EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se expiden la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Tipo de dictamen: Nueva Ley Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 30-Julio-2014 Gaceta Cámara de Senadores: 4-Agosto-2014 |
- Energía 30-Julio-2014 Aprobación en el Senado: 4-Agosto-2014 Publicación en el DOF: 11-Agosto-2014 |
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular la organización, administración, funcionamiento, operación, control, evaluación y rendición de cuentas de la empresa productiva del Estado Petróleos Mexicanos, así como establecer su régimen especial. Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular la organización, administración, funcionamiento, operación, control, evaluación y rendición de cuentas de la empresa productiva del Estado Comisión Federal de Electricidad, así como establecer su régimen especial. |
1. Iniciativa del Ejecutivo Federal remitida a la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2014. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 20 de julio de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos a favor y 27 en contra. 3. Pasa a la Cámara de Diputados para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 21 de julio de 2014. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de julio de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 329 votos a favor, 130 en contra y 1 abstención. 6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 31 de julio de 2014. Se turnó a las comisiones unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Primera. 8. Se le dispenso la segunda lectura y se sometio a discusión y votación en la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria del 04 de agosto de 2014, aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por 91 votos a favor y 25 en contra. 9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014. |