la Comisión Reguladora de Energía, a efecto de que éstos sean ratificados por las dos terceras partes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, a propuesta del Ejecutivo Federal tomando en consideración la propuesta de los institutos o facultades de las universidades e instituciones públicas de educación superior, federales o locales, y no a través de la designación del Titular del Ejecutivo Federal, a propuesta del Secretario de Energía. Se establecen derechos para los usuarios del servicio público de energía eléctrica. | Desechada
con fecha 19-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012 |
7 Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Adherente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012 - Hacienda y Crédito Público |
Adicionar un capítulo IX denominado ¿De lo patrones que empleen a personas de 40 Años o más de Edad¿ ; al título VII ¿Estímulos fiscales al Título para otorgar a los contribuyentes, que empleen a personas que tengan 40 años o más el estímulo de poder deducir de los ingresos acumulables, para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, consistente en un monto adicional equivalente al 25 por ciento del salario efectivamente pagado a las personas señaladas a cuyo efecto se debe considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate; siempre que el contribuyente cumpla, con estos trabajadores las obligaciones del artículo 15 de la Ley del Seguro Social y las de retención y entero. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012 |
8 Proyecto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Adherente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 18-Octubre-2012 - Atención a Grupos Vulnerables Con Opinión de - Presupuesto y Cuenta Pública |
Considerar como objetivo de la Política Nacional sobre personas adultas mayores, garantizar un apoyo directo para toda persona de setenta años de edad o más. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social para diseñar, formular e instaurar mecanismos para la operación, administración y ejecución de los recursos del apoyo directo para los Adultos Mayores; y a promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración con dependencias del Ejecutivo federal, entidades federativas, Distrito Federal, municipios, organizaciones civiles y privadas con el propósito de asegurar la equidad y eficacia en la instauración del apoyo directo para los Adultos Mayores. Incluir un Título Séptimo, denominado ¿Del Apoyo Directo para los Adultos Mayores¿, con el objeto de establecer el monto y periodicidad del apoyo directo; los criterios de elegibilidad; el padrón de beneficiarios; los derechos y las obligaciones de los beneficiarios; los recursos financieros y el gasto; y la transparencia y evaluación del apoyo directo. | Desechada
con fecha 19-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012 |
9 Proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Adherente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Noviembre-2012 - Vivienda |
Facultar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) para otorgar sus créditos en pesos. Establecer que los intereses se calcularán con base a saldos insolutos y la tasa no podrá ser mayor a 4% anual. Prever que el plazo máximo para el otorgamiento de estos créditos será de 30 años. En todo momento, se preverá la estabilidad financiera del INFONAVIT y los riesgos de sus carteras vencidas cuidando el equilibrio con el bienestar social del trabajador. | Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2012 |
10 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 51 Bis 7 a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Adherente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 19-Diciembre-2012 - Vivienda |
Facultar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para realizar acciones de cobranza social, con el objeto de que los trabajadores conserven su patrimonio en casos de afectación o disminución de ingresos, estableciendo mecanismos alternos de financiamiento y pago que contemplen en todos los casos su situación económica. | Aprobada
con fecha 25-Abril-2013 Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2012 |
11 Proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Proponente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Diciembre-2012 - Hacienda y Crédito Público |
Establecer que en la presentación de la declaración anual, el derecho que tienen las personas físicas de realizar deducciones en materia de honorarios médicos, dentales, hospitalarios, efectuados para el cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, ésta se llevará a cabo cuando éstos últimos obtengan ingresos iguales o superiores al salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. El contribuyente sólo podrá hacer las deducciones en la materia por las personas antes señaladas, en la suma en que éstos excedan la totalidad de los ingresos percibidos por las mismas. | Retirada
con fecha -- Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2012 |