EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma los artículos 1 y 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Octubre-2013
Gaceta Cámara de Senadores:
3-Marzo-2015
- Juventud


8-Octubre-2013

Aprobación en el Senado:
3-Marzo-2015

Publicación en el DOF:
2-Abril-2015
Considerar al Instituto Mexicano de la Juventud como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía técnica, operativa y de gestión. La Junta Directiva del Instituto será presidida por el Secretario de Desarrollo Social y no por el Secretario de Educación Pública como se refiere actualmente. Especificar que los suplentes que nombren los miembros propietarios deberán tener el nivel de Director General Adjunto o equivalente. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. René Ricardo Fujiwara Montelongo (NA) el 21 de marzo de 2013.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 08 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 438 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos Constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de octubre de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 03 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 02 de abril 2015.