EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que Expide la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. Tipo de dictamen: Nueva Ley Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Economía y Finanzas Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 2-Febrero-2013 |
- Hacienda y Crédito Público 28-Febrero-2013 Publicación en el DOF: 4-Abril-2013 |
Regular la organización, operación y funcionamiento de las Instituciones de Seguros, Instituciones de Fianzas y Sociedades Mutualistas de Seguros; las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, así como las de los agentes de seguros y de fianzas, y demás participantes en las actividades aseguradora y afianzadora previstos en este ordenamiento, en protección de los intereses del público usuario de estos servicios financieros. Las instituciones nacionales de seguros y las instituciones nacionales de fianzas se regirán por sus leyes especiales y, a falta de éstas o cuanto en ellas no esté previsto, por lo que estatuye el presente ordenamiento. Incorporar las reglas específicas relativas al contrato de seguro de caución, perfeccionar el régimen de los seguros obligatorios y regular la concurrencia de seguros en el caso de seguros contra la responsabilidad. | 1. Iniciativa enviada a la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 25 de octubre de 2012. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 112 votos. 3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 18 de diciembre de 2012. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de febrero de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 423 votos a favor, 12 en contra y 1 abstención. 6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de abril de 2013. |