EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, y reforma el primer párrafo del artículo 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Abril-2013
- Justicia


16-Abril-2013

Aprobación en el Senado:
16-Abril-2013

Publicación en el DOF:
3-Mayo-2013
Establecer con precisión que a las y los defensores de víctimas se les tiene que otorgar protección en caso de que sus derechos a la vida y a la libertad se vean amenazados. Incorporar la definición de ¿hecho victimizante¿ como los actos u omisiones que dañan, menoscaban o ponen en peligro los bienes jurídicos o derechos de una persona convirtiéndola en víctima. Éstos pueden estar tipificados como delito o constituir una violación a los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales. Asimismo, que los fondos de apoyo a las víctimas cumplan con su cometido, por lo que los fondos deberán conformarse a través de recursos previstos expresamente para dicho fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el rubro correspondiente, sin que pueda disponerse de dichos recursos para un fin diverso. Los congresos locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de la legislación aplicable, deberán prever los fondos necesarios para tal fin. 1. Iniciativa entregada en la Cámara de Senadores por un grupo de ciudadanos pertenecientes a las organizaciones sociales Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, México S.O.S., Causa en Común y Alto al Secuestro, conforme a la fracción IV del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 19 de febrero de 2013.

2. Diversos senadores integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, del PRD, del PVEM y del PT hicieron suya la iniciativa del grupo de ciudadanos el 19 de febrero de 2013.

3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 21 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida el 02 de abril de 2013.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 448 votos a favor, y 3 abstenciones.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de mayo de 2013.