EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Comunicaciones


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Julio-2014
- Comunicaciones
- Radio y Televisión


8-Julio-2014

Publicación en el DOF:
14-Julio-2014
Regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, el acceso a la infraestructura activa y pasiva, los recursos orbitales, la comunicación vía satélite, la prestación de los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión, y la convergencia entre éstos, los derechos de los usuarios y las audiencias, y el proceso de competencia y libre concurrencia en estos sectores, para que contribuyan a los fines y al ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 6°, 7°, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Crear un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, denominado Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, así como de autonomía técnica, operativa, de decisión y de gestión que tiene por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro, a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas en cada una de las entidades federativas a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional, independencia editorial y dar espacio a las obras de producción independiente, así como a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.
1. Se presentarón en la Cámara de Senadores 16 iniciativas de Senadores durante la LX, LXI y LXII Legislaturas.

2. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 25 de marzo de 2014.

3. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria del 04 de julio de 2014, se le dispensó la segunda lectura.

4. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 04 de julio de 2014. Proyecto de Decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 87 votos a favor 37 en contra.

5. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion a) del artículo 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de julio de 2014, se turnó a las Comisiones unidas de Comunicaciones y de Radio y Televisión.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 08 de julio de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 340 votos a favor, 129 en contra y 6 abstenciones.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014