EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que reforma los artículos 7, fracciones VII y XIV; 9, fracción VII; 10, primer párrafo y fracciones I y II; 11, fracción I y 16 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 19-Junio-2014 Gaceta Cámara de Senadores: 19-Junio-2014 |
- Gobernación 19-Junio-2014 Aprobación en el Senado: 19-Junio-2014 Publicación en el DOF: 27-Junio-2014 |
Establecer que se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien impida sin causa legalmente justificada la instalación o clausura de una casilla. Para la aplicación de las sanciones se considerará si quien cometió la infracción actuó dentro del ámbito de sus facultades. | 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Fernando Angulo Parra (PAN) el 28 de mayo de 2014. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de junio de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 420 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de junio de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Jusiticia y de Estudios Legislativos Segunda. 5. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores con dispensa de segunda lectura el 19 de junio de 2014, aprobado por 78 votos a favor, 23 en contra y cero abstenciones. 6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2014. |