EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Pesca Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 21-Octubre-2014 |
- Pesca 21-Octubre-2014 Publicación en el DOF: 5-Diciembre-2014 |
Entender por: Acuacultura Industrial, al sistema de producción de organismos acuáticos a gran escala, con alto nivel de desarrollo empresarial y tecnológico, y gran inversión de capital de origen público o privado. Acuacultura Rural, al sistema de producción de organismos acuáticos a pequeña escala, realizada de forma familiar o en pequeños grupos rurales, llevada a cabo en cultivos extensivos o semi intensivos, para el autoconsumo o venta parcial de los excedentes de la cosecha. Fortalecer el programa en materia de acuacultura rural, que atienda la demanda alimentaria de las comunidades de escasos recursos, se mejore el ingreso de las mismas y se incentive el arraigo en la localidad; los programas de acuacultura rural, para los productos de las localidades rurales. Asimismo aprovechar de manera responsable, integral y sustentable recursos acuícolas, para asegurar su producción óptima y disponibilidad; fomentar la transferencia y uso de tecnología en los procesos de producción acuícola en poblaciones rurales y de escasos recursos. | 1. Iniciativa presentada por la Senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) en la Cámara de Senadores el 04 de febrero de 2014. 2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de abril de 2014.Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. 3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2014. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de octubre de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor. 6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de diciembre de 2014. |